RESOLUCION Nº 991/2022
Visto
Que los Pictogramas constituyen un recurso comunicativo de carácter visual, representa un objeto, figura o concepto, sintetizando un mensaje que puede señalar o informar traspasando la barrera de las lenguas y que puede representarse mediante fotografías, dibujos, símbolos, letras o la combinación de estos.
Considerando
Que la Ley Nacional Nº 27043 del año 2015, declaró de interés nacional el abordaje integral e interdisciplinario de las personas que presentan Trastornos del Espectro Autista (TEA); la investigación clínica y epidemiológica en la materia, así como también la formación profesional en su pesquisa, detección temprana, diagnóstico y tratamiento; su difusión y el acceso a las prestaciones adhiriéndose la Provincia de Buenos Aires mediante la Ley Provincial Nº 15035.
Que el Trastorno del Espectro Autista (TEA) es un trastorno que afecta la habilidad para interactuar y comunicarse socialmente. Es una afección del neurodesarrollo que presenta alteraciones en la comunicación y en las interacciones sociales, junto a otras características, como comportamientos repetitivos, restringidos y estereotipados.
Que los pictogramas son símbolos sencillos, claros, no abstractos, representaciones icónicas que representan fielmente aquello que indican, con elementos de estos lugares, muy claros visualmente, sólo así las personas con autismo reciben de forma rápida y sencilla la información que les permite comprender el mundo que les rodea.
Que actualmente no existe un registro único y oficial de pictogramas y es necesario crearlo ya que en la actualidad existe una proliferación de pictogramas de diversos diseños o modelos.
Que además se debe propender a la instalación de pictogramas, no solo en las instituciones públicas, sino también en las instituciones privadas que ofrecen bienes y servicios y cuentan con atención al público.
Que por Expediente D-2476/22-23, el diputado radical Maximiliano Abad del bloque Juntos en la Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires, presentó una modificación a la ley 15035, incorporando el título 2 De la Comunicación, para declarar la Provincia de Buenos Aires como “Provincia de Comunicación Amigable de las personas con TEA”, crear un registro oficial de pictogramas de acceso público, crear los necesarios que identifiquen dependencias y reparticiones públicas, espacios públicos, recreativos, deportivos, culturales, identificar todas las dependencias públicas, y que la autoridad de aplicación fomente la utilización por personas físicas y jurídicas privadas que administren sitios que puedan ser de interés para las personas con TEA.
Que dicho expediente fue aprobado sobre tablas el día 25 de agosto cuando se conmemora el Día Nacional de Ayuda a las Personas con Autismo.
Que esta iniciativa supone un avance hacia una sociedad más inclusiva y en pos de la eliminación de barreras, que favorezca la accesibilidad en todas sus variantes “no solo físicamente, sino también en la cognitiva, visual y social.
El Honorable Concejo Deliberante de la municipalidad de Benito Juárez en uso de sus atribuciones que le son propias:
RESUELVE
Artículo 1º: Expresar el apoyo de este HCD a la media sanción del Proyecto de Ley (Expediente D-2476/22-23) que propone la creación de un Registro Oficial de Pictogramas y declarar a la Provincia de Buenos Aires como “Provincia de Comunicación Amigable de las personas con TEA”.
Artículo 2°: El Honorable Concejo Deliberante de Benito Juárez se dirige a la Honorable Cámara de Senadores de la Provincia de Buenos Aires solicitando el pronto tratamiento del expediente D-2476/22-23.
Artículo 3º: Invitar a los Concejos Deliberantes a manifestarse en el mismo sentido que lo solicitado en el artículo 1º y 2ª de la presente.
Artículo 4°: Gírese copia de la presente a la Honorable Cámara de Diputados y Senadores de la Provincia de Buenos Aires.
Artículo 5°: De forma.
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de Octubre del año dos mil veintidós.-
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