ORDENANZA MUNICIPAL Nº 5536/2020
VISTO EL EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO V Nº 37/2020, DONDE EL GERENTE VIAL Y EL SECRETARIO DE INFRAESTRUCTURA, VIVIENDA Y SERVICIOS PÚBLICOS, MANIFIESTAN LA NECESIDAD DE ADQUIRIR DE UNA (1) MOTONIVELADORA Y UN (1) TRACTOR DESTINADO A LA COMISIÓN VIAL Y UNA (1) MINICARGADORA DESTINADA A LA SECRETARIA DE INFRAESTRUCTURA, VIVIENDA Y SERVICIOS PÚBLICOS, POR UN MONTO DE PESOS DIECIOCHO MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS ($ 19982400,00.-), MEDIANTE LA OPERATORIA DE LEASING,
CONSIDERANDO, QUE EL MISMO TIENE POR OBJETO FACILITAR LA INCORPORACIÓN DE MAQUINARIAS, EQUIPOS, CAMIONES Y/O VEHÍCULOS, PERMITIENDO MANTENER LA MOVILIDAD DEL CAPITAL, YA QUE ES POSIBLE AFECTAR LOS RECURSOS RESERVADOS PARA LA COMPRA DE ESTOS ELEMENTOS, SIN DEJAR DE SATISFACER LA NECESIDAD DE USO DE LOS MISMOS;
QUE LA OPERATORIA DE LEASING, LE PERMITE MANTENER A LA ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL, LA LIBERTAD DE ACCESO A OTRAS FUENTES DE FINANCIAMIENTO, DEJANDO INTACTA LA POSIBILIDAD DE ENDEUDAMIENTO;
QUE TENIENDO EN CUENTA LA SITUACIÓN ACTUAL DE LAS ARCAS MUNICIPALES Y LAS PROYECCIONES ESTABLECIDAS, ES IMPORTANTE PODER ACCEDER A LA FINANCIACIÓN DE UN CIEN POR CIENTO (100%) DE LOS EQUIPOS, SIN NECESIDAD DE REALIZAR INVERSIÓN INICIAL ALGUNA;
QUE ES IMPRESCINDIBLE CONTAR CON NUEVAS MAQUINARIAS, EQUIPOS Y DEMÁS RODADOS DESTINADOS A MANTENER Y MEJORAR LA BUENA PRESTACIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS MUNICIPALES A LA COMUNIDAD, LO QUE REDUNDARÁ EN BENEFICIO HACIA EL DESARROLLO Y CRECIMIENTO DE NUESTRA ECONOMÍA Y CONSECUENTEMENTE DE LA REGIÓN;
QUE EN ESTE CONTEXTO Y HABIENDO TOMADO CONOCIMIENTO SOBRE LAS CONDICIONES DE FINANCIAMIENTO OFRECIDAS POR PROVINCIA LEASING S.A. ASÍ COMO TAMBIÉN SOBRE LOS BIENES QUE PODRÍAN LLEGAR A SER OBJETO DEL CONTRATO DE LEASING, SE CONSIDERA CONVENIENTE A LOS INTERESES MUNICIPALES, FACULTAR AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO SUSCRIBIR DICHO CONTRATO;
QUE ATENTO AL MONTO DEL CONTRATO DE LEASING NECESARIO PARA EL ARRENDAMIENTO CON OPCIÓN A COMPRA DE ELEMENTOS MECÁNICOS PARA SERVICIOS PÚBLICOS CORRESPONDE SER AUTORIZADOS POR EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, CONFORME LO PRESCRIPTO POR LOS ARTS. 156 INC 2, 273 Y CONCS. DE LA LEY ORGÁNICA DE LAS MUNICIPALIDADES.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUAREZ EN USO DE SUS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS, RESUELVE Y:
O R D E N A
ARTICULO 1º.- AUTORÍZASE AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO A FORMALIZAR TRES CONTRATOS DE LOCACIÓN CON OPCIÓN DE COMPRA BAJO LA MODALIDAD DE CONTRATOS DE LEASING CON PROVINCIA LEASING SA, SOCIEDAD CON PARTICIPACIÓN MAYORITARIA DEL BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, EN FORMA DE CONTRATACIÓN DIRECTA DE CONFORMIDAD A LO ESTABLECIDO
