RESOLUCIÓN Nº 829/2019
VISTO:
LA NECESIDAD DE GENERAR POLÍTICAS PÚBLICAS DE PREVENCIÓN Y ERRADICACIÓN DE LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES,
CONSIDERANDO:
QUE EN LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS SE ENCUENTRA PRESENTADO EL EXP 5208/18-19 DECLARANDO EMERGENCIA EN VIOLENCIA GÉNERO POR EL TÉRMINO DE DOS AÑOS Y CREACIÓN CONSEJO CONSULTIVO;
QUE DICHO PROYECTO DE LEY DECLARA LA EMERGENCIA PÚBLICA EN MATERIA SOCIAL POR VIOLENCIA DE GÉNERO, POR EL TÉRMINO DE DOS AÑOS CON EL OBJETIVO PRIMORDIAL DE REFORZAR E IMPLEMENTAR LAS POLÍTICAS PÚBLICAS EN MATERIA DE PREVENCIÓN Y ERRADICACIÓN DE LA VIOLENCIA DE GÉNERO EN EL TERRITORIO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES;
QUE UNA VEZ CUMPLIDO EL PLAZO, Y PREVIO DICTAMEN DEL CONSEJO CONSULTIVO EN VIOLENCIA DE GÉNERO, EL PODER EJECUTIVO PODRÁ PRORROGAR LA PRESENTE EMERGENCIA POR EL PLAZO DE DOS AÑOS;
QUE EL PROYECTO SE FUNDAMENTA EN LA TERRIBLE SITUACIÓN QUE ESTAMOS VIVIENDO COMO SOCIEDAD, DONDE LAS MUJERES SON PERMANENTEMENTE VÍCTIMAS DE DIVERSAS FORMAS DE VIOLENCIA, QUE EN MUCHÍSIMOS CASOS, LAMENTABLEMENTE, DERIVA EN SU ASESINATO, ES DECIR, EN UN FEMICIDIO;
QUE EN EL ARTÍCULO 2 SE ESTABLECE QUE EL PODER EJECUTIVO, A TRAVÉS DE LAS ÁREAS QUE ESTIME CONVENIENTES, DESARROLLARÁ CON CARÁCTER URGENTE TODAS LAS MEDIDAS CONDUCENTES PARA PREVENIR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA DE GÉNERO, ASÍ COMO LA ASISTENCIA A LAS VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DE GÉNERO;
QUE SERÁN DE PRIORITARIO INTERÉS PARA EL CUMPLIMIENTO DE LOS OBJETIVOS DE LA PRESENTE LEY, LA ADOPCIÓN DE LAS SIGUIENTES MEDIDAS: IMPLEMENTAR EFECTIVAMENTE LA LEY NACIONAL N° 26485 DE PROTECCIÓN INTEGRAL PARA PREVENIR, SANCIONAR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES EN LOS ÁMBITOS EN QUE DESARROLLEN SUS RELACIONES INTERPERSONALES; DESARROLLAR CAMPAÑAS MASIVAS DE COMUNICACIÓN, PREVENCIÓN Y CONCIENTIZACIÓN SOBRE LOS CONTENIDOS DE LA LEY NACIONAL N° 26485, ASÍ COMO DE LOS CONTENIDOS DE LA LEY PROVINCIAL N° 12569 DE VIOLENCIA FAMILIAR; AUMENTAR Y PROFUNDIZAR LA FORMACIÓN EN MATERIA DE VIOLENCIA DE GÉNERO PARA TODOS LOS FUNCIONARIOS Y AGENTES PÚBLICOS, AGENTES DE LAS FUERZAS POLICIALES Y DE SEGURIDAD, ASÍ COMO COORDINAR CON LOS PODERES LEGISLATIVO Y JUDICIAL EL DESARROLLO DE PROGRAMAS DE FORMACIÓN PARA FUNCIONARIOS Y AGENTES PÚBLICOS QUE INTEGREN CADA UNO DE ESTOS PODERES, CONFORME LOS PARÁMETROS DE LA LEY NACIONAL N° 27499; AUMENTAR Y PROFUNDIZAR LAS ACCIONES DESARROLLADAS EN EL MARCO DEL PROGRAMA AVM DE ATENCIÓN A MUJERES VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DE GÉNERO Y HACER PÚBLICO, AL MENOS TRIMESTRALMENTE, UN INFORME CON DATOS ESTADÍSTICOS CONTENIDOS EN EL REGISTRO ÚNICO DE CASOS DE VIOLENCIA DE GÉNERO CREADO POR LA LEY N° 14603;
