RESOLUCIÓN Nº 887/2020
VISTO QUE EL PROGRAMA HOGAR BRINDA UN SUBSIDIO DIRECTO A TITULARES DE HOGARES DE BAJOS RECURSOS O DE VIVIENDAS DE USO SOCIAL O COMUNITARIO DE TODO EL TERRITORIO DE LA REPUBLICA ARGENTINA, CONSUMIDORES DE G.L.P. (GAS LICUADO DE PETROLEO) ENVASADO, QUE RESIDAN O SE ENCUENTREN UBICADAS, SEGÚN EL CASO, EN ZONAS NO ABASTECIDAS POR EL SERVICIO DE GAS POR REDES O QUE NO SE ENCUENTREN CONECTADOS/AS A LA RED DE DISTRIBUCIÓN DE GAS DE SU LOCALIDAD.
Y CONSIDERANDO QUE EL MONTO DEL SUBSIDIO SE DEFINE SEGÚN LA ÉPOCA DEL AÑO, LA CANTIDAD DE MIEMBROS DEL HOGAR Y LA ZONA GEOGRÁFICA EN LA CUAL SE RESIDA.
QUE EL MONTO DEL SUBSIDIO SE DEPOSITA EN CUENTA BANCARIA, BOCA DEL CORREO ARGENTINO O PIM.
QUE LOS BENEFICIARIOS PUEDEN CONSULTAR FECHA Y LUGAR DE COBRO COMUNICÁNDOSE AL 0800-666-46427 DE 8 A 20 HS, O MEDIANTE CORREO ELECTRÓNICO A PROGRAMAHOGAR@ENERGIA.GOB.AR ENVIANDO SU NÚMERO DE CUIL.
QUE QUIENES SEAN APROBADOS PARA EL COBRO DEL BENEFICIO COMENZARAN A RECIBIRLO DE 30 A 60 DÍAS CORRIDOS POSTERIORES A LA PREINSCRIPCIÓN.
QUE FINALIZADO EL CIRCUITO DE LIQUIDACIÓN DE PROGRAMA HOGAR, SE INFORMARÁ ÚNICAMENTE A AQUELLOS QUE FUERON RECHAZADOS PARA QUE, EN CASO DE CORRESPONDER, REGULARICEN SU SITUACIÓN Y PUEDAN PERCIBIR EL BENEFICIO.
QUE QUIENES NO SEAN INFORMADOS COMO RECHAZADOS, PERCIBIRÁN EL SUBSIDIO Y LA INFORMACIÓN SOBRE SUS DATOS DE COBRO PODRÁN VERIFICARLA ENVIANDO UN CORREO ELECTRÓNICO A PROGRAMAHOGAR@ENERGIA.GOB.AR, COMUNICÁNDOSE AL 0800-666-HOGAR O INGRESANDO EN: HTTPS://WWW.ANSES.GOB.AR/FECHA-DE-COBRO-BENEFICIO CON SU NÚMERO DE CUIL.
QUE EL PROGRAMA HOGAR TAMBIÉN LLEGA A COMEDORES, MERENDEROS, GRUPOS COMUNITARIOS O CENTROS DE ATENCIÓN INFANTIL, TENGAN O NO PERSONERÍA JURÍDICA.
QUE EL MINISTERIO DE ENERGÍA ENTRE OTRAS RESPONSABILIDADES TIENE A SU CARGO LA EJECUCIÓN DE LA TARIFA DIFERENCIAL PARA ENTIDADES DE BIEN PÚBLICO COMO POR EJEMPLO, ASOCIACIONES CIVILES, SIMPLES ASOCIACIONES, FUNDACIONES Y ORGANIZACIONES COMUNITARIAS QUE NO PERSIGUEN FINES DE LUCRO Y ENTIDADES RELIGIOSAS.
QUE TENIENDO EN CUENTA LA SITUACIÓN ACTUAL DE PANDEMIA, Y LAS CONSECUENCIAS ECONÓMICAS Y SOCIALES QUE TRAE APAREJADA PARA LA SOCIEDAD TODA, ES NECESARIO REFORZAR EL ACOMPAÑAMIENTO DE UN ESTADO PRESENTE.
QUE LA PANDEMIA DEL COVID -19 VIENE A SUMARSE AL VACIAMIENTO QUE EL PROGRAMA HOGAR SUFRIÓ DURANTE LOS ÚLTIMOS 4 AÑOS DE GOBIERNO DE CAMBIEMOS, DONDE ADEMÁS AL MENCIONADO VACIAMIENTO SE SUMARON LOS TARIFAZOS EN LOS SERVICIOS, COMO ASÍ TAMBIÉN LOS AUMENTOS EXCESIVOS EN EL COSTO DE VIDA DE LAS FAMILIAS ARGENTINAS.
QUE FUE ESPÍRITU DEL PROGRAMA HOGAR, MEDIANTE EL PUNTO 112 DE LA RESOLUCIÓN 49 DEL 2015 DE LA EX SECRETARIA DE ENERGÍA, OTORGAR UN SUBSIDIO EQUIVALENTE AL 80% DEL PRECIO MÁXIMO DE REFERENCIA VIGENTE POR GARRAFA.
QUE POSTERIORMENTE, CON MEDIDAS ABSOLUTAMENTE EXCLUYENTE, SE MODIFICÓ DICHO PUNTO Y SE ESTABLECIÓ UN MONTO FIJO DE SUBSIDIO DE $ 183 POR GARRAFA, QUE REPRESENTA EL 50% DEL PRECIO MÁXIMO DE REFERENCIA POR GARRAFA DE 10 KG.
QUE RESULTA ABSOLUTAMENTE NECESARIO Y URGENTE LLEVAR ADELANTE LA VOLUNTAD POLÍTICA DE ELEVAR ESE MONTO.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUAREZ EN USO DE SUS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS:
RESUELVE
ARTICULO 1º. EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE BENITO JUÁREZ SOLICITA AL PODER EJECUTIVO NACIONAL, MEDIANTE EL ÁREA QUE CORRESPONDA, EVALÚE LA ACTUALIZACIÓN DEL MONTO SUBSIDIADO EN EL PROGRAMA HOGAR, YA QUE EL MISMO HA QUEDADO DESACTUALIZADO EN CUANTO A LOS VALORES ACTUALES.
ARTÍCULO 2º.- GÍRESE COPIA DEL PRESENTE PROYECTO A LOS HCD DE LA SEXTA SECCIÓN ELECTORAL, CÁMARAS LEGISLATIVAS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, CÁMARAS LEGISLATIVAS DE LA NACIÓN ARGENTINA Y SECRETARIA DE ENERGÍA DE LA NACIÓN, DEPENDIENTE DEL MINISTERIO DE ECONOMÍA.
ARTÍCULO 3º.- DE FORMA.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS OCHO DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTE.-
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