RESOLUCION DEL H.C.D. N° 293/2005.-
VISTO EL DECRETO 12/05 DEL PODER EJECUTIVO PROVINCIAL QUE RIJE A PARTIR DE ENERO DE ESTE AÑO, DEL CUAL EMANAN LAS NORMAS DE SEGURIDAD ANTISINIESTRAL QUE, BASADAS EN LA RESOLUCIÓN N° 2740703 DE EL MINISTERIO DE SEGURIDAD PROVINCIAL, DEBERAN CUMPLIR LOS ESTABLECIMIENTOS O LOCALES QUE FUNCIONEN COMO CONFITERIAS BAILABLES, DISCOS, CLUBES, PUBS, ETC. ETC, DECRETO EN DONDE SE DETALLAN LAS IMPORTANTES MULTAS Y PERIODOS DE CLAUSURA DE AQUELLOS COMERCIOS QUE INCUMPLAN DICHAS NORMAS.
CONSIDERANDO QUE DICHA RESOLUCIÓN DEL MINISTERIO DE SEGURIDAD CONTIENE UN CRITERIO DE EXIGENCIA HACIA LOS COMERCIOS, BASADO EN OTRA REALIDAD TOTALMENTE DISTINTA A LA DE LAS CIUDADES DEL INTERIOR, COMO ES LA DE CAPITAL FEDERAL, O LAS GRANDES CIUDADES DEL CONURBANO, CON NORMAS DE SEGURIDAD ANTISIENISTRAL CASI IMPOSIBLES DE CUMPLIR EN MUCHOS CASOS.
QUE TENIENDO EN CUENTA QUE EL ANTECEDENTE DE LA RECIENTE LEGISLACIÓN SON LAS POLICIAS COMUNALES, EN LA MISMA SE HIZO UNA DIFERENCIACIÓN ENTRE LAS CIUDADES DE MAS DE SETENTA MIL HABITANTES, Y LAS MENORES A ESAS CIFRAS, LO CUAL NOS DA UN ARGUMENTO VALIDO PARA PETICIONAR QUE EN ESTE TEMA SE TENGA EL MISMO CRITERIO.
QUE ATENTO A ESTO, ENTENDEMOS QUE UN CLUB O UN COMERCIO NOCTURNO DE UNA CIUDAD DE VEINTE MIL HABITANTES, QUE RECIBEN UNA CANTIDAD REDUCIDA DE PERSONAS, NO TIENEN EL MISMO NIVEL DE RIESGO QUE UN LOCAL EN ALGUNA CIUDAD DEL CONURBANO BONAERENSE QUE REUNA MÁS DE CINCO MIL PERSONAS EN UNA NOCHE.
QUE AMEN DEL MENOR RIESGO QUE PRESENTAN ESTOS LOCALES DEL INTERIOR DE LA PROVINCIA, ENTENDEMOS QUE FINANCIERAMENTE NO ESTAN EN LAS MISMAS CONDICIONES QUE LOCALES CUYA FACTURACIÓN ES INFINITAMENTE MAYOR, PARA CUBRIR LA MISMA EXIGENCIA TÉCNICA EN UN CASO COMO EN EL OTRO.
QUE DE NO HACER UNA MODIFICACIÓN EN DICHAS NORMAS, ESTAREMOS EMPUJANDO A LA DESAPARICIÓN A MUCHOS CLUBES CHICOS, COOPERADORAS, ASOCIACIONES, ETC. QUE BASAN SU ACTIVIDAD EN ACTIVIDADES DE BAILE O ESPARCIMIENTO Y DIVERSIÓN.
QUE DE UNA VEZ POR TODA LAS AUTORIDADES PROVINCIALES TENDRÁN QUE TOMAR NOTA QUE NO SE PUEDE LEGISLAR EN GENERAL CUANDO HAY DOS REALIDADES TOTALMENTE DIFERENTES COMO ES LA DEL CONURBANO Y LA DEL INTERIOR, YA QUE ESTÁN DAÑANDO EN MUCHOS CASOS A COMERCIOS, INSTITUCIONES, Y A PERSONAS EN GENERAL CON ESTA ERRADA VISION DE LA PROBLEMÁTICA BONAERENSE.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUAREZ EN USO DE SUS ATRIBUCIONES:
R E S U E L V E
ARTICULO 1°.- EL H.C.D. DE BENITO JUAREZ SUGIERE AL PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES QUE REVEA EL DECRETO 12/05, DE MANERA QUE PARA CIUDADES MENORES A SETENTA MIL HABITANTES, (U OTRO PARÁMETRO SIMILAR), RIJA UNA RESOLUCIÓN DIFERENTE A LA 2740/03, CON NORMAS CONSENSUADAS CON AUTORIDADES, INSTITUCIONES, COMERCIANTES, ETC.
ARTICULO 2°.- ENVIESE COPIA A LOS H.C.D. DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SOLICITANDO SU ADHESIÓN.-
ARTICULO 3°.- DE FORMA.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTICUATRO DIAS DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL CINCO.-
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