VISTO LA SOLICITUD DE INCREMENTO DEL CUADRO TARIFARIO, ELEVADA PRO LA COOPERATIVA DE ELECTRICIDAD DE TEDIN URIBURU LIMITADA, PRESENTADA EN EL EXPEDIENTE 4058-247/78;
LO INFORMADO POR LA DIRECCIÓN DE LA ENERGÍA ANTE EL REQUERIMIENTO DE COLABORACIÓN FORMULADO POR ESTA COMUNA,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE BENITO JUÁREZ, EN EJERCICIO DE LAS ATRIBUCIONES REGLAMENTARIAS DEL DEPARTAMENTO DELIBERATIVO, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA N° 927
ARTÍCULO 1°.- AUTORIZASE A LA COOPERATIVA DE ELECTRICIDAD DE TEDIN URIBURU LIMITADA A APLICAR LAS SIGUIENTES TARIFAS PARA EL SUMINISTRO DE ENERGÍA ELÉCTRICA A SUS USUARIOS, DE ACUERDO AL SIGUIENTE DETALLE Y FECHA DE APLICACIÓN:
A PARTIR DEL 1° DE JULIO DE 1978 (CONSUMOS DE JUNIO /1978)
PARA TODO SERVICIO: A RAZÓN DE
.. $ 2006 KWH FACTURADO.
ARTÍCULO 2°.- A LOS IMPORTES ESTABLECIDOS EN EL ARTÍCULO 1° SE ADICIONARÁN LOS QUE CORRESPONDAN EN CADA CASO POR APLICACIÓN DE LAS ACTUALES LEYES IMPOSITIVAS NACIONALES, PROVINCIALES, MUNICIPALES Y/O LAS QUE EN EL FUTURO GRAVEN LA COMERCIALIZACIÓN DE LA ENERGÍA ELÉCTRICA.
ARTÍCULO 3°.- CÚMPLASE, REGÍSTRESE Y PUBLÍQUESE.
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