EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES DEL DEPARTAMENTO DELIBERATIVO MUNICIPAL, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA MUNICIPAL N° 842
PARA EL PARTIDO DE BENITO JUÁREZ
ARTÍCULO 1°.- A PARTIR DEL 1° DE JUNIO DE 1976, INCREMÉNTENSE LOS SUELDOS BÁSICOS Y BONIFICACIÓN POR ANTIGÜEDAD EN UN (15%) QUINCE POR CIENTO.
ARTÍCULO 2°.- ESTABLECENSE LAS SIGUIENTES ASIGNACIONES FAMILIARES EN LOS MONTOS QUE SE INDICAN EN CADA CASO:
A PARTIR DEL 7 DE MAYO DE 1976:
-NACIMIENTO
. $ 50000.-
-ADOPCION
.. $ 50000.-
-MATRIMONIO
.. $ 10000.-
A PARTIR DEL 1° DE JUNIO DE 1976:
– CONYUGE
..
. $ 765.-
– POR HIJO .
..
. $ 765.-
– POR FAMILIA NUMEROSA .
. $ 765.-
– POR ESCOLARIDAD PRIMARIA
. $ 445.-
– POR ESCOLARIDAD MEDIA Y SUPERIOR
. $ 730.-
– POR AYUDA ESCOLAR PRIMARIA
.. $ 765.-
– PRENATAL
..
.
. $ 765.-
– POR ESCOLARIDAD PRIMARIA DE FAMILIA NUMEROSA
.
. $ 230.-
– POR ESCOLARIDAD MEDIA Y SUPERIOR DE FAMILIA NUMEROSA
. $ 390.-
ARTÍCULO 3°.- CÚMPLASE, REGÍSTRESE Y PUBLÍQUESE.
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