ORDENANZA MUNICIPAL N° 5177/2017.-
VISTO LA NECESIDAD DE CONTAR CON EL SERVICIO DE ?BUFFET? EN EL CENTRO REGIONAL UNIVERSITARIO (C. R. U.); Y
CONSIDERANDO QUE AL CENTRO DE ESTUDIOS MENCIONADO CONCURREN A DIARIO ENTRE 170 Y 230 ALUMNOS; LOS CUALES FORMAN LA MATRÍCULA DE LAS 6 CARRERAS EXISTENTES EN LA ACTUALIDAD; MÁS UN PLANTEL QUE SUPERA LAS 50 PERSONAS INTEGRADO POR DOCENTES, DIRECTIVOS Y PERSONAL MUNICIPAL ENCARGADO DE LA LIMPIEZA, MANTENIMIENTO Y SERENOS.
QUE LA MAYORÍA DE LOS ALUMNOS INGRESAN AL LUGAR A PARTIR DE LAS 14 HS., Y MUCHOS DE ELLOS LO HACEN A CONTINUIDAD DE SU JORNADA LABORAL; SIN DISPONER DE TIEMPO PARA PASAR POR SUS HOGARES ENTRE SUS LUGARES DE TRABAJO Y ESTUDIO.
QUE ALGUNOS DE ESTOS ALUMNOS CONCURREN DESDE OTRAS LOCALIDADES DE NUESTRO PARTIDO (COMO BARKER Y VILLA CACIQUE) LO CUAL HACE AÚN MAYOR LA CANTIDAD DE HORAS EN QUE SE ALEJAN DE SUS HOGARES Y LA DISTANCIA A LOS MISMOS.
QUE LOS HORARIOS DE CURSADA SE EXTIENDEN POR VARIAS HORAS, HACIENDO EXTENSAS LAS JORNADAS, ESPECIALMENTE PARA LOS ALUMNOS QUE CON SU ESFUERZO Y ESMERO COMBINAN TRABAJO Y ESTUDIO.
QUE DE LO CHARLADO CON ALUMNOS, PROFESORES Y DIRECTOR DEL C. R. U. PROF. FERNANDO MARELLI EXPRESAN QUE SERÍA BENEFICIOSO CONTAR CON EL SERVICIO MENCIONADO, E INCLUSIVE EXISTE LUGAR FÍSICO PARA ADOPTAR LA IMPLEMENTACIÓN DEL MISMO.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUÁREZ EN USO DE SUS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS, RESUELVE Y:
O R D E N A
ARTÍCULO 1°.- CRÉASE LA FIGURA DE ?BUFFET SALUDABLE? PARA EL ?CENTRO REGIONAL UNIVERSITARIO?; SEDE DEL ?INSTITUTO SUPERIOR DEL SUDESTE? (DIPREGEP NRO. 6400); CUYO FUNCIONAMIENTO SE LLEVARÁ A CABO DENTRO DEL ESTABLECIMIENTO, EN EL LUGAR DISPUESTO PARA EL MISMO (VER ANEXO I); ENTENDIÉNDOSE AL MISMO COMO PUESTO DE DISTRIBUCIÓN Y VENTAS DE ALIMENTOS ENVASADOS Y/O PRE-ELABORADOS, CON EL OBJETO DE ATENDER LA DEMANDA Y PROMOVER BUENOS HÁBITOS ALIMENTARIOS A TRAVÉS DE UNA OFERTA VARIADA DE ALIMENTOS SALUDABLES. COMO ASÍ TAMBIÉN PODRÁ PRESTAR SERVICIOS ACORDES A LAS NECESIDADES DE LOS ALUMNOS, POR EJEMPLO SERVICIO DE COPIADO, FOTOCOPIADO, ETC..-
ARTÍCULO 2°.- LA PRESENTE ORDENANZA TIENE POR OBJETIVO IMPLEMENTAR EL FUNCIONAMIENTO DEL SERVICIO DE ?BUFFET SALUDABLE? EN EL ?CENTRO REGIONAL UNIVERSITARIO? TENIENDO EN CUENTA LAS SIGUIENTES PAUTAS:
ATENDER LA DEMANDA Y PROMOVER UNA ALIMENTACIÓN SALUDABLE QUE FAVOREZCA LA INCORPORACIÓN DE NUEVOS HÁBITOS, A COSTOS ACCESIBLES, PARA MEJORAR LA CALIDAD DE VIDA DE LA POBLACIÓN BENEFICIARIA.
INCLUIR ACCIONES VINCULADAS A ESTILOS DE VIDA SALUDABLES, COMO TALLERES EXTRACURRICULARES PARA ALUMNOS, EDUCADORES Y ENCUENTROS CON PROFESIONALES DEL ÁREA DE SALUD.
DEBERÁ CONTAR CON ALIMENTOS APTOS PARA CELIACOS, LOS QUE DEBERÁN ESTAR DEBIDAMENTE ETIQUETADOS.
PODRÁ IMPLEMENTAR CUALQUIER OTRA POLÍTICA DE SERVICIO DE ACUERDO A LAS NECESIDADES PROPIAS DEL ESTABLECIMIENTO, PREVIA AUTORIZACIÓN RESPECTIVA.
ARTÍCULO 3°.- LA AUTORIDAD DE APLICACIÓN DE LA PRESENTE ORDENANZA SERÁ LA DIRECCIÓN DE COMERCIO Y MINERÍA DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUÁREZ, LA CUAL SOLICITARÁ A OTRAS ÁREAS PERTINENTES LA CONFECCIÓN Y ELABORACIÓN DE LAS RECOMENDACIONES NUTRICIONALES Y OTRAS QUE CREA CONVENIENTES PARA EL FUNCIONAMIENTO DEL ?BUFFET SALUDABLE?.
ARTÍCULO 4°.- AUTORIZASE AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL (D. E. M.) A LLAMAR A COMPULSA PÚBLICA PARA OTORGAR LA CONCESIÓN DE LA EXPLOTACIÓN DEL SERVICIO DE ?BUFFET SALUDABLE? EN EL CENTRO REGIONAL UNIVERSITARIO DE LA CIUDAD DE BENITO JUÁREZ, A TRAVÉS DEL PROCEDIMIENTO QUE POR LEY CORRESPONDA Y POR EL PLAZO Y LAS CONDICIONES QUE CONVENIENTEMENTE DETERMINE.
ARTÍCULO 5°.- COMUNIQUESE AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTISIETE DÍAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE.-
Recibí en tu correo nuestras Notificaciones