QUE EL PROYECTO DE LEY EN CUESTIÓN DISPONE EN SU ARTÍCULO 4 LA CREACIÓN DEL CONSEJO CONSULTIVO EN VIOLENCIA DE GÉNERO, QUE TENDRÁ POR FINALIDAD EVALUAR Y PROPONER POLÍTICAS PÚBLICAS EN MATERIA DE PREVENCIÓN Y ERRADICACIÓN DE LA VIOLENCIA DE GÉNERO, ANALIZAR LA IMPLEMENTACIÓN PRÁCTICA DE LA PRESENTE LEY, ASÍ COMO PROPICIAR REFORMAS Y TODA ACCIÓN QUE ENTIENDA OPORTUNA Y PERTINENTE EN RELACIÓN A TODO LO VINCULADO CON LA VIOLENCIA DE GÉNERO EN LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES;
QUE DICHO CONSEJO CONSULTIVO EN VIOLENCIA DE GÉNERO ESTARÁ INTEGRADO POR UN REPRESENTANTES DEL PODER EJECUTIVO, PODER LEGISLATIVO Y PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, MINISTERIO PÚBLICO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, UNIVERSIDADES PÚBLICAS Y PRIVADAS CON ÁMBITO DE ACTUACIÓN EN LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES CON RECONOCIDA ACTUACIÓN EN CUESTIONES VINCULADAS A VIOLENCIA DE GÉNERO Y QUE SOLICITEN EXPRESAMENTE SU INCLUSIÓN, COLEGIOS O CONSEJOS PROFESIONALES Y TODA OTRA INSTITUCIÓN CON ACREDITADA ACTUACIÓN EN CUESTIONES VINCULADAS A VIOLENCIA DE GÉNERO Y QUE SOLICITE SU INCLUSIÓN;
QUE COMPARTIMOS LA NECESIDAD QUE DESDE TODOS LOS PODERES Y ESTAMENTOS DEL ESTADO ASUMAMOS EL COMPROMISO DE LUCHAR CONTRA LA VIOLENCIA DE GÉNERO. NO HAY RECETAS MÁGICAS, NI LA SOLUCIÓN PARECE ESTAR A LA VUELTA DE LA ESQUINA. SIN EMBARGO, ES FUNDAMENTAL QUE EMPRENDAMOS UN CAMINO CONSTANTE DE ERRADICACIÓN DE LA VIOLENCIA DE GÉNERO. Y PARA ELLO, EL COMPROMISO DE LOS PODERES PÚBLICOS, Y DE TODOS LOS FUNCIONARIOS, DE ACABAR CON LAS VIOLENCIAS HACIA LA MUJER, DEBE SER UN FARO DESDE EL CUAL PROYECTAR UNA NUEVA SOCIEDAD;
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUAREZ EN USO DE SUS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS:
RESUELVE
ARTÍCULO 1º: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BENITO JUÁREZ SOLICITA A LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS Y A LA HONORABLE CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES EVALÚE EL TRATAMIENTO Y DEBATE DEL PROYECTO DE LEY, EXP 5208/18-19, DECLARANDO LA EMERGENCIA PÚBLICA EN MATERIA SOCIAL POR VIOLENCIA DE GÉNERO EN LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.
ARTÍCULO 2º: ENVÍESE EL PRESENTE PROYECTO A LAS CÁMARAS LEGISLATIVAS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, CÁMARAS LEGISLATIVAS DE LA NACIÓN ARGENTINA Y HCD DE LA SEXTA SECCIÓN ELECTORAL.
ARTÍCULO 3º: COMUNIQUESE AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS ONCE DÍAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE.-
Recibí en tu correo nuestras Notificaciones