RESOLUCIÓN Nº 880/2020
VISTO QUE LA EMERGENCIA SANITARIA Y EL AISLAMIENTO SOCIAL DETERMINADO CON LA FINALIDAD DE ENFRENTAR LA PANDEMIA DE COVID-19, REPERCUTIÓ EN UNA PROFUNDA DIGITALIZACIÓN DE PROCESOS SOCIALES, EDUCATIVOS Y LABORALES; Y,
CONSIDERANDO QUE EL ACCESO A LA CONECTIVIDAD DIGITAL SE REVELÓ EN LOS ÚLTIMOS AÑOS COMO UNA HERRAMIENTA DE TRASCENDENTAL RELEVANCIA PARA FINES INFORMATIVOS, ECONÓMICOS Y FORMATIVOS.
QUE EL ÁMBITO QUE REFLEJÓ ESTE CAMBIO DE MANERA MÁS PRECIPITADA FUE LA EDUCACIÓN FORMAL.
QUE DESDE MEDIADOS DE MARZO, LOS ESTUDIANTES Y DOCENTES DE LA EDUCACIÓN DE GESTIÓN PÚBLICA Y PRIVADA DE TODO EL PAÍS HAN VISTO ALTERADOS LOS MÉTODOS DE ENSEÑANZA, ADECUANDO A ÉSTOS A LA SITUACIÓN DE EMERGENCIA Y ADOPTANDO LA EDUCACIÓN REMOTA CON EL CONDICIONAMIENTO QUE IMPLICA LA CONECTIVIDAD DIGITAL.
QUE LA SITUACIÓN DESCRIPTA HA REVELADO EN LOS ÚLTIMOS DOS MESES, UNA NUEVA INSTANCIA DE INEQUIDAD SOCIAL QUE SE REFLEJA DE MANERA ALARMANTE EN LOS PROCESOS EDUCATIVOS.
CONCRETAMENTE, LAS CONDICIONES IMPERANTES PARA ACCEDER A LA EDUCACIÓN FORMAL SE VEN ABSOLUTAMENTE CONDICIONADAS POR EL ACCESO DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES A UNA CONEXIÓN SEGURA, ESTABLE Y DE CALIDAD QUE LES PERMITA DESCARGAR CONTENIDOS, INTERACTUAR CON SUS DOCENTES Y REALIZAR LAS ACTIVIDADES PROPUESTAS POR LOS MISMOS.
QUE BENITO JUÁREZ CUENTA CON MUCHOS HOGARES CARENTES DE CONECTIVIDAD O QUE NO DISPONEN DEL ANCHO DE BANDA NECESARIO PARA DESARROLLAR LAS TAREAS EDUCATIVAS, INCLUYENDO LAS ZONAS RURALES QUE EN GENERAL TIENEN UN BAJO ACCESO A INTERNET.
QUE ESTA SITUACIÓN SE HA MANIFESTADO DE MANERA PREOCUPANTE EN UNA AMPLIA DISPARIDAD ENTRE AQUELLOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES CON CONDICIONES DE ACCESO A UNA CONEXIÓN DOMICILIARIA DE CALIDAD, Y AQUELLOS QUE NO CUENTAN CON ELLA NO SÓLO POR MOTIVOS SOCIO ECONÓMICOS, SINO TAMBIÉN POR CARENCIA DE INFRAESTRUCTURA COMUNITARIA.
QUE LA LEY N° 27078 EN SU ARTÍCULO 18° DISPONE QUE EL ESTADO NACIONAL GARANTIZA EL SERVICIO UNIVERSAL ENTENDIDO COMO EL CONJUNTO DE SERVICIOS DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES (TIC) QUE DEBE PRESTARSE A TODOS LOS HABITANTES DE LA NACIÓN, ASEGURANDO SU ACCESO EN CONDICIONES DE CALIDAD, ASEQUIBILIDAD Y A PRECIOS JUSTOS Y RAZONABLES, CON INDEPENDENCIA DE SU LOCALIZACIÓN GEOGRÁFICA, INGRESO O CAPACIDADES.
QUE NUESTRO DISTRITO CUENTE CON LA ADECUADA CONECTIVIDAD SE REVELABA NECESARIO Y ESTRATÉGICO AÚN ANTES DE LA ACTUAL EMERGENCIA; EL CONTEXTO SANITARIO Y EDUCATIVO ACTUAL ADICIONA URGENCIA Y CELERIDAD A UNA NECESIDAD ESTRATÉGICA PREEXISTENTE.
