Ordenanza nro.° 5793

ORDENANZA MUNICIPAL Nº 5793/2022

MODIFICADA POR ORDENANZA MUNICIPAL Nº 6081/2024

Visto lo actuado en el Expediente Letra “P” Nº 51/2021, en el cual de fojas 2 y 3 y de 22 a 24, obra documentación elevada por la firma QUIÑONES SANTIAGO CUIT 20-20331584-9, referente a la intención de ampliar su empresa dedicada a la fabricación de tubos de alcantarilla y blocks, dentro de la Zona Industrial Planificada del Partido de Benito Juárez (parcela 13),

Que a fojas 25 obra informe del Jefe de Compras manifestando que el proyecto cumple con lo dispuesto por la Ordenanza Municipal Nº 5679 y teniendo en cuenta la Tasación Oficial obrante a fojas 6, sugiere determinar el costo de la parcela de pesos seiscientos mil  ($ 600.000,00.-),

Que a fojas 27 obra despacho favorable del Jefe de Gabinete a cargo de la Secretaria de Hacienda,

Que de fojas 30, 31, 32 y 33 obra modelo de Boleto de Compraventa a suscribir con la firma arriba citada y

Teniendo en cuenta el artículo 159 punto 3 inc. f) de la L.O.M.,

Y considerando

Que si bien en el expediente obran tasaciones oficiales de la parcela, la misma se venderá a un valor promocional, ya que el fin del Municipio no es obtener una plusvalía, sino fomentar la radicación de emprendimientos productivos y la generación de empleo.

El Honorable Concejo Deliberante de la municipalidad de Benito Juárez en uso de sus atribuciones que le son propias, resuelve y:

O      R     D    E    N     A

Artículo 1°: Autorizase al Departamento Ejecutivo a realizar la venta de una fracción de aproximadamente 2000 metros cuadrados (identificada como lote o Parcela 13), ubicada en la Zona Industrial Planificada de Benito Juárez, a la firma QUIÑONES SANTIAGO CUIT 20-20331584-9, en un valor total de pesos cuatrocientos veinte mil ($ 420.000,00), de acuerdo a lo actuado en el  Expediente Letra “P” Nº 51/2021 y en el marco de las Ordenanzas y legislación que regulan la materia.-

Artículo 2°: Autorizase al Departamento Ejecutivo a suscribir la pertinente escritura traslativa de dominio por ante escribano público que los compradores designen al efecto, a favor de los mismos, y siempre que los adquirientes cancelen previamente o en ese mismo acto, el saldo del valor determinado según lo establece el Artículo 1º.-

Artículo 3º: El recurso percibido por la venta del articulo precedente deberá imputarse en la: JURISDICCION: 1.1.1.01.03000 Secretaría de Hacienda; RECURSO: 14.1.06.00 Venta de Terrenos Parque Industrial; de acuerdo a lo informado por el Director de Presupuesto a fojas 35 del expediente Letra “P” Nº 51/2021.-

Artículo 4º: DE FORMA.-

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los doce días del mes de Mayo del año dos mil veintidós.-

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