Ordenanza Nro.° 5781

ORDENANZA MUNICIPAL Nº 5781/2022

Visto:

La necesidad de reordenar el tránsito en distintos sectores de la ciudad cabecera, y;

Considerando:

Que esta necesidad surge del incremento de circulación de vehículos, ciclistas, peatones, etc., en la calle Chacabuco, zona del Polideportivo municipal “Gabriel Atilio Solís”, el Complejo municipal de piletas climatizadas “Presidente Néstor Carlos Kirchner”, Parque “9 de Julio”, tramo en que está es doble mano; derivando parte del mencionado tránsito al interior del Barrio “Eduardo Carvajal”, sector que ya había visto alterada su habitualidad de movimientos con la construcción de la Escuela Secundaria Nro. 3 “Dr. Benito Juárez”, lo que hace menester ordenar sentidos de circulación en calles y pasajes internos de este barrio también;

Que, la zona seguirá aumentando la mencionada circulación a raíz del crecimiento edilicio en desarrollo y programado, como lo son la “Casa de la Provincia”, el “Centro de desarrollo infantil Benito Juárez”, y la sala de gimnasia artística, que formará parte de nuestro Complejo Polideportivo Municipal;

Que, de acuerdo a charlas mantenidas con vecinos, consultas con personas idóneas, y verificar in situ la dinámica del tránsito, vemos que es prioritario modificar el sentido de circulación en arterias como la nombrada, dado que en la actualidad se generan inconvenientes y puntos de conflicto;

Que este reordenamiento generará mayor seguridad a quienes circulan por estos sectores de la ciudad;

El Honorable Concejo Deliberante de la municipalidad de Benito Juárez en uso de sus atribuciones que le son propias, resuelve y:

O      R     D    E    N     A

Artículo 1°: Establézcase el sentido de circulación del tránsito en la calle Nro. 22 – Chacabuco, entre la calle Nro. 9 Bis – De Los Inmigrantes y la calle Nro. 1 – República del Perú, el que quedará como mano única, como en el resto de su recorrido, en dirección noroeste (NO) a sudeste (SE).

Artículo 2°: Establézcase el sentido de circulación del tránsito en la calle Nro. 20 Bis – Dr. Alfredo Saintout, mano única, en dirección sudeste (SE) a noroeste (NO), entre la calle Nro. 9 Bis – De los Inmigrantes y la Avda. Nro. 13 – Juan Manuel de Rosas.

Artículo 3º: Establézcase el sentido de circulación del tránsito en el pasaje Nro. 18 Bis – Horacio Icasto, mano única, en dirección noroeste (NO) a sudeste (SE), entre el pasaje Nro. 13 Bis – De los Músicos y la calle Nro. 9 Bis – De los Inmigrantes.

Artículo 4º: Establézcase el sentido de circulación del tránsito en el pasaje Nro. 13 Bis – De los Músicos, mano única, en dirección noreste (NE) a sudoeste (SO), entre la calle Nro. 22 – Chacabuco y el pasaje Nro. 18 Bis – Horacio Icasto.

Artículo 5º: Establézcase el sentido de circulación del tránsito en la calle Nro. 11 Bis – Eva Perón:

  1. Doble mano, entre la Avda. Nro. 18 – Presidente Juan Domingo Perón y el pasaje Nro. 18 Bis – Horacio Icasto;
  2. Mano única, en dirección sudoeste (SO) a noreste (NE), entre el pasaje Nro. 18 Bis – Horacio Icasto y la calle 20 Bis – Dr. Alfredo Saintout.

Artículo 6º: Establézcase el sentido de circulación del tránsito en la calle Nro. 9 Bis – De Los Inmigrantes:

  1. Doble mano, Entre la Avda. Nro. 18 – Presidente Juan Domingo Perón y el pasaje Nro. 18 Bis – Horacio Icasto;
  2. Mano única, en dirección sudoeste (SO) a noreste (NE), entre el pasaje Nro. 18 Bis – Horacio Icasto y la calle Nro. 20 Bis – Dr. Alfredo Saintout;
  3. Mano única, en dirección noreste (NE) a sudoeste (SO), entre la calle Nro. 22 – Chacabuco y la calle Nro. 20 Bis – Dr. Alfredo Saintout.

Artículo 7°: Establézcase el sentido de circulación del tránsito en la calle Nro. 5 – Pasaje Ernesto Guevara, entre la calle Nro. 22 – Chacabuco y la Avda. Nro. 18 – Presidente Juan Domingo Perón, doble mano.

Artículo 8°: Establézcase el sentido de circulación del tránsito en la calle Nro. 1 – República del Perú (Colectora de la Ruta Provincial Nro. 74) doble mano.

Artículo 9°: Establézcase que el estacionamiento y/o detención de todo tipo de vehículos se efectué en forma paralela lateral al cordón de la calzada y únicamente sobre la mano derecha del sentido de circulación  del tránsito establecido en la presente ordenanza, en las siguientes arterias:

  1. Calle 9 Bis – De Los Inmigrantes entre el pasaje Nro. 18 Bis – Horacio Icasto y la calle Nro. 20 Bis – Dr. Alfredo Saintout;
  2. Calle Nro. 20 Bis – Dr. Alfredo Saintout entre la calle Nro. 9 Bis – De los Inmigrantes y el pasaje Nro. 13 Bis – De los Músicos.

Artículo 10°: Constrúyase un ordenador de tránsito  en la calle Nro. 9 Bis – De Los Inmigrantes y su intersección con la calle Nro. 20 Bis – Dr. Alfredo Saintout. Este ordenador, tendrá como finalidad, derivar hacia la derecha a los vehículos que transiten por calle Nro. 9 Bis – De los Inmigrantes en dirección noreste (NE) a sudoeste (SO), y derivar hacia la izquierda a los vehículos que transiten por calle Nro. 9 Bis – De los Inmigrantes en dirección sudoeste (SO) a noreste (NE).

Artículo 11°: Colóquese la señalización correspondiente a lo establecido en la presente ordenanza.

Artículo 12°: Dése amplia difusión.

Artículo 13°: Impútense los gastos correspondientes a la ejecución de lo establecido en la presente ordenanza a las partidas que el Departamento Ejecutivo Municipal estime correspondiente.

Artículo 14°: Modificaciones y derogaciones:

  1. Lo dispuesto en la presente modifica parcialmente lo reglamentado en el artículo primero de la Ordenanza Municipal Nro. 909 (Novecientos nueve).
  2. Deróguese la Ordenanza Municipal Nro. 3.320 (Tres mil trecientos veinte), del año 2.002.
  3. Lo dispuesto en la presente modifica parcialmente lo reglamentado en el artículo primero de la Ordenanza Municipal Nro. 4.169 (Cuatro mil ciento sesenta y nueve), del año 2.009.
  4. Deróguese el artículo primero de la Ordenanza Municipal Nro. 4.581 (Cuatro mil quinientos ochenta y uno), del año 2.012.
  5. Deróguese toda disposición anterior que se oponga a la presente

Artículo 15°: De Forma.-

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veintiocho días del mes de Abril del año dos mil veintidós.-

 

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