Resolución Nro: 2005305

RESOLUCION DEL H.C.D. N° 305/2005.-
VISTO
LA ORDENANZA MUNICIPAL N° 3326/02, MEDIANTE LA CUAL SE CREÓ EL CONSEJO MUNICIPAL DEL MENOR Y LA FAMILIA EN EL DISTRITO DE BENITO JUÁREZ, Y
CONSIDERANDO
-QUE RECIENTEMENTE SE PROMULGÓ LA LEY 13298, QUE ESPECÍFICAMENTE TRATA DE LA PROMOCION Y PROTECCION DE LOS DERECHOS DE LOS NIÑOS EN LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.
-QUE EN EL CAPITULO UNICO-OBJETO Y FINALIDAD-ARTÍCULO 1° MENCIONA: ?LA PRESENTE LEY TIENE POR OBJETO LA PROMOCIÓN Y PROTECCIÓN INTEGRAL DE LOS DERECHOS DE LOS NIÑOS, GARANTIZANDO EL EJERCICIO Y DISFRUTE PLENO, EFECTIVO Y PERMANENTE DE LOS DERECHOS Y GARANTÍAS RECONOCIDOS EN EL ORDENAMIENTO LEGAL VIGENTE, Y DEMÁS LEYES QUE EN SU CONSECUENCIA SE DICTEN?.
-QUE EN ARTICULO 18 SE ESTABLECE QUE EN CADA MUNICIPIO DEBEN FUNCIONAR LOS DENOMINADOS SERVICIOS LOCALES DE PROTECCIÓN DE DERECHOS.
-QUE EN EL ARTÍCULO 19, MENCIONA QUE LOS SERVICIOS LOCALES DE PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS DEL NIÑO TENDRÁN LAS SIGUIENTES FUNCIONES:
A) EJECUTAR LOS PROGRAMAS, PLANES, SERVICIOS Y TODA OTRA ACCIÓN QUE TIENDA A PREVENIR, ASISTIR, PROTEGER, Y/O RESTABLECER LOS DERECHOS DEL NIÑO.
B) RECIBIR DENUNCIAS E INTERVENIR DE OFICIO ANTE EL CONOCIMIENTO DE LA POSIBLE EXISTENCIA DE VIOLACIÓN O AMENAZA EN EL EJERCICIO DE LOS DERECHOS DEL NIÑO.
C) PROPICIAR Y EJECUTAR ALTERNATIVAS TENDIENTES A EVITAR LA SEPARACIÓN DEL NIÑO DE SU FAMILIA Y/O GUARDADORES Y/O DE QUIEN TENGA A SU CARGO SU CUIDADO O ATENCIÓN.
-QUE PARA PODER PONER EN MARCHA LO ESTABLECIDO EN LA LEY 13298, ES NECESARIO CREAR UN ESPACIO EN LA ÓRBITA MUNICIPAL, PARA LO CUAL ES NECESARIO MODIFICAR EL ACTUAL ORGANIGRAMA.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUAREZ EN USO DE SUS ATRIBUCIONES:
R E S U E L V E
ARTICULO 1°: SOLICITAR AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO PREVEA LA MODIFICACIÓN DEL ORGANIGRAMA MUNICIPAL, CON EL FIN DE CREAR EL SERVICIO LOCAL DE PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS DE LOS NIÑOS, EN EL MARCO DE LA LEY 13298.
ARTICULO 2°: EL ESPACIO MENCIONADO EN EL ARTICULO 1°, DEPENDERÁ DE LA SECRETARIA DE ACCION SOCIAL.
ARTICULO 3°: DE FORMA.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTICINCO DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL CINCO.-

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