BENITO JUÁREZ, 29 DE JUNIO DE 1990.-
RESOLUCIÓN DEL H.C.D. Nº 19/90.-
VISTO LO ACTUADO EN LA SESIÓN ORDINARIA QUE ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE CELEBRARÁ EL DÍA 28 DE JUNIO DE 1990, DONDE SE PUSO A CONSIDERACIÓN DEL CUERPO EL PROYECTO DE RESOLUCIÓN QUE, REFERIDO A LA CONSTRUCCION DE UN REFUGIO PEATONAL SOBRE RUTA N° 3 EN TEDIN URIBURU, Y:
CONSIDERANDO QUE EL CITADO PROYECTO MERECIÓ LA APROBACION UNÁNIME DE LOS CUATRO BLOQUES POLITICOS QUE CONFORMAN ESTE HONORABLE CUERPO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BENITO JUAREZ, EN USO DE SUS FACULTADES:
RESUELVE
ARTÍCULO 1º: SOLICITASE AL D.E. DETERMINE EL COMPUTO DE MATERIALES Y PLANOS Y/O SUPERVISION TECNICA NECESARIA PARA ENCARAR EL PROYECTO DE CONSTRUCCION DE UN REFUGIO PEATONAL SOBRE RUTA N° 3 A LA ALTURA DE LA BAJADA A TEDIN URIBURU (CAMINO ENTOSCADO PRINCIPAL) DEL LADO IZQUIERDO (YENDO HACIA CHILLAR) CON ESPALDA AL SUR.
ARTÍCULO 2º: INTERESESE A LOS VECINOS PRODUCTORES A FIN DE INTERESARLOS EN LA DONACION DE MATERIAL DE LIGAMENTO (ARENA, CEMENTO, CAL); VECIMOS DE TEDIN URIBURU PARA COLABORAR CON MANO DE OBRA; ESTUDIESE LA POSIBILIDAD DE QUE EL MUNICIPIO CONCURRE CON LADRILLOS, VIGUETAS, SUPERVISION, TRANSPORTE Y MAQUINARIA-HERRAMIENTA.
ARTÍCULO 3º: UNA VEZ DETERMINADA LA POSIBILIDAD Y CONCURRENCIA DE FACTORES; EJECUTESE.
ARTÍCULO 4º: DE FORMA
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