VISTO QUE POR ORDENANZA MUNICIPAL N° 945 FUE DONADO AL BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES UN INMUEBLE, EN EL QUE LA CITADA ENTIDAD BANCARIA ESTABLECERÁ UNA FILIAL;
QUE LA ESCRIBANÍA GENERAL DE GOBIERNO HA SOLICITADO SE COMPLETE LA CARACTERÍSTICA DEL PLANO Y SE REQUIERA POR ACTO ADMINISTRATIVO LA INTERVENCIÓN DE LA MENCIONADA INSTITUCIÓN,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE BENITO JUÁREZ, EN EJERCICIO DE LAS ATRIBUCIONES REGLAMENTARIAS DEL DEPARTAMENTO DELIBERATIVO, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA MUNICIPAL N° 980
MODIFICADA POR ORDENANZA MUNICIPAL N° 998/1980 (ARTÍCULO 1°)
ARTÍCULO 1°.- MODIFICASE EL ARTÍCULO 1° DE LA ORDENANZA MUNICIPAL N° 945, EL QUE DIRÁ:
ARTÍCULO 1°.- DONASE AL BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, A LOS EFECTOS DE ESTABLECER UNA FILIAL DE DICHO BANCO EN ESTACIÓN BARKER, PARTIDO DE BENITO JUÁREZ, UNA FRACCIÓN DE TERRENO DE PROPIEDAD DE LA COMUNA DE BENITO JUÁREZ, Y QUE SE DENOMINA SEGÚN PLANO 53-37-79 COMO PARTE DEL LOTE ESPECIAL 1, DE LA MANZANA 30, CON UNA SUPERFICIE DE: 600 METROS CUADRADOS Y CON FRENTE A LA CALLE RICHIERI, ENTRE LAS DE ALFREDO FORTABAT Y PEDRO EXPETXE, QUE MIDE 20 M. DE FRENTE POR 30 M. DE FONDO.
ARTÍCULO 2°.- INCORPORASE COMO ARTÍCULO 2° BIS DE LA ORDENANZA MUNICIPAL N °945 EL SIGUIENTE:
ARTÍCULO 2° BIS.- REQUIÉRASE LA INTERVENCIÓN DE LA ESCRIBANÍA GENERAL DE GOBIERNO A LOS EFECTOS DE EFECTIVIZAR LA DONACIÓN DISPUESTA POR EL ARTÍCULO 1° DE LA PRESENTE.
ARTÍCULO 3°.- CÚMPLASE, REGÍSTRESE Y PUBLÍQUESE.
Recibí en tu correo nuestras Notificaciones