Ordenanza Nro. 6012

Ordenanza Municipal Nº 6012/2024

Visto

Que la Ley Orgánica de las Municipalidades en su Artículo 27, Inciso 4, faculta a este cuerpo a imponer nombres a calles y sitios públicos como así también la Ordenanza Municipal 5397/2019, modificada por la Ordenanza Municipal 5657/2021, regula este mecanismo de nominación, y

Considerando

Que hemos recibido nota de vecinos de la ciudad de Benito Juárez, solicitando la imposición de nombre de Don Urbano García, a la esquina de Moreno y Av. Libertad, cerca al espacio donde funcionara la imprenta El Fénix que él fundara, en reconocimiento a su extensa e intensa labor desarrollada en esta ciudad desde casi los albores de su fundación;

Que dicha imposición de nombre viene a sumarse a los diferentes eventos organizados en adhesión a 150 años del trazado del ejido urbano de nuestra ciudad;

Que Don Urbano García, según Salvador Romeo, había nacido el 4 de agosto de 1867, en Tandil, hijo de Luis García y de Manuela Vázquez.

Que en ciudad natal completó la escuela primaria y se inició en el aprendizaje de las artes gráficas; siendo sus primeros trabajos en la Imprenta “El Eco de Tandil”.

Que promediando el año el 1884 se radicó en Juárez para trabajar en la pequeña imprenta que existía en el pueblo. Así se quedó. Formó su familia con Rosalía Cassetti. Fue periodista, funcionario, industrial y comerciante.

Después de ese paso como oficial de imprenta, instaló la propia a la que llamó “EL Fénix”. En 1888 fundó un periódico con el mismo nombre (el que en su cuarta época aun cuenta hoy algunas historias juarenses).

Además de su actividad privada, Don Urbano fue funcionario. En abril de 1891 el gobierno provincial lo designó Jefe de la Guardia Nacional en este distrito y en diciembre del mismo año, fue nombrado Juez de Paz. Durante 1895, el Partido Nacional lo llevó como candidato a concejal y al año siguiente, asumió el cargo de presidente del Concejo Deliberante. En 1897 el mismo cuerpo lo eleva al cargo de Intendente Municipal por el período 1897-1899. Fue el intendente más joven de la historia juarense, llegó al poder con solo 28 años.

Dice Gregorio, uno de sus biógrafos, que “su administración fue honesta y de puertas abiertas. Hizo una gran tarea progresista en bien de los intereses de la comuna”.                 El último cargo público que ocupó fue el de Comisionado Escolar, en 1915. Es de destacar que todas esas funciones las desempeñó ad honorem; nunca usufructuó de su accionar en el Estado.

Al margen de lo político (era miembro del partido conservador), formó parte de comisiones vecinales y de instituciones como la Sociedad Rural, el Centro Democrático, el Fénix Club y la Sociedad de Fomento de la Escuela No 3. Sobre esta última, un detalle no menor: Don Urbano fundó un comedor para los niños que sostenía con su propio peculio.

Termina diciendo Romeo: ‘Este hombre de bien que ganó durante su vida honestísima el título de vecino calificado de este pueblo, falleció en Juárez el 28 de abril del año 1937”. Ese día no hubo clase en la Escuela No 3 por decisión del Consejo Escolar.

El Honorable Concejo Deliberante de la municipalidad de Benito Juárez en uso de sus atribuciones que le son propias, resuelve y:

O      R     D    E    N     A

Artículo 1º: Denomínese con el nombre de Don Urbano García a la esquina de Moreno y Av. Libertad, cercana al espacio donde funcionara su imprenta ‘El Fénix”, que él fundara.

Artículo 2º: El Departamento Ejecutivo Municipal, en conjunto con los promotores de esta solicitud, Jorge Arguelles y María Silvina Irouleguy y demás firmantes, y en adhesión a los 150 años del trazado del ejido urbano de nuestra ciudad, organizará un acto cumpliendo los protocolos vigentes al efecto de la imposición de nombre ordenado en el artículo primero, convocándose a familiares y vecinos a dicho acto, entregándose una copia de la presente ordenanza.

Artículo 3º: El Departamento Ejecutivo deberá instalar un pequeño monumento en el que se emplace una placa con su nombre y la obra que lo distingue, en el inicio de la dársena sobre Av. Libertad.

Artículo 4º: Los gastos que demande lo solicitado en la presente ordenanza, serán imputados a las cuentas de gastos que correspondan del presupuesto vigente.

Artículo 5º: De forma.

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veintisiete días del mes de Marzo del año dos mil veinticuatro

 

Print Friendly, PDF & Email
Print Friendly, PDF & Email