QUE TENIENDO EN CUENTA EL PROCESO DE FLEXIBILIZACIÓN DEL AISLAMIENTO SOCIAL QUE RIGE SOBRE NUESTRA COMUNIDAD Y EN OPINIÓN DE EPIDEMIÓLOGOS Y FUNCIONARIOS DEL ÁMBITO EDUCATIVO Y LA EXPERIENCIA DE PAÍSES QUE TRANSITARON EL AISLAMIENTO CON ANTERIORIDAD, INDICAN QUE LA EDUCACIÓN PRESENCIAL EN ESCUELAS Y COLEGIOS, SERÁ UNA DE LAS ÚLTIMAS ACTIVIDADES EN RESTABLECERSE. QUE POR ESTOS MOTIVOS PROPONEMOS QUE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUÁREZ DE INICIO A LA CONECTIVIDAD WI-FI, CON PUNTOS DE ACCESO EN PLAZAS DE BARRIOS Y S.U.M. (SALONES DE USOS MÚLTIPLES) DE TODO EL DISTRITO DE MODO DE GARANTIZAR EN EL CORTO PLAZO, A UN BAJO COSTO ECONÓMICO Y DE IMPACTO PRESUPUESTARIO REDUCIDO, FACILIDADES PARA ACOMPAÑAR LA TRAYECTORIA ESCOLAR DE LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES QUE VIVEN EN ZONAS DE MAYOR VULNERABILIDAD DE NUESTRO TERRITORIO.
QUE BENITO JUÁREZ NO ESTÁ AJENO A ESTE PROCESO DE UNA ADAPTACIÓN PRECISA Y EFICAZ A LOS MEDIOS DIGITALES SINO QUE ADEMÁS ES INTERPELADO POR EL MISMO; LA CONECTIVIDAD ES HOY UN INDICADOR DE CALIDAD DE VIDA Y ACCEDER A LA MISMA ES UNA HERRAMIENTA PARA FACILITAR EL DESARROLLO EDUCATIVO, LABORAL Y PERSONAL DE MILES DE VECINOS.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUAREZ EN USO DE SUS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS:
RESUELVE
ARTICULO 1º.-. SOLICITAR AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO LA ADHESIÓN A LA RESOL-2020-477-APN-ENACOM, QUE DISEÑA PROGRAMAS PARA EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES Y EL ACCESO A LOS DERECHOS PREVISTOS RESPECTO DEL SERVICIO UNIVERSAL.
ARTÍCULO 2º SOLICITAR AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO, A TRAVÉS DEL ÁREA QUE CORRESPONDA, ARBITRE LOS MEDIOS NECESARIOS PARA GARANTIZAR ZONAS DE ACCESIBILIDAD GRATUITA PARA DOCENTES Y ESTUDIANTES EN LAS DIFERENTES LOCALIDADES DE BENITO JUÁREZ MIENTRAS DURE EL AISLAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO Y OBLIGATORIO DECLARADO POR DECRETO Nº 297/2020.
ARTÍCULO 3º QUE LOS OBJETIVOS DE DICHA CONECTIVIDAD SON:
ESTABLECER MEDIOS DE CONECTIVIDAD EN ZONAS DONDE LAS CONDICIONES SOCIALES, GEOGRÁFICAS Y ECONÓMICAS, IMPIDAN O LIMITEN EL ACCESO A CONEXIONES DOMICILIARIAS A INTERNET.
DISPONER EN EL CORTO PLAZO, DE HERRAMIENTAS QUE PERMITAN A NIÑOS, NIÑAS, ADOLESCENTES Y JÓVENES QUE CURSAN SUS ESTUDIOS DE MANERA REMOTA EN VIRTUD DE LA EMERGENCIA SANITARIA VIGENTE, ACCEDER A CONDICIONES BÁSICAS DE CONECTIVIDAD QUE FACILITEN EL EJERCICIO DEL DERECHO A LA EDUCACIÓN.
MEJORAR LA CALIDAD DE VIDA DE LOS VECINOS DE BENITO JUÁREZ FACILITANDO LA EQUIDAD DIGITAL.
ARTÍCULO 4º ENVÍESE COPIA DE ESTE PROYECTO DE RESOLUCIÓN AL CONSEJO ESCOLAR DE BENITO JUÁREZ, A LA INSPECTORA JEFE DISTRITAL DE EDUCACIÓN DE B. JUÁREZ.
ARTÍCULO 5º DE FORMA.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTITRÉS DÍAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL VEINTE.-
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