VISTO LO ACTUADO EN EL EXPEDIENTE LETRA S N° 352/79, Y
CONSIDERANDO LA NECESIDAD DE TRANSMITIR A TÍTULO GRATUITO AL INSTITUTO DE LA VIVIENDA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES INMUEBLES, A LOS EFECTOS DE QUE ESE ORGANISMO PROYECTE Y REALICE LA CONSTRUCCIÓN DE UN BARRIO DE VIVIENDAS EN ELLOS, CON RECURSOS PROVENIENTES DEL FONAVI,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE BENITO JUÁREZ, EN EJERCICIO DE LAS ATRIBUCIONES REGLAMENTARIAS DEL DEPARTAMENTO DELIBERATIVO, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA MUNICIPAL N° 989
ARTÍCULO 1°.- TRANSFIÉRASE A TÍTULO GRATUITO A LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES (INSTITUTO DE LA VIVIENDA) LOS TERRENOS QUE SE DETALLAN EN EL ARTÍCULO 2°, DE PROPIEDAD MUNICIPAL, CON DESTINO A LA CONSTRUCCIÓN DE UN CONJUNTO HABITACIONAL A EDIFICARSE EN LA CIUDAD DE BENITO JUÁREZ POR EL ALUDIDO INSTITUTO.
ARTÍCULO 2°.- LOS TERRENOS CUYA TRANSFERENCIA SE AUTORIZA, CON UNA SUPERFICIE TOTAL DE 46622 MTS. 16 DM2. SE IDENTIFICAN CATASTRALMENTE COMO: CIRCUNSCRIPCIÓN I- SECCIÓN B- QUINTA 69- PARCELA 2- PARTIDA RENTAS 12385 (SUPERFICIE 24914,96 MTS2), DE ACUERDO A PLANO DE SUBDIVISIÓN APROBADO CON LA CARACTERÍSTICA 53-10-69, Y CIRCUNSCRIPCIÓN I- SECCIÓN B- QUINTA 69- PARCELA 1 A- PARTIDA RENTAS- 1402 (SUPERFICIE 21707,20 MTS2.), DE ACUERDO A PLANO DE SUBDIVISIÓN APROBADO CON LA CARACTERÍSTICA 53-19-70.
ARTÍCULO 3°.- FACULTASE A LA ESCRIBANÍA GENERAL DE GOBIERNO PARA OTORGAR LA ESCRITURA TRASLATIVA DE DOMINIO.
ARTÍCULO 4°.- COMUNÍQUESE Y ARCHÍVESE.
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