ORDENANZA MUNICIPAL N° 74
ARTÍCULO 1°.- ACUÉRDESE POR UNA VEZ A LA “ASOCIACIÓN POPULAR DE CULTURA” DE LA CIUDAD DE JUÁREZ UN SUBSIDIO DE UN MIL PESOS M/N ($ 1.000.00), CUYO PAGO SE EFECTUARA EN CUOTAS MENSUALES DE CIEN PESOS M/N ($ 100.00) CON ALCANCE AL DÍA 1° DE MARZO DEL AÑO CORRIENTE Y DESTINADO A LOS FINES DEL INSTITUTO POPULAR DE SEGUNDA ENSEÑANZA Y AYUDA A ALUMNOS FALTOS DE RECURSOS.
ARTÍCULO 2°.- EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO, DE ACUERDO CON LA COMISIÓN DIRECTIVA DE LA ASOCIACIÓN REGLAMENTARA EL DESTINO Y DISTRIBUCIÓN DE ESTOS FONDOS PARA LA MEJOR OBTENCIÓN DE LA FINALIDAD PERSEGUIDA.
ARTÍCULO 3°.- EL IMPORTE DE PESOS UN MIL M/N ($ 1.000.00) QUE DETERMINA EL ARTÍCULO 1° SERÁ TOMADO DE LA PARTIDA “RECURSOS DE EJERCICIOS ANTERIORES” SIN AFECTACIÓN, DEBIENDO AMPLIARSE CON EL ESTADO MONTO EL INCISO 1° DEL CAPÍTULO V DEL PRESUPUESTO DE GASTOS EN VIGENCIA “SUBSIDIOS ESCOLARES” CREANDO A ESE EFECTO EL ÍTEM 3 “ASOCIACIÓN POPULAR DE CULTURA”.-
ARTÍCULO 4°.- COMUNÍQUESE, ETC. ETC.
Recibí en tu correo nuestras Notificaciones