Ordenanza Nro: 5356

ORDENANZA MUNICIPAL Nº 5356/2018
VISTO
LO ACTUADO EN EL EXPEDIENTE LETRA «P» Nº 83/2018, EN EL CUAL A FOJAS 2 EL DIRECTOR GENERAL DE LA AGENCIA DE DESARROLLO LOCAL, SUGIERE LA ADHESIÓN A LA RESOLUCIÓN Nº 51/2010 DEL MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, REFERENTE A HABILITACIÓN DE FÁBRICAS DE CHACINADOS FRESCOS, ESTABLECIMIENTOS CATEGORÍA «C», CON LA CUAL EL MUNICIPIO PASARÍA A GESTIONAR, CONTROLAR Y ORIENTAR A PRODUCTORES LOCALES ANTE EL MINISTERIO LAS HABILITACIONES E INSCRIPCIONES DE ESTABLECIMIENTOS PREVISTOS EN EL DECRETO REGLAMENTARIO NO 2464/97 DE LA LEY PROVINCIAL DE CARNES Nº 11123.
QUE DE FOJAS 4 A 7 OBRA COPIA DE LA RESOLUCIÓN Nº 51/2010 DEL MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES;
QUE EN EL ARTÍCULO 2º DE LA CITADA RESOLUCIÓN APRUEBA EL CONVENIO TIPO A SUSCRIBIR ENTRE EL MINISTERIO Y LAS MUNICIPALIDADES QUE ADHIERAN, CUYO MODELO OBRA A FOJAS 16 Y 17;
QUE A FOJAS 20 OBRA DESPACHO FAVORABLE DE LA DIRECTORA DE BROMATOLOGÍA E HIGIENE.-
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUAREZ EN USO DE SUS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS, RESUELVE Y:
O R D E N A
ARTÍCULO 1º: ADHIÉRASE EL MUNICIPIO DE BENITO JUÁREZ, A LA RESOLUCIÓN NO 51/2010 — FABRICA DE CHACINADOS FRESCOS, ESTABLECIMIENTOS DE CATEGORÍA «C», DEL MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, EN BASE A LOS TÉRMINOS DE LA LEY Nº 11. 123 Y DE ACUERDO A LO ACTUADO EN EL EXPEDIENTE LETRA “P» Nº 83/2018.-
ARTÍCULO 2º: AUTORIZASE AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO A SUSCRIBIR UN CONVENIO CON EL MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, CUYO MODELO OBRA A FOJAS 16 Y 17 DEL EXPEDIENTE “P” Nº 83/2018.-
ARTÍCULO 3º: COMUNIQUESE AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTINUEVE DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO.-

Print Friendly, PDF & Email
Print Friendly, PDF & Email