Ordenanza Municipal Nº 6041/2024
Visto
La nota de solicitud de eximición de tasas municipales para el año 2.022, presentada por el Centro Cultural y Folklórico “El Sombrerito”, obrante a foja Nro. 2 del expediente Letra G, Número 77, Año 2.022, y;
Considerando
La documentación obrante en el expediente mencionado en el visto;
El Honorable Concejo Deliberante de la municipalidad de Benito Juárez en uso de sus atribuciones que le son propias, resuelve y:
O R D E N A
Artículo 1º: Exímase del pago total para el periodo comprendido entre el 01 de enero y el 31 de diciembre del año 2.024, al Centro Cultural y Folklórico “El Sombrerito”, entidad de bien público registrada bajo el Nro. 037, a los inmuebles designados catastralmente como:
de las tasas municipales por:
Servicio sanitario medido
Alumbrado en la vía pública,
Recolección, limpieza, conservación de la vía pública y medio ambiente
de las tasas municipales por:
Servicio sanitario no medido,
Alumbrado en la vía pública,
Recolección, limpieza, conservación de la vía pública y medio ambiente.
de las tasas municipales por:
Servicio sanitario medido,
Alumbrado en la vía pública,
Recolección, limpieza, conservación de la vía pública y medio ambiente.
Artículo 2º: Exímase del pago total para el periodo comprendido entre el 01 de enero y el 31 de diciembre del año 2.024, al Centro Cultural y Folklórico “El Sombrerito”, entidad de bien público registrada bajo el Nro. 037, C.U.I.T. Nro. 30-70894802-7, comercio Nro. 33.001, Rubro: Servicios N.C.P.,
de la tasa municipal por:
Inspección de seguridad e higiene.
Artículo 3º: De forma.
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de Junio del año dos mil veinticuatro
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