RESOLUCIÓN Nº884 /2020
VISTO EL PROYECTO DE LEY DE ASOCIACIONES CIVILES QUE CUENTA CON MEDIA SANCIÓN DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Y CONSIDERANDO
QUE EN LA SESIÓN DESARROLLADA EL JUEVES 2 DE JULIO DE 2020, LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES DIO MEDIA SANCIÓN AL PROYECTO DE LEY IMPULSADO POR EL PRESIDENTE POR EL BLOQUE DEL FRENTE DE TODOS.
QUE ESTE PROYECTO BUSCA LA PROTECCIÓN DE LAS ASOCIACIONES CIVILES BONAERENSES, DECLARÁNDOLAS DE INTERÉS PÚBLICO PROVINCIAL.
QUE MEDIANTE ESTA INICIATIVA SE BUSCA QUE CLUBES DE BARRIO, CENTROS DE JUBILADOS, JARDINES COMUNITARIOS, SOCIEDADES DE FOMENTO, CENTROS CULTURALES, ASOCIACIONES DE MIGRANTES Y ORGANIZACIONES COMUNITARIAS EN GENERAL PUEDAN ACCEDER A LA TARIFA CERO DE SERVICIOS PÚBLICOS, EXENCIONES IMPOSITIVAS, GRATUIDAD DE SERVICIOS BANCARIOS Y JURÍDICOS Y LA PROTECCIÓN DE SUS INMUEBLES, DETERMINANDO SU INEMBARGABILIDAD E INEJECUTABILIDAD; ENTRE OTROS BENEFICIOS.
QUE LA ACTUAL EMERGENCIA SANITARIA DEJÓ EN RELIEVE, UNA VEZ MÁS, LA IMPORTANCIA DE LAS ASOCIACIONES CIVILES EN EL ENTRAMADO SOCIAL DE NUESTRA CIUDAD Y EL DIFÍCIL MOMENTO QUE LES ESTÁ TOCANDO ATRAVESAR.
QUE EL ESTADO A SU VEZ, HA RESPONDIDO CON ALGUNOS BENEFICIOS CON LA INTENCIÓN DE SOSTENER MUCHAS INSTITUCIONES QUE ESTÁN SIENDO AMENAZADAS EN SU EXISTENCIA, PRINCIPALMENTE POR LA IMPOSIBILIDAD DE OBTENER RECURSOS ORDINARIOS Y TENER QUE AFRONTAR LOS GASTOS FIJOS MENSUALES, PRINCIPALMENTE SUELDOS Y TARIFAS DE SERVICIOS PÚBLICOS.
QUE SIN EMBARGO, EL ESTADO JURÍDICO Y CONTABLE DE MUCHAS ASOCIACIONES CIVILES HA IMPOSIBILITADO SU ADHESIÓN A ESTOS BENEFICIOS.
QUE MUCHAS ENTIDADES DE NUESTRO DISTRITO NO CUENTAN CON LA PERSONERÍA JURÍDICA ACTUALIZADA Y MUCHAS DE ELLAS TAMPOCO CUENTAN CON LOS RECURSOS ECONÓMICOS PARA PODER ACTUALIZARLAS.
QUE LA APROBACIÓN DE LA LEY DE LA MISMA BENEFICIARÁ DIRECTAMENTE A LA MAYORÍA DE LAS INSTITUCIONES DE NUESTRA CIUDAD QUE VERÁN MUCHO MÁS SIMPLIFICADA SU SITUACIÓN PARA REGULARIZAR SU SITUACIÓN JURÍDICA Y PODER APROVECHAR EL GRAN ABANICO DE POSIBILIDADES QUE EL ESTADO BRINDARÁ A TRAVÉS DE DIVERSOS PROGRAMAS QUE SE EMITIRÁN DESDE LAS CARTERAS CORRESPONDIENTES NACIONAL Y PROVINCIAL.
QUE LOS CLUBES DE BARRIO, CENTROS DE JUBILADOS, SOCIEDADES DE FOMENTO Y OTRAS TANTAS ENTIDADES CUMPLEN UN ROL SOCIAL FUNDAMENTAL EN NUESTRA COMUNIDAD.
QUE LA EMERGENCIA ECONÓMICA QUE ATRAVIESAN PRODUCTO DEL COVID-19 Y LA ACTUAL EMERGENCIA SANITARIA PONE EN VALOR LA IMPORTANCIA DE LAS ASOCIACIONES CIVILES Y SU ROL SOCIAL EN LA COMUNIDAD.
QUE POR LO TANTO LEGISLAR EN FAVOR DE ELLAS ES FUNDAMENTAL.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUAREZ EN USO DE SUS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS:
RESUELVE
ARTICULO 1º. EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BENITO JUÁREZ, EXPRESA SU ACOMPAÑAMIENTO E INSTA A LA HONORABLE CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES A APROBAR LA LEY DE ASOCIACIONES CIVILES BAJO EXPEDIENTE D-1100-20/21 LA CUAL CUENTA CON MEDIA SANCIÓN DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA.
ARTÍCULO 2º.- UNA VEZ APROBADA LA PRESENTE ENVÍESE COPIA DE LA MISMA A LA HONORABLE CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES PARA SU CONOCIMIENTO.
ARTÍCULO 3º.- DE FORMA.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS DIEZ DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTE.-
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