Ordenanza Nro. 5906

Ordenanza Municipal Nº 5906/2023

Visto lo actuado en el Expediente Letra “G” Nº 17/2023 y el Decreto Municipal Nº 456/2023, por el que se llamó a Licitación Pública Nº 3/2023 para la contratación de la aseguradora de riesgos de trabajo (A.R.T.) y enfermedades profesionales para el personal municipal.-

Que se presentó un solo oferente pese a haber invitado a proveedores del ramo (fjs. 31 a 38);

Que al analizar la oferta, el Jefe de Compras, la Directora General de Recursos Humanos, la Contadora Municipal y el Jefe de Gabinete a/c de la Secretaría de Hacienda,  coinciden en la conveniencia de adjudicar a la firma ASOCIART S.A. ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO CUIT. 30-68627333-0 la cobertura riesgos de trabajo (A.R.T.) y enfermedades profesionales para el personal municipal, haciendo cumplir lo dispuesto en el Artículo 155 de la L.O.M., por un valor del 1,15 % sobre la masa salarial del personal Municipal,

Que se eleva el presente dando cumplimiento a lo dispuesto por el Articulo 155 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, y el Articulo 187 del Reglamento de Contaduría y solicitando autorización para realizar la adjudicación mencionada

El Honorable Concejo Deliberante de la municipalidad de Benito Juárez en uso de sus atribuciones que le son propias, resuelve y:

O      R     D    E    N     A

Artículo 1º: Apruébese lo actuado en la Licitación Pública Nº 3/2023.-

Artículo 2º: Autorizase al Departamento Ejecutivo a adjudicar a la firma ASOCIART S.A. ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO CUIT. 30-68627333-0 la cobertura riesgos de trabajo (A.R.T.) y enfermedades profesionales para el personal municipal, de acuerdo a lo actuado en el Expediente Letra “G” Nº 17/2023.-

Artículo 3º: El gasto deberá imputarse en función de la dependencia en el cual desempeñe sus funciones cada agente municipal, siendo EL OBJETO DEL GASTO:

                            1.1.6.3 Contribuciones Patronales ART (agentes planta permanente)

                            1.1.5.3 Contribuciones Patronales ART (agentes de planta transitoria)

Artículo 4º: De forma.

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los once días del mes de Mayo  del año dos mil veintitrés.-

 

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