Ordenanza Nro: 5568

ORDENANZA MUNICIPAL Nº5568/2020
VISTO LO ACTUADO EN EL EXPEDIENTE LETRA “D” Nº 277/2016, EN EL CUAL A FOJAS 63 OBRA NOTA DEL DIRECTOR DE LA AGENCIA DE DESARROLLO LOCAL, SOLICITANDO LA MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA MUNICIPAL Nº 5145, EN SU ARTÍCULO Nº 15,
QUE DICHA MODIFICACIÓN SE SOLICITA POR QUE SE HA OBSERVADO QUE LOS TIEMPOS DE CONSOLIDACIÓN DE LOS EMPRENDIMIENTOS YA INICIADOS SE HAN VISTO AFECTADOS POR LA PANDEMIA POR EL COVID-19, Y SE ENTIENDE CONVENIENTE EXTENDER, SEGÚN LA AUTORIDAD DE APLICACIÓN DE LA ORDENANZA ARRIBA CITADA, EL PLAZO DE GRACIA EN HASTA 12 (DOCE) MESES, PARA EL COMIENZO DE DEVOLUCIÓN DE LAS CUOTAS, EN CONSIDERACIÓN DE LA EVOLUCIÓN FUTURA DEL PROYECTO PRESENTADO, Y
CONSIDERANDO NECESARIA ESTA MODIFICACIÓN PARA LOS FUTUROS EMPRENDIMIENTOS PRODUCTIVOS
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUAREZ EN USO DE SUS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS, RESUELVE Y:
O R D E N A
ARTICULO 1º MODIFÍQUESE EL ARTICULO Nº 15º DE LA ORDENANZA Nº 5145, EL CUAL QUEDARA REDACTADO DE LA SIGUIENTE MANERA

ARTICULO Nº 15.- LA AUTORIDAD DE APLICACIÓN PODRÁ CONCEDER UN PLAZO DE GRACIA, PARA EL COMIENZO DE DEVOLUCIÓN DE LAS CUOTAS, DE HASTA 12 (DOCE) MESES, EN CONSIDERACIÓN A LA EVOLUCIÓN FUTURA DEL PROYECTO PRESENTADO.-

ARTÍCULO 2º DE FORMA.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS DIECISIETE DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTE.-

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