Ordenanza Nro: 921

VISTO EL EXPEDIENTE 4058-222/78, POR EL QUE SE SOLICITÓ AL SEÑOR SECRETARIO DE ASUNTOS MUNICIPALES LA AUTORIZACIÓN DEL ARTÍCULO 152° DEL DECRETO-LEY 6769/58, YA QUE POR DECRETO N° 234/78, EMANADO DE ESTE DEPARTAMENTO EJECUTIVO SE PROCEDIÓ AL LLAMADO A LICITACIÓN PUBLICA PARA LA ADQUISICIÓN DE UN INMUEBLE EN LA LOCALIDAD DE BARKER, DE UNA DIMENSIÓN MÍNIMA DE UNA HECTÁREA.
QUE REALIZADA LA LICITACIÓN NO HUBO PROPONENTES, POR LO QUE POR DECRETO N° 294/78 LA MISMA SE DECLARÓ DESIERTA;
QUE DE ACUERDO A LA REFORMA DE LA LEY 8852, LA AUTORIZACIÓN DEL ARTÍCULO 152° DEBE SER PRESTADA POR EL DEPARTAMENTO DELIBERATIVO, Y
CONSIDERANDO LAS ATRIBUCIONES CONFERIDAS AL SR. INTENDENTE MUNICIPAL POR LA LEY 8613, MODIFICADA POR LAS LEYES 8851 Y 9117,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE BENITO JUÁREZ, EN EJERCICIO DE LAS ATRIBUCIONES REGLAMENTARIAS DE DEPARTAMENTO DELIBERATIVO, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA N° 921
ARTÍCULO 1°.- AUTORIZASE AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO A ADQUIRIR POR LICITACIÓN PRIVADA UN PREDIO EN LA LOCALIDAD DE BARKER.
ARTÍCULO 2°.- CÚMPLASE, REGÍSTRESE Y PUBLÍQUESE.

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