POR EL ART.156, INC. 2 DE LA LEY ORGÁNICA DE LA MUNICIPALIDADES DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, POR LOS SIGUIENTES BIENES:
COMISION VIAL
1 (UNA) MOTONIVELADORA, NUEVA. MOTOR DIESEL, SISTEMA HIDRÁULICO DE CENTRO CERRADO, Y DEMÁS CARACTERÍSTICAS OBRANTES EN FS.4 Y 5, DEL EXPEDIENTE LETRA V Nº 37/2020
1 (UN) TRACTOR, TIPO ASISTIDO, NUEVO PARA USO VIAL, MOTOR DIESEL, TRACCIÓN EN LAS 4 RUEDAS Y DEMÁS CARACTERÍSTICAS OBRANTES EN FS.9 Y 10, DEL EXPEDIENTE LETRA V Nº 37/2020
SECRETARIA DE INFRAESTRUCTURA, VIVIENDA Y SERVICOS PUBLICOS
1 (UNA) MINICARGADORA, NUEVA. MOTOR DIESEL DE 3640 KW DE POTENCIA MARCA, CON CAPACIDAD EN PALA DE 894 KG. Y DEMÁS CARACTERÍSTICAS OBRANTES EN FS.13 Y 14, DEL EXPEDIENTE LETRA V Nº 37/2020
EN TODOS LOS CASOS CON OPCIÓN DE COMPRA, BAJO LA MODALIDAD DE CONTRATOS DE LEASING CON PROVINCIA LEASING S.A., EN FORMA DE CONTRATACIÓN DIRECTA, DE CONFORMIDAD A LO ESTABLECIDO POR EL ARTÍCULO 156º INCISO 2º DEL DECRETO-LEY 6769/58.
ARTÍCULO 2º: LOS BIENES OBJETO DE TALES CONTRATACIONES ESTARÁN DESTINADOS AL EQUIPAMIENTO MUNICIPAL DE MAQUINARIAS Y DE VEHÍCULOS PARA SER EMPLEADOS EN OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS.
ARTÍCULO 3º: LOS GASTOS QUE DEMANDEN CADA CANON MENSUAL DE LA MOTONIVELADORA Y EL TRACTOR, DEBERÁN IMPUTARSE EN LA JURISDICCIÓN: 1110108000 INFRAESTRUCTURA VIAL RURAL; CATEGORÍA PROGRAMÁTICA: 010000, ADMINISTRACIÓN Y CONDUCCIÓN; OBJETO DEL GASTO: 32.20. ALQUILERES DE MÁQUINAS Y EQUIPOS.-
ARTÍCULO 4º: LOS GASTOS QUE DEMANDEN CADA CANON MENSUAL DE LA MINICARGADORA, DEBERÁN IMPUTARSE EN LA JURISDICCIÓN: 1110104000 SECRETARIA DE INFRAESTRUCTURA, VIVIENDA Y SERVICIOS PÚBLICOS; CATEGORÍA PROGRAMÁTICA: 010000 ADMINISTRACIÓN Y CONDUCCIÓN; OBJETO DEL GASTO: 32.20 ALQUILERES DE MÁQUINAS Y EQUIPOS.-
ARTÍCULO 5º: ESTAS CONTRATACIONES SE FORMALIZARÁN CONFORME AL PLAZO, ESTIPULACIONES CONTRACTUALES Y DEMÁS NORMAS GENERALES COMPLEMENTARIAS QUE PROVINCIA LEASING SA TIENE IMPLEMENTADAS PARA ESTE TIPO DE OPERATORIA.
ARTÍCULO 6º: DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 273 DE LA LEY ORGÁNICA DE LAS MUNICIPALIDADES DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, FACULTASE AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO A FORMULAR ANUALMENTE LAS PERTINENTES RESERVAS DE CRÉDITO PRESUPUESTARIO, PARA ATENDER LOS COMPROMISOS QUE SE DEVENGUEN POR LA SUSCRIPCIÓN DE LOS CONTRATOS DE LEASING, CONFORME LO DISPUESTO PRECEDENTEMENTE.
ARTÍCULO 7º: DE FORMA.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTICINCO DÍAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL VEINTE.-
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