Resolución Nro: 199259

BENITO JUÁREZ, 13 DE NOVIEMBRE DE 1992.-
RESOLUCIÓN DEL H.C.D. Nº 59/92.-
VISTO LO ACTUADO EN LA SESIÓN ORDINARIA QUE ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE CELEBRARA EL DÍA 12 DE NOVIEMBRE DE 1992, EN LA CUAL SE PUSO A CONSIDERACIÓN EL PROYECTO DE RESOLUCIÓN, QUE REFERIDO A CONTINUAR CON EL SERVICIO DEL TELÉFONO EN TEDIN URIBURU, FUERA PRESENTADO POR EL BLOQUE DEL PARTIDO JUSTICIALISTA.
CONSIDERANDO QUE EL MENCIONADO PROYECTO FUE APROBADO POR UNANIMIDAD.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BENITO JUÁREZ, EN USO DE SUS FACULTADES:
RESUELVE
ARTÍCULO 1º: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SE DIRIGE AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO A EFECTOS QUE TOME INTERVENCIÓN Y DÉ SOLUCIÓN A LA SITUACIÓN CREADA EN LA LOCALIDAD DE TEDIN URIBURU, DONDE NO HAY QUIEN SE HAGA CARGO DEL SERVICIO DEL TELÉFONO ALLÍ INSTALADO, A LA BREVEDAD, DADO LA IMPORTANCIA QUE EL CASO REVISTE.-
ARTÍCULO 2º: SE RECOMIENDA AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO QUE INTERCEDA ANTE LA COOPERATIVA DE CONSUMO DE ELECTRICIDAD DE JUÁREZ PARA QUE MANTENGA A SU CARGO EL SERVICIO DE TELÉFONO EN TEDIN URIBURU, COMO LO VENÍA HACIENDO HASTA HACE POCO TIEMPO, HECHO ESTE QUE DEBE SER DE INMEDIATO.
ARTÍCULO 3º: SE SUGIERE AL D. E. INCORPORE ESTE SERVICIO A CARGO DE LA COOPERATIVA DE CONSUMO DE ELECTRICIDAD DE JUÁREZ EN EL PRÓXIMO CONVENIO DE CONCESIÓN DE ALUMBRADO QUE PODRÍA REALIZARSE ENTRE AMBAS PARTES EN JUNIO DEL AÑO PRÓXIMO, BAJO LAS CONDICIONES QUE EN ESE MOMENTO SE ACUERDEN.-
ARTÍCULO 4º: DE FORMA.

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