RESOLUCION DEL H.C.D. N° 714/2016.-
VISTO
QUE ES MANIFIESTA LA PREOCUPACIÓN DE LOS VECINOS LINDANTES A LOS SILOS DE ACOPIO DE GRANOS, SEMILLAS Y OTROS PRODUCTOS E INSUMOS AGRÍCOLAS QUE SE ENCUENTRAN AL COSTADO DEL CORREDOR VIAL DE LA RUTA 86.
Y
CONSIDERANDO
QUE DICHOS VECINOS HAN MANIFESTADO SU PREOCUPACIÓN POR LA ASIDUA CAÍDA DE POLVO Y GRANZA, QUE EMERGEN DE DICHA PLANTA DE ACOPIE.
QUE ES LA CAÍDA DE GRANZA O POLVILLO, PRODUCTO DE LAS TAREAS DE CARGA, DESCARGA, SECADO Y LIMPIEZA DE GRANOS, LO QUE PROVOCA LA MAYOR PREOCUPACIÓN DE LOS VECINOS Y QUE LA MISMA PUEDE VERSE EN FORMA REITERADA EN TECHOS, VEREDAS Y CORDONES DE LOS BARRIOS LINDANTES.
QUE ES MOTIVACIÓN DE RECLAMO EL CUIDADO DE LA SALUD, Y POR ENDE EL SABER LA COMPOSICIÓN DEL POLVILLO O GRANZA QUE VUELA EN EL AIRE, YA QUE EL MISMO PUEDE CONTENER RESIDUOS DE MATERIALES ORGÁNICOS E INORGÁNICOS, GENERADO POR EL MOVIMIENTO DE GRANOS, PUDIENDO CONTENER TAMBIÉN RESTOS DE ESPORAS, PRODUCTOS QUÍMICOS (PESTICIDAS, HERBICIDAS) Y OTRAS MATERIAS EXTRAÑAS.
QUE SON VARIOS LOS VECINOS QUE MANIFIESTAN LA EXISTENCIA DE ALERGIAS Y MALESTARES DE DISTINTO TIPO, TOS, MOLESTIAS EN LOS OJOS O MOLESTIAS RESPIRATORIAS, ALEGANDO QUE LAS MISMAS SON CONSECUENCIAS DE LAS EMANACIONES ANTES MENCIONADAS.
QUE ALGUNAS DE LAS DISPOSICIONES EXISTENTES EN LA LEY Nº 12605. DECRETO Nº 34. LEY DE ALMACENAMIENTO, CLASIFICACIÓN, ACONDICIONAMIENTO Y CONSERVACIÓN DE GRANOS, EXIGEN QUE LAS SECADORAS DE CEREAL DEBERÁN EQUIPARSE CON JAULA CON TEJIDOS DE MALLAS FINAS, FILTROS, U OTROS MEDIOS DE CAPTACIÓN DE POLVILLO Y GRANZA QUE IMPIDAN QUE ESTOS LLEGUEN AL EXTERIOR.-
QUE LA PRESENTACIÓN DE ESTE PROYECTO DE RESOLUCIÓN TIENE POR OBJETO ATENDER EL RECLAMOS DE LOS VECINOS, CUIDANDO LA SALUD DE LOS MISMOS Y TAMBIÉN DE LOS TRABAJADORES DE LAS PLANTAS CEREALERAS.
QUE HACE MÁS DE 15 AÑOS ATRÁS, FUE MOTIVO DE PREOCUPACIÓN DE LOS VECINOS DEL PARTIDO DE BENITO JUÁREZ, LA MISMA PROBLEMÁTICA, TOMANDO ENTONCES ESTADO PÚBLICO Y REFLEJÁNDOSE EN LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN.
QUE ES LA CONSTITUCIÓN DE LA NACIÓN ARGENTINA QUIEN ESTABLECE EN SU ARTÍCULO 41 QUE TODOS LOS HABITANTES GOZAN DEL DERECHO A UN AMBIENTE SANO, EQUILIBRADO, APTO PARA EL DESARROLLO HUMANO Y PARA QUE LAS ACTIVIDADES PRODUCTIVAS SATISFAGAN LAS NECESIDADES PRESENTES SIN COMPROMETER LAS DE LAS GENERACIONES FUTURAS; Y TIENEN EL DEBER DE PRESERVARLO.
QUE ES UNA RESPONSABILIDAD DE LAS EMPRESAS E INDUSTRIAS, DESARROLLARSE CUIDANDO EL MEDIO AMBIENTE Y A SUS TRABAJADORES.
QUE ES UNA RESPONSABILIDAD DEL ESTADO, EN TODAS SUS INSTANCIAS, CUIDAR EL MEDIO AMBIENTE, CONTROLANDO EL IMPACTO AMBIENTAL DE LAS INDUSTRIAS Y GENERANDO CONDICIONES DE DESARROLLO SUSTENTABLE.
QUE EL MENCIONADO PROYECTO FUE APROBADO POR MAYORIA DE LOS SEÑORES CONCEJALES CON EL VOTO NEGATIVO DEL CONCEJAL JUAN MANUEL PEREZ DEL BLOQUE FRENTE RENOVADOR.-
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUAREZ EN USO DE SUS ATRIBUCIONES:
R E S U E L V E
ARTICULO 1º.- SOLICITASE A LA OPDS ( ORGANISMO PROVINCIAL PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE), LA REALIZACIÓN DE UN ESTUDIO AMBIENTAL QUE REFLEJE LA COMPOSICIÓN O GRANZA QUE EMANAN DE LAS MENCIONADAS PLANTAS CEREALERAS E INDUSTRIALES DE NUESTRO PARTIDO.
ARTICULO 2º.- SOLICITASE A LA OPDS ( ORGANISMO PROVINCIAL PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE), REALICE LAS VERIFICACIONES AMBIENTALES SOBRE LA EXISTENCIA DE LAS CONDICIONES ADECUADAS DE FUNCIONAMIENTO DE LAS PLANTAS CEREALERAS E INDUSTRIALES DEL PARTIDO DE BENITO JUÁREZ.
ARTICULO 3º.- SOLICITASE A LA OPDS ENTREGUE A LA DIRECCIÓN GENERAL DE MEDIO AMBIENTE DEL MUNICIPIO DE BENITO JUÁREZ, LOS RESULTADOS DE LOS ESTUDIOS SOLICITADOS.
ARTICULO 4º.- GÍRESE COPIA DEL PRESENTE PROYECTO, A LA JUNTA DE COMISIONES VECINALES.
ARTICULO 5º.- COMUNÍQUESE AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTICUATRO DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS.-
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