Ordenanza Nro.° 5796

ORDENANZA MUNICIPAL Nº 5796/2022

Visto

La necesidad de reducir la velocidad de tránsito desarrollada por los vehículos que ingresan al Barrio “Villa Riel” por las Avenidas Humaitá y Cornelio Saavedra, y;

Considerando

Que días atrás, en reunión con vecinos del barrio mencionado, incluidos entre ellos integrantes de la comisión vecinal que los representa, se nos manifestó la preocupación por la alta velocidad el tránsito de los vehículos que ingresan al barrio por las avenidas aludidas  provenientes de la Ruta Provincial Nro. 86, como de la sección chacras;

Que, aunque en los últimos tiempos han surgido cuestionamientos a la instalación de reductores de velocidad, entre ellos, la posibilidad que la vibración causada por los vehículos al superarlos genere daños en la mampostería de las edificaciones cercanas, en este caso los reductores se pueden construir en sectores sin edificaciones;

El Honorable Concejo Deliberante de la municipalidad de Benito Juárez en uso de sus atribuciones que le son propias, resuelve y:

O      R     D    E    N     A

Artículo 1°: Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal a construir o colocar  dos mecanismos destinados a reducir la velocidad el tránsito de vehículos en:

  1. El primero en: Avda. Nro. 49 – Humaitá, metros antes de su intersección con la Avda. Nro. 10 – Cornelio Saavedra en sentido sudoeste (SO) a noreste (NE), (Entre calle Nro. 8 – José Hernández y Avda. Nro. 10 – Saavedra);
  2. El segundo en: Avda. Nro. 10 – Cornelio Saavedra, metros antes de su intersección con la Avda. Nro. 49 – Humaitá en dirección noroeste (NO) a sudeste (SE), (Entre calle Nro. 51 – 3 de Julio (Cerrada) y Avda. Nro. 49 – Humaitá).

Artículo 2°: Colóquese la señalización correspondiente a lo establecido en la presente ordenanza.

Artículo 3º: Impútense los gastos correspondientes a la ejecución de lo establecido en la presente ordenanza a las partidas que el Departamento Ejecutivo Municipal estime correspondientes.

Artículo 4º: De forma.-

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veintiséis días del mes de Mayo del año dos mil veintidós.-

 

 

 

 

 

 

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