RESOLUCION DEL H.C.D. N° 762/2017.-
VISTO:
QUE LA SECRETARÍA DE INVESTIGACIÓN Y POSGRADO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS DE LA SALUD Y SERVICIO SOCIAL, DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE MAR DEL PLATA CUENTA CON LA CARRERA DE POSGRADO DE MAESTRÍA EN POLÍTICAS SOCIALES COMO UNA DE SUS PROPUESTAS DE FORMACIÓN.
Y CONSIDERANDO:
QUE ES IMPORTANTE EL DESARROLLO Y FORTALECIMIENTO DE UNA CONCIENCIA SOCIAL COLECTIVA, RESPECTO A LA NECESIDAD DE CONTRIBUIR EN LA FORMACIÓN DE RECURSOS HUMANOS EN EL ÁMBITO ESPECÍFICO DE LA FORMULACIÓN, ELABORACIÓN, ANÁLISIS Y EJECUCIÓN DE POLÍTICAS SOCIALES QUE ESTÉN A LA ALTURA DE LAS COMPLEJAS PROBLEMÁTICAS EXISTENTES.
QUE UNA MAESTRÍA EN POLÍTICAS SOCIALES OFRECE UNA FORMACIÓN COMPLEMENTARIA FUNDAMENTAL PARA EGRESADOS QUE ASPIREN A DESARROLLAR UNA PRÁCTICA DE INTERVENCIÓN SOCIAL EN DIFERENTES ÁMBITOS DE LA VIDA PÚBLICA, EN CARÁCTER DE ASESORES, CONSULTORES, PLANIFICADORES O TOMADORES DE DECISIONES EN EL SECTOR PÚBLICO, PRIVADO U ORGANIZACIONES COMUNITARIAS.
QUE LA MAESTRÍA TIENE UN TOTAL DE 540 HORAS DE CURSADA, CON TUTORÍAS DE 160 HS, HACIENDO UN TOTAL DE 600 HS CÁTEDRA ENTRE LOS 2 AÑOS DE DURACIÓN.
QUE EL PROGRAMA DE LA MAESTRÍA CUENTA CON 19 ASIGNATURAS EN TOTAL DONDE TRECE DE LAS MISMAS SON OBLIGATORIAS Y DOS SON CURSOS DE ELECCIÓN QUE SE OFRECEN ANUALMENTE;
QUE LA FRECUENCIA DEL CURSADO SERÁ MENSUAL Y SE ASISTIRÁ DOS VECES AL MES PARA EL CURSADO DE LAS ASIGNATURAS PREVISTAS PARA CADA CICLO LECTIVO
QUE LA METODOLOGÍA DEL PROGRAMA DE MAESTRÍA EN POLÍTICAS SOCIALES, PONE ÉNFASIS EN RESOLVER PROBLEMAS DE LA PRÁCTICA DESARROLLANDO PLANTEAMIENTOS TEÓRICOS, PERO RESALTANDO SU APLICACIÓN PARA SOLUCIONAR PROBLEMAS CONCRETOS.
QUE LO ANTES MENCIONADO IMPLICA CONSIDERAR EL PROCESO ENSEÑANZA -APRENDIZAJE COMO UN MEDIO DE LOGRAR LA FORMACIÓN DE UN PROFESIONAL INNOVADOR QUE APLIQUE LA TEORÍA A LA TRANSFORMACIÓN CUALITATIVA DE SU PRÁCTICA, DE ACUERDO AL CONTEXTO Y AL MOMENTO EN QUE LE CORRESPONDA ACTUAR.
QUE LAS POSIBILIDADES DE INGRESO SON ABIERTAS A AQUELLOS POSTULANTES QUE POSEAN EL TÍTULO DE GRADO EXPEDIDO POR UNIVERSIDADES PÚBLICAS O PRIVADAS RECONOCIDAS Y/O TÍTULOS DE NIVEL SUPERIOR NO UNIVERSITARIO RECONOCIDOS OFICIALMENTE EN CARRERAS DE CUATRO (4) AÑOS DE DURACIÓN COMO MÍNIMO.
QUE ES EL INSTITUTO SUPERIOR DEL SUDESTE, UNA INSTITUCIÓN EMBLEMA DESDE LO FORMATIVO EN NUESTRO PARTIDO; CONTANDO ADEMÁS CON INSTALACIONES PROPICIAS PARA LLEVAR ADELANTE ESTA NUEVA CARRERA.
QUE LA CALIDAD DE LOS DOCENTES DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE MAR DEL PLATA, GARANTIZAN LA EXCELENCIA ACADÉMICA Y FORMATIVA DE LOS PROFESIONALES.
QUE ESTA POSIBILIDAD ABRIRÍA TAMBIÉN LA PUERTA PARA QUE PROFESIONALES LOCALES ADQUIERAN NUEVAS HERRAMIENTAS QUE LOS CALIFIQUEN MÁS AUN EN SU CURRICULUM, POSIBILITANDO QUIZÁ EL ACCESO A NUEVAS OPORTUNIDADES LABORALES EN NUESTRO PARTIDO Y REGIÓN.
QUE LOS COSTOS QUE TENDRÍA OCASIONADO DICTAR LA CARRERA DE POSGRADO DE MAESTRÍA EN POLÍTICAS SOCIALES EN NUESTRO PARTIDO SERÍAN LOS GASTOS DE VIÁTICOS Y MOVILIDAD QUE SE CONVIENEN CON LA UNIDAD ACADÉMICA, Y LOS PROPIOS DE BRINDAR LA INFRAESTRUCTURA Y EQUIPAMIENTO NECESARIOS PARA EL NORMAL DESARROLLO DE LAS ACTIVIDADES DOCENTES Y ADMINISTRATIVAS.
QUE PARA AFRONTAR LA FINANCIACIÓN DE LA CARRERA DE ESPECIALIZACIÓN, LA UNMDP GESTIONARÁ EL COBRO, A LOS ALUMNOS, DEL IMPORTE CORRESPONDIENTE AL ARANCEL APROBADO POR EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNMDP Y REALIZARÁ EL PAGO A LOS DOCENTES POR ELLA DESIGNADOS.
QUE EL MUNICIPIO DE BENITO JUÁREZ TENDRÁ A SU CARGO LA DIFUSIÓN LOCAL Y REGIONAL DE LA CARRERA, CON EL FIN DE OPTIMIZAR EL DESARROLLO DE LA MISMA.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUAREZ, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES:
R E S U E L V E
ARTÍCULO 1º:á SOLICITAR AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO MEDIANTE LAS ÁREAS QUE CORRESPONDAN, EVALÚE LA REALIZACIÓN DE UN CONVENIO ESPECÍFICO ENTRE LA FACULTAD DE CIENCIAS DE LA SALUD Y SERVICIO SOCIAL DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE MAR DEL PLATA Y EL MUNICIPIO DE BENITO JUAREZ, PARA DICTAR EN NUESTRO PARTIDO LA CARRERA DE POSGRADO DE MAESTRÍA EN POLÍTICAS SOCIALES –
ARTÍCULO 2º:áA FIN DE ENRIQUECER EL PRESENTE PROYECTO, QUEDA ABIERTO EL MISMO A CUALQUIER APORTE QUE SIRVA PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL MISMO.
ARTÍCULO 3º:áDE FORMA.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS CATORCE DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE.-
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