Ordenanza Nro: 5395

ORDENANZA MUNICIPAL Nº 5395/2019

MODIFICADA POR ORDENANZA MUNICIPAL Nº 6020/2024 (ARTÍCULO 5º)

 

VISTO
LAS FACULTADES QUE LE OTORGA LA LEY ORGÁNICA DE LAS MUNICIPALIDADES A ESTE HONORABLE CUERPO Y
CONSIDERANDO
QUE EN NUESTRO DISTRITO SE VIENEN LLEVANDO A CABO EN DISTINTOS BARRIOS Y DELEGACIONES COMO POR EJEMPLO, BARRIO MOLINO, VILLA RIEL PACHÁN, VILLA CACIQUE BARKER, ETC., OBRAS DE REDES CLOACALES,
QUE LA REALIDAD MARCA QUE MAS DE MIL QUINIENTOS FRENTISTAS SERÁN BENEFICIADOS POR ESTAS IMPORTANTES OBRAS QUE VAN A MEJORAR SUSTANCIALMENTE SU CALIDAD DE VIDA, ELIMINANDO LA UTILIZACIÓN DE LOS DENOMINADOS POZOS CIEGOS,
QUE HACIENDO UN ANÁLISIS DE LA SITUACIÓN EN GENERAL, LLEGAMOS A LA CONCLUSIÓN DE QUE UNA PORCIÓN DE ESTOS VECINOS NO ESTARÍAN EN CONDICIONES ECONÓMICAS DE AFRONTAR EL COSTO DE REALIZAR LA CONEXIÓN A LA RED CLOACAL DESDE SU VIVIENDA A DICHA RED,
QUE CREEMOS QUE PARA ESTE TIPO DE CASOS DEBE SER EL ESTADO QUIEN APORTE EL DINERO PARA QUE EL VECINO CUYA SITUACIÓN SOCIO – ECONÓMICA NO LE PERMITA ACCEDER AL SERVICIO PUEDA HACERLO.-
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUAREZ EN USO DE SUS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS, RESUELVE Y:
O R D E N A
ARTÍCULO 1º: CREASE EN EL PARTIDO DE BENITO JUÁREZ EL PROGRAMA SANITARIO MUNICIPAL DE CONEXIONES DE REDES CLOACALES INTERNAS DOMICILIARIAS, EL CUAL SERÁ DENOMINADO COMO «PLAN MEJOR VIVIR».
ARTÍCULO 02: EL OBJETIVO DEL PRESENTE PLAN SERÁ OTORGAR FONDOS REINTEGRABLES Y NO REINTEGRABLES A VECINOS PARA LA CONSTRUCCIÓN, TERMINACIÓN Y/O CONEXIÓN DE LA RED DE DESAGÜES CLOACALES INTERNAS DOMICILIARIAS, PUDIENDO DESTINAR EL MISMO TANTO PARA COMPRA DE MATERIALES COMO PARA MANO DE OBRA, O AMBAS.
ARTÍCULO 03: PARA DAR CUMPLIMIENTO A LO MENCIONADO EN LOS ARTÍCULOS PRECEDENTES EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO CREARA UN FONDO DENOMINADO «FONDO PARA OBRAS DE CONEXIONES DE REDES CLOACALES INTERNAS DOMICILIARIAS – PLAN MEJOR VIVIR», PARA EL CUAL SE DESTINARÁ LA SUMA INICIAL DE $ 2000000,00 (PESOS DOS MILLONES) CUYAS CUENTAS SERÁN:
RECURSOS 171.0101 » FONDO MUNICIPAL PARA OBRAS DE CONEXIONES DE REDES CLOACALES INTERNAS DOMICILIARIAS»
GASTOS: JURISDICCIÓN 1110109000: SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL
CATEGORÍA PROGRAMÁTICA: 010100 ADMINISTRACIÓN Y CONDUCCIÓN
OBJETO DE GASTOS: 5140 AYUDAS SOCIALES A PERSONAS
ARTÍCULO 04: TENDRÁN ACCESO A LOS BENEFICIOS DEL PRESENTE PLAN, LOS VECINOS DEL PARTIDO DE BENITO JUÁREZ INTERESADOS EN LA CONSTRUCCIÓN Y/O CONEXIÓN DE REDES DE DESAGÜES CLOACALES INTERNAS DOMICILIARIAS.
