VISTO EL EXPEDIENTE 4058-193/78, POR EL QUE SE PROYECTA EL DICTADO DE UNA ORDENANZA QUE AUTORICE AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO A CONTRATAR CON EL BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, UN EMPRÉSTITO QUE SERÁ DESTINADO A LA OBRA PÚBLICA REPAVIMENTACIÓN DE AVENIDAS, INTEGRANTES DEL PLAN GENERAL DE PAVIMENTACIÓN;
LOS TÉRMINOS DE LA RESOLUCIÓN N° 363/77 DE LA SECRETARIA DE ASUNTOS MUNICIPALES;
Y LO DISPUESTO POR LA ORDENANZA GENERAL N °40,
EL INTENDENTE MUNICIPAL, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES REGLAMENTARIAS DEL DEPARTAMENTO DELIBERATIVO SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA N° 906
ARTÍCULO 1°.- GESTIÓNESE UN EMPRÉSTITO CON BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, BAJO EL RÉGIMEN DE LA ORDENANZA GENERAL N° 40, POR LA SUMA DE PESOS MIL MILLONES ( $ 1000000000), CANCELABLE EN EL PLAZO DE CINCO (5) AÑOS, MEDIANTE AMORTIZACIONES SEMESTRALES IGUALES, CON UN INTERÉS DEL DIECIOCHO POR CIENTO (18%) ANUAL SOBRE SALDOS.
ARTÍCULO 2°.- EL MONTO DEL CITADO EMPRÉSTITO SERÁ DESTINADO A LA FINANCIACIÓN DE OBRAS DE PAVIMENTACIÓN.
ARTÍCULO 3°.- EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO DEBERÁ PREVER EN LOS PRESUPUESTOS FUTUROS LAS PARTIDAS NECESARIAS PARA ATENDER LOS SERVICIOS DEL PRÉSTAMO HASTA SU TOTAL CANCELACIÓN.
ARTÍCULO 4°.- EN GARANTÍA DEL FIEL CUMPLIMIENTO DEL COMPROMISO QUE CONTRAE LA MUNICIPALIDAD, DECLARA AFECTADOS LOS INGRESOS TRIBUTARIOS PROVENIENTES DEL RÉGIMEN DE COPARTICIPACIÓN LEY 8631.
ARTÍCULO 5°.- COMUNÍQUESE, DESE AL REGISTRO ÚNICO DE ORDENANZAS Y TOMEN CONOCIMIENTO CONTADURÍA, FINANZAS Y LA COMISIÓN ASESORA MUNICIPAL, A LOS EFECTOS CORRESPONDIENTES, CUMPLIDO, ARCHÍVESE.
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