Resolución Nro: 2020892

RESOLUCIÓN Nº 892/2020
VISTO LA IMPERIOSA NECESIDAD DE LOGRAR OFRECER DESDE EL ESTADO LOCAL LAS HERRAMIENTAS MÁS SIMPLES Y SENCILLAS PARA BRINDAR SEGURIDAD A TODA LA COMUNIDAD;
QUE SON REITERADOS LOS CONTRATIEMPOS QUE OFRECEN LAS COMPAÑÍAS TELEFÓNICAS PARA QUE SUS ABONADOS PUEDAN COMUNICARSE CON LA COMISARÍA LOCAL SIN NECESIDAD DE INTERMEDIARIOS DE OTROS DISTRITOS; Y
CONSIDERANDO
QUE ES TAREA INHERENTE A LOS REPRESENTANTES DE LA COMUNIDAD EN LOS ÁMBITOS DONDE SE DEBEN SOLUCIONAR LOS PROBLEMAS;
QUE ES NECESARIO APORTAR IDEAS, AUNQUE ESTAS NO SEAN CONVENCIONALES, SINO INNOVADORAS;
QUE EL MUNICIPIO DE BENITO JUÁREZ CUENTA CON UN PORTAL DIGITAL Y REDES SOCIALES PARA PROMOCIONAR Y EXPLICAR SU SISTEMA DE USO;
QUE ES IMPORTANTE LA CREACIÓN DE UNA APLICACIÓN PARA CELULARES QUE BRINDE SEGURIDAD AL VECINO CON SOLO TOCAR UN BOTÓN.
QUE DICHA APLICACIÓN TAMBIÉN SERVIRÍA PARA DAR MAYOR SEGURIDAD AL VECINO Y A LOS ORGANISMOS QUE DEBERÍAN MOVILIZARSE ANTE UN OCASIONAL CASO DE EMERGENCIA.
QUE SU LUGAR DE RECEPCIÓN BIEN PODRÍA SER EL ÁREA DE MONITOREO, DONDE EXISTE PERSONAL CAPACITADO Y A LA VEZ CON LA VENTAJA QUE HASTA PUEDE ESTAR CONTROLANDO MEDIANTE LAS CÁMARAS DE SEGURIDAD TODO LO QUE OCURRA EN TORNO AL PEDIDO DE AUXILIO.
QUE EXISTEN LOCALIDADES VECINAS QUE ESTÁN UTILIZANDO ESTE SISTEMA DE AUXILIO COMUNITARIO, INCLUSO ALGUNAS DE ELLAS TAMBIÉN HAN INCORPORADO ALGO SIMILAR AL BOTÓN ANTI PÁNICO UTILIZADO PARA CASOS DE VIOLENCIA DE GÉNERO.
QUE ANTE UNA EMERGENCIA NO TODOS LOS CELULARES PUEDEN LLAMAR AL 02292 452222 YA QUE ES NECESARIO CONTAR CON SALDO EN EL CELULAR Y QUE EN TIEMPOS NORMALES EL 101 SUELE SER ATENDIDO DE MAR DEL PLATA, TANDIL O AZUL Y QUE EN CASOS DE EMERGENCIAS SE NECESITA ACTUAR CON CELERIDAD.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUAREZ EN USO DE SUS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS:
RESUELVE
ARTICULO 1º. SOLICITAR AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO, A TRAVÉS DEL ÁREA QUE CORRESPONDA, EVALUÉ LA POSIBILIDAD DE DESARROLLAR UNA APLICACIÓN QUE EL VECINO PUEDA DESCARGAR EN SU CELULAR PARA CASOS DE EMERGENCIAS.

ARTÍCULO 2º.- SOLICITAR AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO QUE EN CASO DE PODER DAR CUMPLIMIENTO EL ARTÍCULO 1º SE DIFUNDA MASIVAMENTE LA HERRAMIENTA DE SEGURIDAD PARA LOGRAR EL MAYOR ALCANCE POSIBLE.

ARTÍCULO 3º.- DE FORMA.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTIDOS DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTE.-

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