EL INTENDENTE MUNICIPAL DE BENITO JUÁREZ EN EJERCICIO DE LAS ATRIBUCIONES REGLAMENTARIAS DEL DEPARTAMENTO DELIBERATIVO, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA MUNICIPAL N° 878
DEROGADA POR ORDENANZA MUNICIPAN N° 2619/1996
ARTÍCULO 1°.- LOS VEHÍCULOS DE TRANSPORTE DE PASAJEROS DE MEDIA Y LARGA DISTANCIA, DEBERÁN INGRESAR A LA CIUDAD POR LA AVENIDA SAN MARTIN Y LUEGO CONTINUAR POR AVENIDA LOS ANDES Y AVENIDA MITRE, PARA FINALMENTE ARRIBAR A LA PLAYA DE ESTACIONAMIENTO DE LA ESTACIÓN TERMINAL DE ÓMNIBUS.
ARTÍCULO 2°.- LA SALIDA DE LA CIUDAD DE LOS VEHÍCULOS DE TRANSPORTE, CUALQUIERA SEA SU RUMBO, SE EFECTUARA POR LA AVENIDA SAN MARTÍN.
ARTÍCULO 3°.- COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y TOMEN CONOCIMIENTO LAS OFICINAS DE OBRAS PÚBLICAS, PLANEAMIENTO, INSPECCIÓN GENERAL, ASESORÍA LEGAL Y LA COMISIÓN ASESORA MUNICIPAL, A LOS EFECTOS CORRESPONDIENTES, CUMPLIDO, ARCHÍVESE.
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