Resolucion Nro.º 2021916

VISTO

EL PROYECTO DE LEY PARA LA CREACIÓN DE UN RÉGIMEN DE TARIFA INCLUSIVA PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD PARA GARANTIZAR EL ACCESO A LOS SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS DE ENERGÍA ELÉCTRICA Y GAS NATURAL EN RED PRESENTADO POR EL FRENTE DE TODOS.

Y CONSIDERANDO

QUE DÍAS PASADOS, LOS ABAJO FIRMANTES, CONCEJALA DANIELA CORRO, CONCEJAL EDUARDO DOUCEDE, CONCEJAL GUSTAVO LORENZO, EN REPRESENTACIÓN DEL BLOQUE FRENTE DE TODOS-PJ, PARTICIPAMOS DE DISTINTAS REUNIONES QUE SE LLEVARON A CABO DESDE LA COMISIÓN DE USUARIOS DE LA RED NACIONAL DEL ENARGAS.

QUE EN LA MISMAS SE DEBATIÓ ACERCA DEL PROYECTO DE LEY REALIZADO POR LES DIPUTADES NACIONALES JIMENA LÓPEZ Y  JOSÉ LUIS RAMÓN.

QUE ADEMÁS EL MENCIONADO PROYECTO FUE TRABAJADO Y DEFENDIDO POR MAURO ESTEFANIZZI DESDE LA COMISIÓN DE DISCAPACIDAD DE ENARGAS, Y PRESIDENTE DE LA ASOCIACIÓN ARGENTINA DE ELECTRODEPENDIENTES DE SALUD.

QUE EN LAS DIVERSAS REUNIONES CONFLUYERON CONCEJALAS Y CONCEJALES DE DISTINTOS DISTRITOS COMO ASÍ TAMBIÉN LA ANDIS ( AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD); INSTITUCIONES  VINCULADAS A LA DISCAPACIDAD, REFERENTES PROVINCIALES Y NACIONAL DE APDH ( ASAMBLEA PERMANENTE DE DERECHOS HUMANOS); FUNCIONARIOS DE ENARGAS Y REPRESENTANTES DE MULTISECTORIALES EN RED NACIONAL.

QUE ESTAMOS CONVENCIDOS EN LA CERTEZA QUE LOS SERVICIOS PÚBLICOS SON DERECHOS HUMANOS Y NO MERCANCÍA, POR LO TANTO TIENEN QUE SER ACCESIBLES A TODOS Y TODAS.

QUE NOS ENCONTRAMOS ATRAVESANDO UNA PANDEMIA A NIVEL MUNDIAL, QUE AFECTA A TODA LA HUMANIDAD, PERO EL PROBLEMA SE AGUDIZA EN LAS PERSONA MÁS VULNERABLES.

QUE EN EL CASO PARTICULAR A LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD, A QUIENES LA FALTA DE POSIBILIDAD DE ENTRAR EN EL MERCADO LABORAL, HACE QUE SEA DIFÍCIL AFRONTAR CON INGRESOS DE TERCEROS LAS DEMANDAS DE CONSUMO.

QUE EL PROYECTO DE LEY SE PROPONE SUBSANAR LAS DIFICULTADES CON LAS QUE SE ENFRENTA EL COLECTIVO DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD, IMPLEMENTANDO UN RÉGIMEN TARIFARIO DIFERENCIAL EN LOS SERVICIOS PÚBLICOS DE ENERGÍA ELÉCTRICA Y GAS NATURAL POR REDES PARA EL COLECTIVO DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD, GARANTIZANDO UN DERECHO CON FUERZA DE LEY, QUE ES UNA POLÍTICA PÚBLICA DEL ESTADO.-

QUE ACTUALMENTE EL BENEFICIO DE LA TARIFA SOCIAL DE GAS POR RED ALCANZA A 100.000 USUARIOS/AS POR “CONTAR CON CERTIFICADO DE DISCAPACIDAD”, CRITERIO DE INCLUSIÓN ESTABLECIDO EN LA RESOLUCIÓN N° 28/16 DEL MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA (MINEM).

