RESOLUCION DEL H.C.D. N° 428/2010.-
VISTO LA SANCIÓN DE LA LEY 13210 Y/O 13482 QUE CREA LAS BASES JURÍDICAS DE LAS ORGANIZACIONES DE LAS POLICÍAS COMUNALES DE SEGURIDAD DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES; Y
CONSIDERANDO:
QUE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUÁREZ ADHIRIÓ A LA LEY 13210 Y SUS MODIFICATORIAS DE CREACIÓN DE POLICIAS COMUNALES-
QUE EN EL MARCO DEL CONVENIO DE ADHESIÓN QUE SUSCRIBIÓ OPORTUNAMENTE LA COMUNA DE BENITO JUÁREZ SURGE LA NECESIDAD DE CREAR UNA ESTRUCTURA ADMINISTRATIVA ESPECIAL PARA COORDINAR EL PRESENTE CONVENIO E IMPLEMENTAR LAS POLÍTICAS PÚBLICAS QUE PREVÉ LA LEGISLACIÓN VIGENTE.
QUE EN EL ART. 58 DE LA CITADA LEY, REFIERE A QUE ? ?CADA INTENDENTE DISEÑARÁ LAS POLÍTICAS PREVENTIVAS Y LAS ACCIONES ESTRATÉGICAS DE LA POLICÍA COMUNAL DE SEGURIDAD, QUE IMPARTIRÁ AL JEFE DE DICHO CUERPO PARA EL DESEMPEÑO DE LA FUERZA POLICIAL, A TRAVÉS DEL FUNCIONARIO QUE ÉL PODRÁ DESIGNAR?.
QUE ES NECESARIO VISTO LA SITUACIÓN DE INDEFENSIÓN, ABANDONO E INSERTIDUMBRE A LA QUE ES SOMETIDO CUALQUIER VECINO CUANDO ES VÍCTIMA DE UN DELITO Y ENTRA EN EL SISTEMA DE LAS INDEFINICIONES Y DE LA BUROCRACIA DEL SISTEMA DE SEGURIDAD Y JUSTICIA DEL ESTADO, ENCARGADOS DE SUPUESTAMENTE, SOLUCIONARLES EL PROBLEMA.
QUE ES NECESARIO VISTO EL LÓGICO DESCONOCIMIENTO DE LAS LEYES QUE TIENE CUALQUIER VECINO, Y EL DESCONOCIMIENTO QUE SE TIENE DE CUAL DE LAS INNUMERABLES ENTIDADES RELACIONADAS CON LA SEGURIDAD DEBE OCUPARSE DE RESOLVER EL PROBLEMA, Y CONTENER A LA VÍCTIMA.
QUE ES NECESARIO PARA CUMPLIR CON LA FUNCIÓN DE COORDINACIÓN Y ARTICULACIÓN DE LAS ENTIDADES Y ÁREAS RELACIONADAS CON LA SEGURIDAD PÚBLICA, QUE EL FUNCIONARIO ENCARGADO DE REALIZAR LA TAREA CUENTE CON LA JERARQUÍA NECESARIA PARA PODER CUMPLIR ACABADAMENTE SU FUNCIÓN.
QUE EL DESARROLLO DE DICHA ACTIVIDAD EN EL ORGANIGRAMA MUNICIPAL CORRESPONDERÍA PUES A LA JERARQUÍA DE SECRETARIO, CON DEPENDENCIA DIRECTA DEL SR. INTENDENTE MUNICIPAL.
QUE LA EVIDENTE FALTA DE RECURSOS Y ALGUNAS DEFICIENCIAS CON LOS QUE CUENTAN LAS ENTIDADES Y ÁREAS VINCULADAS A LA SEGURIDAD PÚBLICA SE PUEDEN SUPLIR CON LA ARTICULACIÓN DE LAS MISMAS Y LOGRAR ENTRE LOS DISTINTOS SECTORES QUE PARTICIPAN EN ÉSTA MATERIA, SEAN DE JURISDICCIÓN NACIONAL, PROVINCIAL, O MUNICIPAL MEJORES RESULTADOS.
QUE CONSIDERANDO QUE LOS AUTORES DE DELITOS SON EN LA MAYORÍA DE LOS CASOS REINCIDENTES Y PROVIENEN DE FAMILIAS VULNERABLES O EN RIESGO, HACE INDISPENSABLE UNA POLÍTICA ACTIVA DE COORDINACIÓN DE LAS ÁREAS RELACIONADAS CON LO SOCIAL Y NO SOLAMENTE DESDE EL ACCIONAR POLICIAL.
POR ELLO ES NECESARIO IMPLEMENTAR ÉSTA ESTRUCTURA ADMINISTRATIVA PARA EL ÓPTIMO DESARROLLO DE LAS ACTIVIDADES MUNICIPALES EN FUNCIÓN DEL CONVENIO DE DESCENTRALIZACIÓN Y LA LEY VIGENTE EN LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,
POR ELLO, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES EMERGENTES DE LA LEY ORGÁNICA DE LAS MUNICIPALIDADES,
QUE EL MENCIONADO PROYECTO FUE APROBADO POR SIETE VOTOS POR LA AFIRMATIVA( 6 VOTOS DEL BLOQUE DEL FRENTE PARA LA VICTORIA- P.J. Y UN VOTO DEL BLOQUE DEL PRO) Y CINCO VOTOS POR LA NEGATIVA DEL BLOQUE DE LA U.C.R.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUAREZ EN USO DE SUS ATRIBUCIONES:
R E S U E L V E
ARTÍCULO 1º EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE PROPICIA LA CREACIÓN DE LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD (SE ADJUNTA ANEXO MANUAL DE FUNCIONES), EN EL ÁMBITO DEL DEPARTAMENTO EJECUTIVO.-
ARTÍCULO 2º: LA COMISIÓN DE SEGURIDAD DEL HCD. TENDRÁ ACCESO AL CONOCIMIENTO DE LAS POLÍTICAS DE PREVENCIÓN DEL DELITO, SEGURIDAD, CRIMINOLOGÍA E INTELIGENCIA QUE SE DESARROLLEN EN EL ÁMBITO DE BENITO JUAREZ.
ARTÍCULO 3º: -COMUNÍQUESE AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTICINCO DÍAS DEL ME DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIEZ.-
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