Ordenanza Municipal Nº 5920/2023
Visto lo actuado en el Expediente Letra “D” Nº 173/2016 en cual de fojas 49 a 54 obra CONVENIO DE COOPERACION, suscripto con el MINISTERIO DE DESARROLLO DE LA COMUNIDAD de la Provincia de Buenos Aires, registrado bajo el Nº 30/2023 del Registro Municipal de Convenios,
Que el citado convenio se refiere a la subvención de 27 (veintisiete) niños/as de (0 a 5) años, a través del PROGRAMA “UNIDADES DE DESARROLLO INFANTIL” de acuerdo a la modalidad (JMC), que asistan al Jardín Maternal Comunitario “J. J. Bernal Torres”
Que a fojas 55 obra ADENDA DEL CONVENIO DE COOPERACION, suscripto con el MINISTERIO DE DESARROLLO DE LA COMUNIDAD de la Provincia de Buenos Aires, registrado bajo el Nº 31/2023 del Registro Municipal de Convenios, por la cual se otorgan 108 (ciento ocho) nuevas becas asignadas a niños de ambos sexos, haciendo un total de 135 (treinta y seis) según la cláusula primera del convenio de cooperación,
Que de fojas 56 a 67 la Secretaria de Desarrollo Social adjunta el proyecto institucional, para el período 2023,
Que de fojas 75 a 80 obra copia del convenio suscripto con el MINISTERIO DE DESARROLLO DE LA COMUNIDAD DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, registrado bajo el Nº 32/2023, del registro Municipal de Convenios, referente a la subvención de 135 becas a niños/as de (0 a 5) años de edad del Jardín Maternal Comunitario “J. J. Bernal Torres” a través del PROGRAMA “UNIDADES DE DESARROLLO INFANTIL” de acuerdo a la modalidad (JMC), correspondiente al periodo 2023,
Considerando necesaria solicitar la convalidación, del Honorable Concejo Deliberante, de los convenios Nº 30/2023, la Adenda Nº 31/2023 como así también el convenio Nº 32/2023 correspondiente al periodo 2023,
El Honorable Concejo Deliberante de la municipalidad de Benito Juárez en uso de sus atribuciones que le son propias, resuelve y:
O R D E N A
Artículo 1º: Convalídese el CONVENIO DE COOPERACION suscripto con el MINISTERIO DE DESARROLLO DE LA COMUNIDAD de la Provincia de Buenos Aires, registrado bajo el Nº 30/2023 del Registro Municipal de Convenios, referente a la de subvención de 27 (veintisiete) niños/as de (0 a 5) años, a través del PROGRAMA “UNIDADES DE DESARROLLO INFANTIL” de acuerdo a la modalidad (JMC), según lo actuado en el expediente Letra “D” Nº 173/2016.-
Artículo 2º: Convalídese la ADENDA DEL CONVENIO DE COOPERACION suscripta con el MINISTERIO DE DESARROLLO DE LA COMUNIDAD de la Provincia de Buenos Aires, registrada bajo el Nº 31/2023 del Registro Municipal de Convenios, por la cual se otorgan 108 (ciento ocho) nuevas becas asignadas a niños de ambos sexos, haciendo un total de 135 (ciento treinta y cinco), de acuerdo a lo actuado en el expediente Letra “D” Nº 173/2016.-
Artículo 3º: Convalídese el CONVENIO DE COOPERACION suscripto con el MINISTERIO DE DESARROLLO DE LA COMUNIDAD de la Provincia de Buenos Aires, registrado bajo el Nº 32/2023 del Registro Municipal de Convenios, referente a la de subvención de 135 (ciento treinta y cinco) niños/as de (0 a 5) años, a través del PROGRAMA “UNIDADES DE DESARROLLO INFANTIL” de acuerdo a la modalidad (JMC), según lo actuado en el expediente Letra “D” Nº 173/2016.-
Artículo 4º: De forma.
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veintinueve días del mes de Mayo del año dos mil veintitrés.-
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