QUE EL SUBSIDIO MENCIONADO ALCANZA A UN MILLÓN DE HOGARES Y EL COLECTIVO DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD REPRESENTA SOLAMENTE EL 10% DEL REGISTRO DE BENEFICIARIOS

QUE ENTRE LOS MOTIVOS DE TAN BAJO ALCANCE, NOS ENCONTRAMOS CON QUE SOLO ALCANZA AL TITULAR DEL SUMINISTRO, ES DECIR QUE, SI UN FAMILIAR DIRECTO CUENTA CON CERTIFICADO DE DISCAPACIDAD, PERO NO ES EL TITULAR DEL SUMINISTRO, NO LO RECIBE.

QUE EL RÉGIMEN DE TARIFA INCLUSIVA PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD (TIPCD) TIENE POR OBJETIVO MEJORAR LOS DERECHOS ACTUALES DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD, DOTÁNDOLOS DE PREVISIBILIDAD EN LA FACTURACIÓN HOGAREÑA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS SUPRA MENCIONADOS, A LOS CUALES ACCEDERÁN A UN CARGO FIJO Y VARIABLE QUE SON LOS MÁS ECONÓMICOS DE LOS USUARIOS RESIDENCIALES.

QUE EN LA REDACCIÓN DEL PRESENTE PROYECTO DE LEY SE HACE LA EXPRESA ACLARACIÓN DE QUE EL BENEFICIO DE ACCEDER AL RÉGIMEN DE TARIFA INCLUSIVA PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD (TIPCD), DEBERÁ SER CONCEDIDO INDEPENDIENTEMENTE DE QUE LA PERSONA/S QUE INTEGREN EL DOMICILIO SEA/N O NO TITULARES DE LOS SERVICIOS. ES DECIR, EN CASO DE INTEGRAR UN HOGAR Y QUE LA FACTURACIÓN ESTE A NOMBRE DE OTRA PERSONA, EL RÉGIMEN TARIFARIO SE APLICARÁ UNA VEZ DEMOSTRADO EL VÍNCULO O QUE INTEGRAN A LA MISMA VIVIENDA, SIN NECESIDAD DE TRÁMITE ALGUNO RESPECTO DE LA FACTURACIÓN ANTE LAS EMPRESAS DISTRIBUIDORAS DE LOS SERVICIOS.

QUE EL PRONTO TRATAMIENTO DE ESTE PROYECTO DE LEY SERÁ UN PASO MÁS PARA AVANZAR HACIA UNA MEJORA CONCRETA EN LA CALIDAD DE VIDA DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDADES.

QUE TAMBIÉN SE ADJUNTA AL PRESENTE, EL MENCIONADO PROYECTO DE LEY 5870-D-2020 PARA SU MAYOR CONOCIMIENTO Y DIFUSIÓN.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUAREZ EN USO DE SUS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS:

RESUELVE 

 

ARTÍCULO 1º: SOLICITASE A LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA NACIÓN Y A LA HONORABLE CÁMARA DE SENADORES DE LA NACIÓN EVALÚE EL PRONTO TRATAMIENTO  Y APROBACIÓN DEL PROYECTO DE LEY  5870-D-2020 PARA LA CREACIÓN DE UN RÉGIMEN DE TARIFA INCLUSIVA PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD PARA GARANTIZAR EL ACCESO A LOS SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS DE ENERGÍA ELÉCTRICA Y GAS NATURAL EN RED.

ARTÍCULO 2º: GÍRESE COPIA DEL PRESENTE PROYECTO A LOS HCD DE LA SEXTA SECCIÓN ELECTORAL, INVITANDO PARA SU PRESENTACIÓN Y ACOMPAÑAMIENTO EN CADA DISTRITO.

ARTÍCULO 3º:  GÍRESE COPIA DEL PRESENTE PROYECTO A LAS CÁMARAS E DIPUTADOS Y SENADORES DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES COMO DE LA NACIÓN ARGENTINA..

ARTÍCULO 4º: DE FORMA.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTICUATRO  DÍAS  DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO.-

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