RESOLUCION DEL H.C.D. N° 747/2017.-
VISTO
QUE EL CONGRESO DE LA NACIÓN ARGENTINA ADHIRIÓ A LA CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DEL NIÑO EL 27 DE SEPTIEMBRE DE 1990 MEDIANTE LA SANCIÓN DE LA LEY 23849, ASIMISMO EN AGOSTO DE 1994 LA ASAMBLEA CONSTITUYENTE LA INCORPORÓ AL ARTÍCULO 75 DE LA CONSTITUCIÓN DE LA NACIÓN ARGENTINA.
QUE CON ESTAS ACCIONES EL ESTADO ARGENTINO HA TOMADO EL COMPROMISO DE REALIZAR LOS ESFUERZOS NECESARIOS PARA GARANTIZAR QUE TODO NIÑO, NIÑA Y ADOLESCENTE TENGA ACCESO A LOS DERECHOS QUE DEFINIDOS EN LA CONVENCIÓN.
QUE EL PROGRAMA DE AUTONOMÍA JOVEN TIENE POR OBJETO FAVORECER EL DESARROLLO Y CONSOLIDACIÓN DE PROYECTOS DE VIDA PERSONALES DE LAS/LOS JÓVENES INSTITUCIONALIZADOS EN EL TERRITORIO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, A PARTIR DE LA GENERACIÓN ESPACIOS DE ACOMPAÑAMIENTO, TANTO PERSONALIZADOS COMO GRUPALES, DONDE LOS JÓVENES PUEDAN ADQUIRIR HERRAMIENTAS ORIENTADAS A FOMENTAR SU CAPACIDAD DE AUTOGESTIÓN, INDEPENDENCIA, RESPONSABILIDAD Y EMPODERAMIENTO DE SUS DERECHOS CIUDADANOS, COMO ASÍ TAMBIÉN PROVEER A SU CONSTRUCCIÓN SUBJETIVA
QUE ES NECESARIO ABORDAR EL PROCESO DE RESPONSABILIZACIÓN DESDE LA PERSPECTIVA DE LA INCLUSIÓN SOCIO-EDUCATIVO-LABORAL, ACOMPAÑANDO AL ADOLESCENTE EN LA CONSTRUCCIÓN DE UN PROYECTO DE VIDA AUTÓNOMO, FAVORECIENDO, RESPETANDO Y FORTALECIENDO LOS VÍNCULOS FAMILIARES, COMUNITARIOS Y AFECTIVOS.
Y CONSIDERANDO
QUE LAS ACCIONES CONTEMPLADAS, EN EL DESARROLLO DE PROCESOS DE TRANSICIÓN HACIA LA AUTONOMÍA JUVENIL, SE TRADUCEN NO SÓLO EN EL ACOMPAÑAMIENTO DE LAS/LOS JÓVENES EN EL REGRESO O INTEGRACIÓN REAL A SU COMUNIDAD; SINO TAMBIÉN, EN LA REALIZACIÓN DE LOS ACUERDOS NECESARIOS PARA QUE LOS DIFERENTES ESPACIOS Y ÁMBITOS DE LA VIDA COMUNITARIA LE OFREZCAN OPORTUNIDADES REALES DE CONSOLIDAR UN PROYECTO DE VIDA CENTRADO EN SU EDUCACIÓN A PARTIR DE DESCUBRIR VOCACIONALMENTE SUS INTERESES Y AUN COLABORANDO PARA EXPANDIRLOS.
QUE LAS POLÍTICAS DE AUTONOMÍA SON CLAVES, YA QUE DEBEN SER DIRIGIDAS A GENERAR EN LAS/LOS JÓVENES LOS RECURSOS MATERIALES, SUBJETIVOS Y SIMBÓLICOS, QUE LES PERMITAN SOSTENER LAZOS DE INCLUSIÓN SOCIAL, ASUMIENDO LOS COMPROMISOS QUE ESTA APUESTA REQUIERE.
QUE EL PROCESO SOCIOEDUCATIVO NO SE PRODUCE EN SOLEDAD, REQUIERE DE OTRO QUE PROPONGA, ORIENTE Y CONDUZCA A LA REFLEXIÓN. ASIMISMO, VIVENCIAR EXPERIENCIAS NO SÓLO EN ESPACIOS CREADOS PARA SU FORMACIÓN, SINO TAMBIÉN A PARTIR DE PROCESOS DE INTEGRACIÓN Y PARTICIPACIÓN EN LA VIDA SOCIAL, INSTITUCIONAL Y FAMILIAR.
