ORDENANZA MUNICIPAL Nº 5427/2019
VISTO
QUE HAN PASADO 43 AÑOS DEL 24 DE MARZO DE 1976 Y HOY TODAVÍA TENEMOS HERIDAS QUE NO CERRARON NI CERRARÁN HASTA QUE REALMENTE SE SEPA TODA LA VERDAD Y SE HAGA JUSTICIA.-
CONSIDERANDO
QUE POR ESO ES TAN IMPORTANTE LA MEMORIA, PORQUE SI SE OLVIDA SE REPITE.-
QUE FUE EL 24 DE MARZO DE 1976, LA FECHA EN QUE LAS FUERZAS ARMADAS DE NUESTRO PAÍS USURPARON EL GOBIERNO Y DERROCARON A LA ENTONCES PRESIDENTA CONSTITUCIONAL MARÍA ESTELA MARTÍNEZ DE PERÓN DEL MISMO MODO DESTITUYERON A LOS GOBERNADORES DE LA PROVINCIAS, DISOLVIERON EL CONGRESO NACIONAL Y LAS LEGISLATURAS PROVINCIALES, REMOVIERON A LOS MIEMBROS DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Y ANULARON LAS ACTIVIDADES GREMIALES COMO ASÍ TAMBIÉN LA DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS.-
QUE LA CONSTITUCIÓN NACIONAL ES DECIR LA LEY DE LEYES DE LA REPÚBLICA ARGENTINA- DEJÓ DE REGIR LA VIDA POLÍTICA DEL PAÍS Y LOS CIUDADANOS QUEDARON SUBORDINADOS A LAS NORMAS ESTABLECIDAS POR LOS MILITARES.-
QUE LOS AÑOS QUE TRANSCURRIERON DURANTE LA DICTADURA DE LAS FUERZAS ARMADAS ESTUVIERON SIGNADOS POR UNA CONSTANTE VIOLACIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS, CRÍMENES DE LESA HUMANIDAD Y UN TERRORISMO DE ESTADO QUE FUNCIONÓ PARA EL GOBIERNO MILITAR DE FACTO COMO MÉDULA Y ÁNIMO SOCIAL DEL ESTADO ARGENTINO.-
QUE NO PODEMOS NI QUEREMOS OBVIAR QUE EL 24 DE MARZO DEL 76 COMENZÓ LA IMPLEMENTACIÓN DE UN PROGRAMA ECONÓMICO POR MEDIO DE LA UTILIZACIÓN DE LAS FUERZAS ARMADAS COMO LA HERRAMIENTA MÁS BRUTAL QUE SE PODÍA TENER PARA LOGRAR POR LA FUERZA, LO QUE POR POLÍTICA NO SE PODÍA.-
QUE NO HUBO REPAROS EN COMETER LAS MÁS TERRIBLES ABERRACIONES, LAS MÁS INHUMANAS BARBARIDADES.-
QUE SE SECUESTRÓ TORTURÓ, VIOLÓ Y SE DESAPARECIÓ A 30000 PERSONAS DE LOS CUALES MÁS DE 9000 FUERON DENUNCIADOS EN LA CONADEP.-
QUE LOS MÁS DE 500000 ARGENTINOS SE TUVIERON QUE EXILIAR, SE PROHIBIERON ARTISTAS, LIBROS Y CANCIONES.-
QUE ES NECESARIO EJERCER LA MEMORIA COMO HERRAMIENTA DE DEFENSA DE LOS POSTULADOS DE LOS CIUDADANOS ARGENTINOS, LA DEMOCRACIA, LA JUSTICIA, QUE COMO LOS DERECHOS HUMANOS NO SON PROPIEDAD DE NINGÚN PARTIDO NI SECTOR SINO DE TODA LA SOCIEDAD.-
QUE ES NECESARIO PROFUNDIZAR EL PEDIDO DE CONTINUACIÓN DE LOS JUICIOS Y EL PEDIDO DE CÁRCEL EFECTIVA Y COMÚN PARA TODOS Y CADA UNO DE LOS REPRESORES MILITARES Y SUS CÓMPLICES CIVILES.-
QUE ES NECESARIA LA MEMORIA POR FORZAR LA BÚSQUEDA DE LA IDENTIDAD DE LOS NIETOS QUE FALTAN RECUPERAR.-
QUE EL HCD DE NUESTRO DISTRITO NO PUEDE SER AJENO A LA BÚSQUEDA PERMANENTE DE MEMORIA, VERDAD Y JUSTICIA.-
QUE EN MEMORIA DE JULIO PACHECO, OMAR BEAIN, MARÍA HEBE TRAFICANTE, MÓNICA GONZALES BELÍO, ROBERTO BASILE, MARIANA ERIZE Y LOS 30000 DETENIDOS DESAPARECIDOS ES QUE PRESENTAMOS ESTE PROYECTO.-
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUAREZ EN USO DE SUS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS, RESUELVE Y:
O R D E N A
ARTÍCULO 1º: ADHIÉRASE EL MUNICIPIO DE BENITO JUÁREZ A LAS LEYES PROVINCIALES Nº 12483 Y Nº 13179 LEY PROVINCIAL DE LA MEMORIA PERMANENTE DEL 24 DE MARZO DE 1976.-
ARTÍCULO 2º: EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL DESIGNARÁ UN REPRESENTANTE, AD HONOREN, ANTE LA COMISIÓN PROVINCIAL DE MEMORIA (LEY 12483) A LOS EFECTOS DE COORDINAR LA EJECUCIÓN DE LOS ACTOS DISPUESTOS POR LA LEY DE LA MEMORIAS PERMANENTE DEL 24 DE MARZO DE 1976 A LA QUE POR LA PRESENTE, NUESTRO MUNICIPIO ADHIERE.-
ARTÍCULO 3º: COMUNÍQUESE AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS TRECE DÍAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE.-
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