ORDENANZA MUNICIPAL N° 5171/2017.-
VISTO EL EXPEDIENTE LETRA ??V? Nº 09/2017 REFERIDO A LA POSIBILIDAD DE CONTRAER UN EMPRÉSTITO CON EL BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, DE HASTA UN TOTAL DE PESOS DOS MILLONES QUINIENTOS MIL ($ 2500000,00), PARA LA INCORPORACIÓN DE NUEVO EQUIPAMIENTO, DADO EL PLAN DE OBRAS DISEÑADO Y LAS NECESIDADES QUE SE SUMAN PARA PODER REALIZAR UN SERVICIO EFICIENTE PARA CON EL SECTOR AGROPECUARIO
QUE EL IMPORTE DEL EMPRÉSTITO SERÁ DESTINADO A LA COMISIÓN VIAL RURAL MUNICIPAL PARA LA COMPRA DE EQUIPAMIENTO QUE A CONTINUACIÓN SE DETALLA: UN (1) TRACTOR DOBLE TRACCIÓN ENTRE 140 Y 160 HP, DOS (2) ACOPLADOS TANQUE REGADOR A PRESIÓN CON EQUIPAMIENTO DE SUCCIÓN EN CAVA Y UNA (1) CAMIONETA DOBLE CABINA 4X2,
QUE DE ACUERDO A LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 46 DE LA L.O.M. REFERENTE A LA AUTORIZACIÓN DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE PARA EL ENDEUDAMIENTO MEDIANTE LA SOLICITUD DE UN PRÉSTAMO,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUAREZ EN USO DE SUS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS, RESUELVE Y:
O R D E N A
ARTICULO 1º: FACULTASE AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO A CONTRAER CON EL BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES UN EMPRÉSTITO DE HASTA LA SUMA DE PESOS DOS MILLONES QUINIENTOS MIL ($ 2500000.-)
ARTÍCULO 2º: EL PRÉSTAMO QUE SE AUTORIZA A CONTRAER EN EL ARTÍCULO 1º, ESTARÁ SUJETO A LAS SIGUIENTES CONDICIONES FINANCIERAS:
PLAZO Y FORMA DE PAGO: PRÉSTAMO AMORTIZABLE A INTERÉS VENCIDO, APLICÁNDOSE EL SISTEMA DE AMORTIZACIÓN ALEMÁN. PLAZO: TREINTA Y SEIS (36) MESES. CON UN PERIODO DE GRACIA OBLIGATORIO DE ONCE (11) MESES.
AMORTIZACIÓN DE CAPITAL: CUOTAS DE AMORTIZACIÓN DE CAPITAL CONSTANTES (SISTEMA ALEMÁN).
TASA DE INTERÉS APLICABLE: TASA FIJA: 17% T.N.A.V.
PERÍODO DE INTERESES: MENSUAL.
COMISIÓN: SERÁ DEL DOS POR CIENTO (2%) SOBRE EL TOTAL DEL PRÉSTAMO A DESCONTAR POR ÚNICA VEZ EN FORMA ADELANTADA AL MOMENTO DE EFECTIVIZARSE LA OPERACIÓN.
ARTÍCULO 3º: EL IMPORTE DEL EMPRÉSTITO SERÁ DESTINADO A LA COMISIÓN VIAL RURAL MUNICIPAL PARA LA COMPRA DE EQUIPAMIENTO QUE A CONTINUACIÓN SE DETALLA: UN (1) TRACTOR DOBLE TRACCIÓN ENTRE 140 Y 160 HP, DOS (2) ACOPLADOS TANQUE REGADOR A PRESIÓN CON EQUIPAMIENTO DE SUCCIÓN EN CAVA Y UNA (1) CAMIONETA DOBLE CABINA 4X2.
ARTICULO 4º: LA OBLIGACIÓN DE PAGO A ASUMIR POR LA MUNICIPALIDAD SERÁ GARANTIZADA MEDIANTE LA AFECTACIÓN DE LOS RECURSOS QUE LE CORRESPONDAN AL MUNICIPIO POR EL RÉGIMEN DE COPARTICIPACIÓN DE IMPUESTOS NACIONALES Y PROVINCIALES (LEY 10559 Y MODIFICATORIAS), CEDIENDO LOS MISMOS COMO MEDIO DE PAGO DE LAS OBLIGACIONES EMERGENTES DEL PRESENTE PRÉSTAMO.
POSTERIORMENTE A QUE SE EFECTIVICEN LAS RETENCIONES PREVISTAS POR LA LEY, SE AUTORIZA AL BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES A RETENER LAS SUMAS NECESARIAS PARA CUBRIR EL PAGO DE AMORTIZACIONES, INTERESES O CUALQUIER OTRO GASTO QUE ORIGINE CON MOTIVO DEL PRESENTE PRÉSTAMO.
A PEDIDO DEL BANCO, ESTA GARANTÍA PODRÁ REEMPLAZARSE POR LA CESIÓN DE LOS DERECHOS DE LA RECAUDACIÓN DE TASAS MUNICIPALES.
ARTICULO 5º: EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO PREVERÁ EN LOS INSTRUMENTOS PRESUPUESTARIOS VIGENTES Y EN LOS FUTUROS, LOS RUBROS Y PARTIDAS NECESARIAS PARA DAR INGRESO A LOS RECURSOS REFERIDOS Y EGRESOS DE LOS FONDOS PARA ATENDER LOS SERVICIOS DE LA DEUDA HASTA SU TOTAL CANCELACIÓN.
ARTICULO 6º: AUTORIZASE AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO A SUSCRIBIR LOS CONVENIOS Y DEMÁS DOCUMENTACIÓN QUE RESULTEN NECESARIOS A LOS FINES DE POSIBILITAR LA CONCRECIÓN DE LA PRESENTE OPERATORIA.
ARTICULO 7º: GÍRESE LA PRESENTE AL MINISTERIO DE ECONOMÍA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES A LOS EFECTOS DE QUE PROCEDA A EMITIR EL INFORME TÉCNICO Y DE EVALUACIÓN SEGÚN LO DISPUESTO EN LAS LEYES 12462 Y 13295.
ARTICULO 8º: POSTERIORMENTE GÍRESE LA PRESENTE AL HONORABLE TRIBUNAL DE CUENTAS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES A LOS EFECTOS DE QUE PROCEDA A TOMAR LA INTERVENCIÓN DE SU COMPETENCIA.
ARTICULO 9º:.COMUNÍQUESE AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS DOCE DIAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE.-
Recibí en tu correo nuestras Notificaciones