Ordenanza Nro.° 5763

Visto

Que con motivo de cumplirse en el año 2.022 el 40° aniversario de la gesta de Malvinas, y a fin de mantener vigente el reclamo sobre la soberanía de las Islas y homenajear a los veteranos y caídos que combatieron con valentía a pesar del contexto adverso; y,

Considerando

Que el día 2 de abril de 1.982 tropas argentinas desembarcaron en las Islas Malvinas con el fin de recuperar su soberanía, dando inicio a un conflicto bélico que se extendió durante setenta y cuatro días, y causó la muerte de 649 soldados argentinos que ofrendaron su vida por la patria;

Que cada 2 de abril es un día de recuerdo, homenaje y reconocimiento a nuestros compatriotas que combatieron heroicamente por la recuperación de la soberanía sobre las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur, y, por esa razón, a partir de la sanción de la Ley Nacional Nro. 25.370 aprobada en el año 2.000, quedó establecido el 2 de Abril como “Día del Veterano y de los caídos en la Guerra de Malvinas”, teniendo carácter de feriado nacional, pasando a ser inamovible con la modificación sancionada en la Ley Nro. 26.110, en el año 2.006;

Que resulta necesario que las conmemoraciones referidas a nuestra historia patria estén impregnadas de sentimientos de gratitud, respeto y orgullo, y así debe suceder con el homenaje a nuestros caídos y a los veteranos de guerra;

Que es fundamental realizar una invitación a reflexionar sobre el significado de este acontecimiento histórico para la sociedad argentina, rememorar el mismo, poner la historia en claro, y así honrar la memoria de los caídos en la guerra y a posterior por secuelas de lo sufrido en la misma;

El Honorable Concejo Deliberante de la municipalidad de Benito Juárez en uso de sus atribuciones que le son propias, resuelve y:

O      R     D    E    N     A

Artículo 1º.- Declárese el año 2.022 como “AÑO DE HOMENAJE A LOS 40 AÑOS DE LA GESTA DE MALVINAS, A SUS VETERANOS Y CAÍDOS”.

Artículo 2º.- Establézcase que a partir de la fecha de promulgación de la presente ordenanza, durante el año 2.022, toda la documentación oficial del Honorable Concejo Deliberante, del Ente Descentralizado “Dr. Alfredo Saintout”, y del Departamento Ejecutivo Municipal de Benito Juárez, incluya en su membrete y/o sello la leyenda: “2.022 – AÑO DE HOMENAJE A LOS 40 AÑOS DE LA GESTA DE MALVINAS, A SUS VETERANOS Y CAÍDOS”

Artículo 3º.- Invitase a entidades, instituciones, organizaciones, empresas y ciudadanía del Partido de Benito Juárez  a adherir a lo dispuesto en la presente ordenanza.

Artículo 4º.- De forma

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los diez días del mes de Marzo del año dos mil veintidós.-

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