ORDENANZA MUNICIPAL Nº 5328/2018
VISTO:
LAS FACULTADES QUE OTORGA LA LEY ORGÁNICA DE LAS MUNICIPALIDADES A ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, DE DICTAR ORDENANZAS EN CUANTO AL ORDENAMIENTO DEL TRÁNSITO Y CIRCULACIÓN DE LAS CALLES TRATANDO DE MINIMIZAR ACCIDENTES Y HACER AL MISMO MÁS FLUIDO;
CONSIDERANDO
LA SOLICITUD QUE NOS HAN HECHO LOS VECINOS DE LA CALLE ALMAFUERTE/ PELLEGRINI, EN CUANTO A LA PROBLEMÁTICA DE LA DOBLE CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS POR ESA ARTERIA;
QUE AL SER DEL ANCHO DE UNA CALLE CONVENCIONAL, NO SOLO ES PELIGROSO EL CRUCE DE LA MISMA AVENIDA LIBERTAD, DE LA QUE VIENEN DE AMBAS MANOS, SINO TAMBIÉN CUANDO HAY VEHÍCULOS ESTACIONADOS EN AMBAS ACERAS SE HACE DIFICULTOSO EL CRUCE EN SENTIDO CONTRARIO;
QUE SERÁ BENEFICIOSO QUE EL SENTIDO DE CIRCULACIÓN DE LAS MISMAS SE CONTINÚE TAL COMO ES LA CALLE PELLEGRINI ENTRE LA AVENIDA SAAVEDRA Y LA AVENIDA ZABALZA.-
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUAREZ EN USO DE SUS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS, RESUELVE Y:
O R D E N A
ARTÍCULO 1º.- ESTABLÉZCASE COMO SENTIDO ÚNICO DE CIRCULACIÓN, SUDOESTE/NORESTE DE LA CALLE Nº 41 (PELLEGRINI/ALMAFUERTE) ENTRE LA AVENIDA ZABALZA Y ROQUE SÁENZ PEÑA.-
ARTÍCULO 2º.- EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO DEBERÁ SEÑALIZAR, MEDIANTE CARTELERÍA IDENTIFICADORA, EL SENTIDO DE DICHAS CALLES.-
ARTÍCULO 3°: EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO DISPONDRÁ DE LAS PARTIDAS NECESARIAS PARA LLEVAR ADELANTE LO ORDENADO EN LOS ARTÍCULOS PRECEDENTES.-
ARTÍCULO 4º.- COMUNIQUESE AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS TRECE DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO.-
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