RESOLUCION DEL H.C.D. N° 745/2017.-
VISTO:
QUE, áEL PEATÓN TIENE DERECHO A QUE CIERTAS ZONAS URBANAS SEAN PARA SU USO EXCLUSIVO, LO MÁS EXTENSA POSIBLE, Y QUE NO SEAN SIMPLES RECINTOS PEATONALES SINO QUE ESTÉN EN RELACIÓN A LA ORGANIZACIÓN GENERAL DE LA CIUDAD, Y TAMBIÉN EL DERECHO A QUE CONECTEN ITINERARIOS CORTOS, LÓGICOS Y SEGUROS;
QUE, EL COMPROMISO DE LA ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL CON EL PEATÓN Y CON SUS ESPACIOS PEATONALES HA TENIDO MUY POCO VALOR, DEMOSTRADO ESTA CON UNA SIMPLE RECORRIDA;
Y QUE, LAS INTERVENCIONES TERMINAN ESPORÁDICAMENTE EJECUTADAS, NO CUMPLIENDO CON LAS EXPECTATIVAS DE LOS VECINOS, QUE PERMANENTEMENTE UTILIZAN ESPACIOS PÚBLICOS COMO LAS SENDAS, PARA TODO TIPO DE ACTIVIDADES, Y BÁSICAMENTE PARA TRASLADARSE EN FORMA SEGURA; Y;
CONSIDERANDO:
QUE, LAS COLECTORAS DE LA RUTA PROVINCIAL N° 86, CONSTITUYEN UNA ORGANIZACIÓN Y CONTRIBUYEN A LA SEGURIDAD DEL TRÁNSITO QUE SE DIRIGE DE UN LADO A OTRO DE LA CIUDAD TANTO PARA LOS VEHÍCULOS COMO PARA LOS PEATONES;
Y SIENDO, QUE ESTA SEGURIDAD TAMBIÉN TIENE QUE ESTAR DADA ADEMÁS POR CONDICIONES, COMO SENDAS PEATONALES CONSTRUIDAS Y MANTENIDAS CORRECTAMENTE, ELLO IMPLICA: MATERIALES CORRECTOS QUE CONTEMPLEN LLUVIAS, CRUCES POR LOS DESAGÜES CON TUBOS O ALCANTARILLADO ACORDES, ALUMBRADO CONGRUENTES CON LA FUNCIÓN, Y SEÑALIZADAS CORRECTAMENTE;
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUAREZ EN USO DE SUS ATRIBUCIONES:
R E S U E L V E
ARTÍCULO 1º.- SOLICITASE AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL (D.E.M.) QUE A TRAVÉS DEL ÁREA CORRESPONDIENTE EVALUÉ CADA UNO DE LOS PASOS PEATONALES POR MEDIO DE LOS CUALES LOS VECINOS SE TRASLADAN DESDE UN LUGAR A OTRO DE LA CIUDAD ATRAVESANDO LA RUTA PROVINCIAL N° 86.-
ARTÍCULO 2º.- LUEGO DE CUMPLIDO EL ARTICULO N° 1, VALÓRESE REALIZAR TODOS LOS TRABAJOS NECESARIOS PARA PONER EN ÓPTIMAS CONDICIONES CADA UNO DE ELLOS, TENIENDO EN CUENTA:
CALIDAD Y CANTIDAD DE TRANSITO.-
MATERIAL PARA MEJORAR EL SUELO.-
LUGARES APROPIADOS Y MÁS UTILIZADOS PARA IMPLEMENTAR LOS CRUCES.-
ILUMINACIÓN SUFICIENTE Y EFICIENTE.-
SEÑALIZACIÓN, DEMARCACIÓN, DE TODO EL RECORRIDO INCLUSIVE LAS SENDAS PEATONALES O CEBRAS, SOBRE LA CINTA ASFÁLTICA, Y CARTELERÍA QUE ADVIERTA AL TRÁNSITO DEL CRUCE DE PEATONES, VELOCIDADES MÁXIMAS, ETC.-
ARTÍCULO 3º.- COMUNÍQUESE AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTIDÓS DÍAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE.-
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