QUE ABORDAR LA CONSTRUCCIÓN DE TALES PROYECTOS, REQUIERE QUE EL SUJETO RECONOZCA LAS POTENCIALIDADES PRESENTES Y DESPLEGARLAS EN LA CONSTRUCCIÓN DE SU FUTURO DESEADO. PARA ESTO ES FUNDAMENTAL QUE EL SUJETO PUEDA PONER EN VALOR SU HISTORIA Y SUS LAZOS DE PERTENENCIA.
QUE EL ROL DE LAS COMUNIDADES COBRA PROTAGONISMO EN LAS POLÍTICAS DESARROLLADAS POR EL ESTADO, EN TÉRMINOS DE CORRESPONSABILIDAD. ES DECIR, QUE TANTO LAS INSTITUCIONES DEL ESTADO PRESENTES EN LOS TERRITORIOS, COMO LOS VECINOS Y LAS ORGANIZACIONES DE LA COMUNIDAD, SON CLAVES EN LA TAREA DE GENERAR LAZOS DE INCLUSIÓN CON LOS JÓVENES.
QUE, TENIENDO EN CUENTA LAS DIFERENTES REUNIONES CON LOS RESPONSABLES DE LAS POLÍTICAS PÚBLICAS ORIENTADAS A LOS JÓVENES Y ADOLESCENTES EN NUESTRO PARTIDO, Y QUE EN LAS MISMAS , SE HA EVIDENCIADO QUE ADEMÁS DE LA PREOCUPACIÓN, HAY UN OCUPACIÓN REAL DE LOS PROBLEMAS QUE SE PRESENTAN, PESE A LO CUAL ES NECESARIO SEGUIR AUNANDO ESFUERZOS PARA PODER TRABAJAR EN FORMA COLECTIVA LA CONCRECIÓN DE HERRAMIENTAS QUE PERMITAN PAULATINAMENTE IR SUPERANDO ESAS PROBLEMÁTICAS.
QUE ES PRIMORDIAL LA CONFORMACIÓN DE EQUIPOS DE TRABAJO QUE TENGAN POR OBJETO ACOMPAÑAR A LOS JÓVENES QUE SE ENCUENTRAN EN CONDICIONES DE EGRESO, ORIENTÁNDOLOS HACIA UNA INTEGRACIÓN ACTIVA CON SU COMUNIDAD.
QUE EL PROGRAMA PROPONE CAPACITAR A LOS EQUIPOS DE TRABAJO TERRITORIALES PARA DESARROLLAR PROCESOS DE GESTIÓN Y ARTICULACIÓN DE RECURSOS QUE SIGNIFIQUEN OPORTUNIDADES DE INCLUSIÓN SOCIAL PARA JÓVENES.
QUE CADA MUNICIPIO DEBERÁ DEFINIR LA ESTRATEGIA LOCAL DE INCLUSIÓN JUVENIL EN TODOS LOS EJES TEMÁTICOS PLANTEADOS POR EL PROGRAMA, EN ACUERDO CON EL ORGANISMO PROVINCIAL DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUAREZ EN USO DE SUS ATRIBUCIONES:
R E S U E L V E
ARTÍCULO 1: SOLICITAR AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO, EVALÚE LA IMPLEMENTACIÓN DEL PROGRAMA ? AUTONOMÍA JOVEN?, MEDIANTE LA FIRMA DEL CONVENIO CORRESPONDIENTE CON EL ORGANISMO PROVINCIAL DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.
ARTÍCULO 2: TENIENDO EN CUENTA QUE EL PRESENTE PROGRAMA TAMBIÉN PUEDE SER CONVENIDO CON ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL, GÍRESE COPIA DEL PRESENTE PROYECTO A CONSEJO LOCAL DE PROMOCIÓN Y PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS DEL NIÑO Y A LA SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL DEL MUNICIPIO DE BENITO JUÁREZ PARA QUE EVALÚEN LA DIFUSIÓN DEL MENCIONADO PROGRAMA.
ARTÍCULO 3: COMUNÍQUESE AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTIDÓS DÍAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE.-
Recibí en tu correo nuestras Notificaciones