Ordenanza Nro. 5886

Ordenanza Municipal Nº 5886/2023

Visto lo actuado en el Expediente Letra “V” Nº 3/2023, en el cual de fojas 2 a 5 obra modelo de CONVENIO a suscribir con el MINISTERIO DE DESARROLLO AGRARIO de la PROVINCIA DE BUENOS AIRES,

Que el convenio se firmara en el marco del PROGRAMA DE RECONSTRUCCION Y TRANSFORMACION PROVINCIAL 6 X 6, impulsado por el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, en particular dentro del componente “Caminos e Infraestructura para la Accesibilidad Rural”, destinado a financiar materiales y máquinas para la mejora de caminos rurales, centrado en la accesibilidad de localidades, escuelas rurales y establecimientos productivos que requieren mayor movimiento diario (Tambos, granjas, apícolas y/o porcinas, etc.),

Que específicamente el convenio a suscribir tiene como objeto otorgar un subsidio de hasta pesos treinta millones ($ 30.000.000,00), al MUNICIPIO para financiar la adquisición de maquinaria (en adelante “MAQUINARIA”), para la realización del proyecto “ALTEO, CONFORMACION ALCANTARILLADO, ENTOSCADO, Y REENTOSCADO DE LOS CAMINOS PROVINCIALES 053 – 12 Y 053 – 13 – LONG.: 20,50 KM, DENOMINADO Cº ACCESO A PARAJE “EL LUCHADOR”, TRAMO SANTA CATALINA – EL ABATIDO”

Que de fojas 6 a fojas 27 obra memoria descriptiva y especificaciones técnicas como así también documentación necesaria para llevar a cabo el proyecto arriba descripto y

Considerando el Departamento Ejecutivo conveniente solicitar la autorización para la suscripción del convenio antes citado al Honorable Concejo Deliberante

El Honorable Concejo Deliberante de la municipalidad de Benito Juárez en uso de sus atribuciones que le son propias, resuelve y:

O      R     D    E    N     A

Artículo 1°: Autorizase al Departamento Ejecutivo a suscribir con el MINISTERIO DE DESARROLLO AGRARIO de la PROVINCIA DE BUENOS AIRES un CONVENIO, en el marco del “PROGRAMA DE RECONSTRUCCION Y TRANSFORMACION PROVINCIAL 6 POR 6”, cuyo modelo obra de fojas 2 a 5, del expediente Letra “V” Nº 03/2023.-

Artículo 2°: De forma.-

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veintitrés días del mes de Marzo  del año dos mil veintitrés.-

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