LOS INTERESADOS DEBERÁN PRESENTAR LA SIGUIENTE DOCUMENTACIÓN EN LA SECRETARIA DE INFRAESTRUCTURA, VIVIENDA Y SERVICIOS PÚBLICOS CON LA CUAL SE CONFECCIONARA EL EXPEDIENTE PARA DAR INICIO A LA SOLICITUD:
-NOTA DIRIGIDA A LA COMISIÓN SOLICITANDO EL FONDO REINTEGRABLE O NO REINTEGRABLE PARA REALIZACIÓN DE OBRA DE CONEXIÓN CLOACAL ,DESCRIBIENDO CARACTERÍSTICAS DE LA MISMA E INDICANDO SI ES PARA FINANCIAR MATERIALES, MANO DE OBRA , O AMBOS.
-DOCUMENTACIÓN DEL INMUEBLE ACREDITANDO SU PROPIEDAD.
-RECIBO DE INGRESOS EN CASO DE TENERLOS.
-DOS PRESUPUESTOS DE LA OBRA A REALIZAR, MATERIALES, MANO DE OBRA, ETC.
-UN CROQUIS A MANO ALZADA DE LA OBRA A REALIZAR.
ARTÍCULO 05: CREASE UNA COMISIÓN ASESORA Y EVALUADORA LA CUAL SE DENOMINARÁ “COMISIÓN ESPECIAL FONDO PLAN MEJOR VIVIR” CUYA FUNCIÓN SERÁ:
A) ÁREA ADMINISTRATIVA
-ASESORAR A LOS INTERESADOS.
-RECEPTAR LAS SOLICITUDES.
-EVALUAR LAS NECESIDADES.
-TRANSMITIR LOS RESULTADOS DE LA EVALUACIÓN.
B) ÁREA TÉCNICA
-EMITIR OPINIONES SOBRE LOS VALORES CONSIGNADOS POR LOS PETICIONANTES, COMO ASÍ TAMBIÉN SOBRE LA ELABORACIÓN DEL PROYECTO Y CROQUIS DEL MISMO.
-VIGILAR Y CONTROLAR LA MARCHA DE LOS TRABAJOS.
-ANALIZAR COMPARATIVAMENTE LOS MONTOS SOLICITADOS CON LOS EXISTENTES EN PLAZA, EN EL MOMENTO DE PONDERACIÓN.
-BRINDAR ASESORAMIENTO EN EL CASO DE QUE EL VECINO PETICIONANTE LO REQUIERA.
TODAS LAS ACTIVIDADES DE ESTA COMISIÓN ESTÁN ENMARCADAS DENTRO DEL ARTICULO N° 178, INC.3 DE LA LEY ORGÁNICA DE LAS MUNICIPALIDADES.
LA COMISIÓN MENCIONADA ESTARÁ INTEGRADA POR REPRESENTANTES DEL DEPARTAMENTO EJECUTIVO (DESARROLLO SOCIAL, SECRETARIA DE INFRAESTRUCTURA, VIVIENDA Y SERVICIOS), HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE (UN INTEGRANTE POR LA MAYORÍA Y OTRO POR LA MINORÍA) JUNTA DE COMISIONES VECINALES, Y CUALQUIER OTRO REPRESENTANTE QUE OPORTUNAMENTE SE JUZGUE IDÓNEO.
ARTÍCULO 06: LOS MIEMBROS DE LA COMISIÓN MENCIONADA EN EL ART.5° DURARAN 1 (UN) AÑO EN SUS FUNCIONES, PUDIENDO LUEGO DE CULMINADO SU MANDATO SER INTEGRANTES DE LA MISMA POR UN NUEVO PERIODO. CONSTITUIDA ÉSTA ELEGIRÁ DE SU SENO UN SECRETARIO QUE SERÁ ENCARGADO DE:
-CITAR A REUNIONES.
-COORDINAR LAS MISMAS.
-FIRMAR LA CORRESPONDENCIA.
-LLEVAR UN REGISTRO DE LAS RESOLUCIONES DE LA COMISIÓN QUE DEBEN SER REFRENDADAS EN CADA CASO, POR LOS INTEGRANTES, HACIENDO CONSTATAR CUANDO ELLO OCURRA, LAS AUSENCIAS O DESPACHOS EN DISIDENCIA.
-DIAGRAMAR LAS TAREAS DEL PERSONAL DISPUESTO EN EL ART. 5°.

