Resolución Nro: 2016645

RESOLUCION DEL H.C.D. N° 645/2016.-
VISTO
LA RESOLUCION 22/16 DEL MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, PUBLICADA EN EL BOLETÍN OFICIAL EL DÍA 26 DE FEBRERO DE 2016, QUE RIGE PARA LAS EMPRESAS EDELAP (LA PLATA), EDEA (COSTA ATLÁNTICA), EDEN (NORTE DE LA PROVINCIA) Y EDES (SUR DE LA PROVINCIA) SUJETAS A CONCESIÓN PROVINCIAL Y PARA LAS COOPERATIVAS QUE DISTRIBUYEN EL SUMINISTRO EN TODO EL TERRITORIO PROVINCIAL; Y
CONSIDERANDO
QUE LAS SUBAS EN LAS TARIFAS SERÁN EN PORCENTAJES MUY SIGNIFICATIVOS, SEGÚN SE TRATE DE COMERCIOS Y OFICINAS, PYMES, USUARIOS RESIDENCIALES Y GRANDES INDUSTRIAS, ETC;
QUE SI BIEN LA MENCIONADA RESOLUCIÓN INCLUYE UNA TARIFA SOCIAL PARA SER APLICADA A AQUELLOS USUARIOS RESIDENCIALES CON ESCASOS RECURSOS Y PRECIOS INFERIORES PARA QUIENES LOGREN REDUCIR EL CONSUMO RESPECTO DEL MISMO PERÍODO DEL AÑO ANTERIOR;
QUE DE PRODUCIRSE UN PORCENTAJE EN LA QUITA DE SUBSIDIOS Y EL AUMENTO DEL CUADRO TARIFARIO SERIA PALMARIO Y NOTORIO QUE AFECTARÍA DE FORMA DIRECTA LA ECONOMÍA FAMILIAR;
QUE A ELLO SE SUMA LA EXISTENCIA DE DECRETOS-LEY, LEYES Y APORTES A PARTIR DE LA QUITA DE SUBSIDIOS Y DEL INCREMENTO DE VALUACIONES FISCALES, TODO LO QUE SUMA AL PRECIO FINAL QUE DEBEN PAGAR LOS USUARIOS DEL SERVICIO ELÉCTRICO;
QUE ANTE ESTE ESCENARIO ECONÓMICO COMPLEJO, DEBEN ARBITRARSE LOS MECANISMOS NECESARIOS PARA EVITAR QUE EL COSTO DEL PROCESO DE DESINVERSIÓN POR PARTE DE LAS EMPRESAS PROVEEDORAS DE SERVICIOS PÚBLICOS, QUE HA ATRAVESADO NUESTRO PAÍS, DESDE YA HACE VARIOS AÑOS, SEA AFRONTADO EXCLUSIVAMENTE POR LOS CONSUMIDORES;á
QUE CREEMOS QUE EL ESTADO, DESDE SUS DISTINTOS NIVELES Y PODERES, DEBE ARBITRAR LOS MECANISMOS Y MEDIDAS NECESARIAS PARA AFRONTAR LA CRISIS DE MANERA TAL DE NO AFECTAR, EN FORMA ABRUPTA Y SEVERA, EL PODER ADQUISITIVO, YA QUE ELLO PUEDE GENERAR DIFICULTADES QUE, A LA POSTRE, TERMINAN GENERANDO MAYORES INCONVENIENTES;
QUE, EL NUEVO CUADRO TARIFARIO CONLLEVA CAMBIOS SIGNIFICATIVOS EN LAS ECONOMÍAS MUNICIPALES PROYECTADAS PARA EL CORRIENTE AÑO, EN LO QUE RESPECTA A ALUMBRADO PÚBLICO Y EN DEPENDENCIAS MUNICIPALES;
QUE, ESTA READECUACIÓN INCIDIRÍA DE FORMA DIRECTA EN LA EJECUCIÓN DEL PRESUPUESTO DE CÁLCULOS Y GASTOS DE RECURSOS DEL AÑO 2016;
QUE EN LA LEGISLATURA BONAERENSE SE ENCUENTRAN AVANZADOS DOS PROYECTOS DE LEY PRESENTADOS POR EL DIPUTADO PABLO GARATE DEROGANDO DECRETOS LEYES DE GOBIERNOS DE FACTO Y BENEFICIANDO A LOS USUARIOS DEL SERVICIO ELÉCTRICO;
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUAREZ EN USO DE SUS ATRIBUCIONES

R E S U E L V E

ARTÍCULO 1°: SOLICÍTESE AL PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES CONTEMPLE LA POSIBILIDAD DE REVER LA RESOLUCIÓN 22/16, CONSIDERANDO QUE DICHO AUMENTO HA SIDO REALIZADO DE MANERA INCONSULTA DESESTIMANDO LO QUE MARCA LA LEY 24065, ART. 48º, A FIN DE AFECTAR EN LA MENOR MEDIDA POSIBLE LA CAPACIDAD ADQUISITIVA DE LOS HABITANTES DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, COMO ASÍ TAMBIÉN, LA REDUCCIÓN DE LEYES Y APORTES QUE PESAN SOBRE LA FACTURACIÓN.-
ARTÍCULO 2°: SOLICÍTESE A LA HONORABLE LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE BUENOS LA APROBACIÓN DE LOS PROYECTOS DE LEY ACTUALMENTE EN TRATAMIENTO BAJO LOS NÚMEROS DE EXPEDIENTE D-4/16-17 Y D-5/16-17 AUTORÍA DEL DIPUTADO PROVINCIAL PABLO GARATE.-
ARTÍCULO 3°: GÍRESE COPIA DE LA SIGUIENTE RESOLUCIÓN A LOS HONORABLES CONCEJOS DELIBERANTES DE NUESTRA PROVINCIA.-
ARTÍCULO 4°: COMUNIQUESE AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS CATORCE DÍAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS.-

Print Friendly, PDF & Email
Print Friendly, PDF & Email