Ordenanza Municipal Nº 5898/2023
Visto lo actuado en el Expediente Letra “O” Nº 67/2022 y el Decreto Municipal Nº 1682/2022, por el cual se llamó a Licitación Publica Nº 21/2022 para la obra de Construcción de 35 viviendas en la Quinta: 2 y Quinta: 45 de la ciudad cabecera del Partido de Benito Juárez, en el marco del Programa Bonaerense II – Instituto de la Vivienda de Buenos Aires.-
Que se presentó un solo oferente pese a haber invitado a proveedores del ramo (fjs. 126);
Que al analizar la oferta, el Jefe de Compras, y la Junta Evaluadora, coinciden en la conveniencia de adjudicar a la firma VLARCO CONSTRUCCIONES S.R.L., CUIT: 30-71526640-3 la realización de la obra de referencia, por un monto de pesos trescientos once millones doscientos ochenta y cinco mil setecientos cuarenta y tres con treinta y nueve centavos ($ 311.285.743,39)
Que se eleva el presente dando cumplimiento a lo dispuesto por el Articulo 155 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, y el Articulo 187 del Reglamento de Contaduría y solicitando autorización para realizar la adjudicación mencionada
El Honorable Concejo Deliberante de la municipalidad de Benito Juárez en uso de sus atribuciones que le son propias, resuelve y:
O R D E N A
Artículo 1º: Apruébese lo actuado en la Licitación Publica Nº 21/2022.-
Artículo 2º: Autorizase al Departamento Ejecutivo a adjudicar a la firma VLARCO CONSTRUCCIONES S.R.L., CUIT: 30-71526640-3, la realización de la obra de Construcción de 35 viviendas en la Quinta: 2 y Quinta: 45, de la ciudad cabecera del Partido de Benito Juárez, en el marco del Programa Bonaerense II – Instituto de la Vivienda de Buenos Aires, por un monto de pesos trescientos once millones doscientos ochenta y cinco mil setecientos cuarenta y tres con treinta y nueve centavos ($ 311.285.743,39), de acuerdo a lo actuado en el Expediente Letra “O” Nº 67/2022
Artículo 3º: El gasto deberá imputarse de acuerdo a la Jurisdicción: 1110104000 – SECRETARIA DE INFRAESTRUCTURA, VIVIENDA Y SERVICIOS PUBLICOS; Categoría Programática: 41.59.00: PLAN 75 VIVIENDAS; Fuente de Financiamiento: 132 AFECTADO DE ORIGEN PROVINCIAL.-
Artículo 4º: De forma.
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los diecinueve días del mes de Abril del año dos mil veintitrés.-
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