ARTÍCULO 07: A LOS FINES DEL FUNCIONAMIENTO DE ESTA COMISIÓN EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO BRINDARÁ UN ESPACIO FÍSICO PARA LAS REUNIONES, COMO ASÍ TAMBIÉN PONDRÁ A DISPOSICIÓN DE LA MISMA, FUNCIONARIOS Y TRABAJADORES SOCIALES.
ARTÍCULO 08: LA FUNCIÓN DE LOS/AS TRABAJADORES SOCIALES TENDRÁ COMO OBJETO DESCRIBIR LA SITUACIÓN SOCIO-ECONÓMICA DEL PETICIONANTE, ACONSEJANDO A LA “COMISIÓN” Y ELABORANDO UN INFORME QUE SERÁ ANEXADO EN EL EXPEDIENTE EN EVALUACIÓN.
ARTÍCULO 09: EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO, UNA VEZ RECIBIDO EL INFORME EVALUATORIO ELEVADO POR LA COMISIÓN, SOLICITARÁ AL ORGANISMO QUE CORRESPONDA EL INFORME RESPECTIVO QUE DETERMINE EL LIBRE DE DEUDA MUNICIPAL DEL BIEN DONDE SE REALIZARÁ LA OBRA. RECEPCIONADO EL INFORME SE PROCEDERÁ A DICTAR POR EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO EL DECRETO DE OTORGAMIENTO CORRESPONDIENTE.
ARTÍCULO 10: LOS FONDOS DE CARÁCTER REINTEGRABLES SERÁN DEVUELTOS EN UN MÁXIMO 24 (VEINTICUATRO) CUOTAS MENSUALES, IGUALES Y CONSECUTIVAS. EL NÚMERO DE LAS MISMAS SERÁN DETERMINADAS POR LA COMISIÓN, QUE FIJARÁ, EN CADA CASO, EL MONTO QUE NO PODRÁ EXCEDER EL 20% DE LOS INGRESOS DEL GRUPO FAMILIAR. LAS CUOTAS COMENZARÁN A ABONARSE DESDE EL 1° AL 10° DEL MES SIGUIENTE A LA CERTIFICACIÓN DEL FINAL DE OBRA, NO PUDIENDO ESTA EXCEDER LOS CIENTO VEINTE (120) DÍAS DE CONSTRUCCIÓN. EL INTERÉS A APLICAR ES EL 12% (DOCE POR CIENTO) ANUAL CON SISTEMA DE AMORTIZACIÓN FRANCÉS.
ARTÍCULO 11: DE LAS CERTIFICACIONES Y DESEMBOLSOS.
LA MUNICIPALIDAD POR INTERMEDIO DEL INFORME SUSCRIPTO A TRAVÉS DE LA COMISIÓN, EFECTIVIZARA LOS DESEMBOLSOS CORRESPONDIENTES DE LA SIGUIENTE MANERA:
– PRIMERO UN 50 % Y LUEGO EL 50% RESTANTE, CONTRA PRESENTACIÓN DE FACTURA Y AVANCE DE OBRA POR PARTE DE LOS BENEFICIARIOS (COMPRA DE MATERIALES, ETC.).
ARTÍCULO 12: LOS BENEFICIARIOS, SIN PERJUICIO DE LA OBLIGATORIEDAD DE LA CUOTA ESTABLECIDA, PODRÁN REALIZAR AMORTIZACIONES, A LAS QUE SE LES DARÁ EL CARÁCTER DE EXTRAORDINARIAS.
ARTÍCULO 13: EL CERTIFICADO FINAL DE OBRA SERÁ EXTENDIDO POR LA SECRETARIA DE INFRAESTRUCTURA, VIVIENDA Y SERVICIOS PÚBLICOS EN LA CIUDAD CABECERA Y POR LA COOPERATIVA DE SERVICIOS PÚBLICOS DE BARKER LTDA. EN BARKER Y VILLA CACIQUE, UNA VEZ EVALUADOS LOS INFORMES DE LA COMISIÓN.
ARTÍCULO 14: LOS FONDOS PROVENIENTES DE LA DEVOLUCIÓN DE LOS MONTOS REINTEGRABLES, REINGRESARAN A LA CUENTA “FONDO PARA OBRAS DE CONEXIONES DE REDES CLOACALES INTERNAS DOMICILIARIAS –PLAN MEJOR VIVIR”, CON EL OBJETO DE FACILITAR NUEVAS OBRAS.
ARTÍCULO 15: COMUNÍQUESE AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTIOCHO DÍAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE.-

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