DECRETO DEL H.C.D. Nº 12 /2022.-
Visto
Que por Ordenanza Municipal Nº 5763/2022, el Honorable Concejo Deliberante declaró el año 2.022 como “AÑO DE HOMENAJE A LOS 40 AÑOS DE LA GESTA DE MALVINAS, A SUS VETERANOS Y CAÍDOS”, y
Considerando
Que por Ley Nacional Nro. 25.370 quedó establecido el 2 de Abril como “Día del Veterano y de los caídos en la Guerra de Malvinas”.
Que resulta necesario que las conmemoraciones referidas a nuestros caídos y veteranos de guerra estén impregnadas de sentimientos de gratitud, respeto y orgullo.
Que es decisión de este Honorable Concejo Deliberante reconocer a los caídos, veteranos y movilizados de nuestra comunidad al cumplirse 40 años de la gesta de Malvinas.
Que ésta iniciativa cuenta con la organización conjunta del Honorable Concejo Deliberante y la Dirección de Cultura del Municipio de Benito Juárez.
El Honorable Concejo Deliberante de la municipalidad de Benito Juárez en uso de sus facultades que le son propias:
D E C R E T A
Artículo 1º: Declárese de Interés Legislativo los actos a desarrollar por el Honorable Concejo Deliberante en forma conjunta con la Dirección de Cultura del Municipio de Benito Juárez, en homenaje a los 40 años de la gesta de Malvinas, según el siguiente cronograma:
Jueves 31 de Marzo
18.00 hs:
– Colocación de placa en homenaje a los 40 años de la gesta de Malvinas.
– Entrega de medallas y diplomas a familiares del soldado desaparecido en el hundimiento del Crucero Gral. Belgrano Sr. José Luis Peralta y ex combatientes Sr. Daniel Verón y Norberto Agüero.
Lugar: Recinto “Carlos Piccirilli” – Honorable Concejo Deliberante.
19.00 hs: Presentación de la Obra de teatro “Mujeres al frente (Historias de Malvinas)” y palabras del ex combatiente Sr. Daniel Verón.
Lugar: Centro Cultural Atilio Marinelli.
20.00 hs: Entrega de diplomas a ex soldados movilizados y personal civil movilizado.
Lugar: Centro Cultural Atilio Marinelli.
Artículo 2º: Adhiérase el Honorable Concejo Deliberante a todas las actividades que desarrollará el Departamento Ejecutivo en conmemoración del “Día del Veterano y de los caídos en la Guerra de Malvinas”.
Artículo 3º: Autorizase a la Presidencia del cuerpo, a realizar los gastos inherentes a las actividades que se lleven a cabo a fin de dar cumplimiento a lo estipulado en artículo 1º del presente proyecto de decreto, que serán imputados a la cuenta de gastos vigente del presupuesto del Honorable Concejo Deliberante.
Artículo 4º: De forma.
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veinticuatro días del mes de Marzo del año dos mil veintidós.-