Ordenanza Nro. 5970

Ordenanza Municipal Nº 5970/2023

Visto lo actuado en el expediente letra “O” Nº 54/2023 en el de fojas 2 a 8 se informa del relevamiento a campo realizado por este municipio de tranqueras, tranquerones, accesos principales y otros puntos de interés del ámbito rural en todo el Partido de Benito Juárez,

Que a partir de este inventario se ha logrado construir un Sistema de Información Geo referenciada en el cual se volcaron más de 2600 puntos.

Que a partir del Diagnóstico Participativo del Plan De Ordenamiento Territorial Urbano Rural, se pudo plasmar la inquietud desde los ámbitos, de seguridad y de salud, han tenido inconvenientes para la ubicación de localizaciones en el territorio rural, sobre todo ante una emergencia,

Que es de suma importancia poder facilitar mejores y modernas herramientas a los actores territoriales de la ruralidad tanto para las familias, como para quienes en forma cotidiana desarrollan sus actividades vinculadas a este medio,

Que resulta relevante para el acceso a los servicios y equipamientos urbanos y rurales la posibilidad de acceder a información local de calidad, y

Considerando que es necesario tener una mejor identificación de los establecimientos rurales, para agilizar el acceso a los mismos y mejorar las condiciones de seguridad de los vecinos en la zona rural,

Que, es necesario mejorar la capacidad de respuesta en los llamados o alertas de emergencia, de la patrulla rural, Bomberos Voluntarios, ambulancias, llamados al número 103 o cualquier otra asistencia o emergencia,

Que es valioso contar con una geo localización de los accesos a los campos, cruces de caminos y otros hitos de relevancia de manera exacta que brinden certeza y referencia sobre un punto en el medio rural.

El Honorable Concejo Deliberante de la municipalidad de Benito Juárez en uso de sus atribuciones que le son propias, resuelve y:

O      R     D    E    N     A

Artículo 1º: Crease el sistema de identificación de tranqueras denominado “Tranqueras Conectadas”, que será implementado en las zonas complementarias y rurales de todo el partido de Benito Juárez.

Artículo 2º: El Sistema creado por el Departamento Ejecutivo Municipal y validado por la presente, establecerá un mecanismo de identificación de tranqueras e hitos a partir del número de cuartel donde se ubique el punto al que se sumará un número de identificación único.

Artículo 3º: Autorícese al Departamento Ejecutivo a colocar una chapa identificatoria en las tranqueras o postes de ingreso de los establecimientos rurales y otros puntos. La misma estará asociada al sistema de Información Georreferenciada a partir de su número único. Este trabajo será realizado por el Departamento Ejecutivo en forma gradual en todo el territorio del partido.

Artículo 4º: El Sistema de Información Georreferenciada estará disponible en la web del Municipio de Benito Juárez y en una aplicación para teléfonos móviles o tablets. Los datos serán administrados por el Municipio de Benito Juárez.

Artículo 5º: De forma.

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los catorce días del mes de Septiembre del año dos mil veintitrés.-

 

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