ORDENANZA MUNICIPAL Nº 5047/2016.-
MODIFICADA POR ORDENANZA MUNICIPAL N° 5634/2021
VISTO:
LAS FACULTADES QUE LE OTORGA LA CARTA ORGÁNICA DE LAS MUNICIPALIDADES A ESTE HONORABLE CUERPO Y;
CONSIDERANDO:
LAS INQUIETUDES MANIFESTADAS POR VECINOS, DELEGADO MUNICIPAL Y PERSONAL DE MINERÍA, COMERCIO Y TRANSITO DE LA LOCALIDAD DE BARKER Y VILLA CACIQUE, SOBRE EL TRÁNSITO DE VEHÍCULOS PESADOS EN LA PLANTA URBANA Y EL DETERIORO DE LAS CALLES SEAN ASFALTADAS O NO, ES NECESARIO LEGISLAR DICHO TRÁNSITO Y REORGANIZAR LA CIRCULACIÓN DEL TRÁNSITO PESADO.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUAREZ EN USO DE SUS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS, RESUELVE Y:
O R D E N A
ARTICULO 1: PROHÍBASE LA CIRCULACIÓN Y ESTACIONAMIENTO DE CAMIONES Y/O CON ACOPLADO, BATEAS, TOLVAS O SIMILARES; Y CHASIS O TRACTOR CUYO PESO SEA SUPERIOR A LOS 8000 KG. DURANTE LAS 24 HS. DEL DÍA EN LAS SIGUIENTES ARTERIAS DE LA LOCALIDAD DE BARKER:
RICARDO GUIRALDES
J. NEWBERY
GRAL. MANUEL SAVIO
GRAL. MOSCONI
AV. FORTABAT
ESPETXE
FINOCHIETTO
DE LA VIRGEN
RAMÓN FALCÓN
MARIANO ROLDAN
MACHADO
ANTÁRTIDA ARGENTINA
G. ORDAS
H. WAST
ALMAFUERTE
CONSTANCIO C. VIGIL
JOSÉ INGENIEROS
ALFONSINA STORNI
ARTÍCULO 2: DICHO TRÁNSITO VEHICULAR DEBERÁ SER DESVIADO POR LAS SIGUIENTES ARTERIAS:
CERRITO
MISTRAL
MALVINAS ARGENTINAS
VUCETICH
JOSÉ INGENIEROS ENTRE CERRITO Y MALVINAS ARGENTINAS
ARTÍCULO 3: PROHÍBASE LA CIRCULACIÓN Y ESTACIONAMIENTO DE CAMIONES Y/O CON ACOPLADO, BATEAS, TOLVAS O SIMILARES, Y CHASIS O TRACTOR CUYO PESO SEA SUPERIOR A LOS 8000 KG DURANTE LAS 24 HS. DEL DÍA EN LAS SIGUIENTES ARTERIAS DE LA LOCALIDAD DE VILLA CACIQUE:
DIAGONAL 25 DE MAYO
TUCUMÁN
CATAMARCA
CHACO
FORMOSA
SALTA
JUJUY
SANTIAGO DEL ESTERO
ENTRE RÍOS
SANTA FE
VUELTA DE OBLIGADO
LA RIOJA
SAN JUAN
SAN LUIS
CÓRDOBA
MISIONES
MARIANO MORENO
DORREGO
GENERAL SAN MARTIN
GRAL. BELGRANO
JOSÉ HERNÁNDEZ
ALTE. BROWN
PTE. SARMIENTO
DR. BENITO JUÁREZ
DR. ROJAS
HIPÓLITO IRIGOYEN
CANADÁ
COSTA RICA
JAMAICA
HAITÍ
REP. DOMINICANA
PUERTO RICO
GUATEMALA
HONDURAS
NICARAGUA
MÉXICO
VENEZUELA
ECUADOR
PARAGUAY
REP. BAHAMAS
TRINIDAD Y TOBAGO
BOLIVIA
BRASIL
PANAMÁ
CHILE
CUBA
GUAYANA
GEORGIAS DEL SUR
COLOMBIA
ARTÍCULO 4: DICHO TRÁNSITO VEHICULAR DEBERÁ SER DESVIADO POR LAS SIGUIENTES ARTERIAS:
VUELTA DE OBLIGADO ENTRE BELGRANO E ISLAS MALVINAS
MISIONES Y SALVADOR ALLENDE DESDE MISIONES HASTA SAN LUIS
ISLAS MALVINAS
ARTICULO 5: QUEDAN EXCLUIDAS DE LA PROHIBICIÓN ESTABLECIDA EN LOS ART. 1 Y 3 LAS SIGUIENTES SITUACIONES:
TRANSPORTE DE COMBUSTIBLES.
REPARACIONES EN TALLERES Y/O LOCALES QUE CUENTEN CON HABILITACIÓN CORRESPONDIENTE Y QUE PRESTEN SERVICIOS A LOS MENCIONADOS EN EL ART. 1 Y 3 DENTRO DEL HORARIO ESTABLECIDO EN EL ART.6.-
VEHÍCULOS DE EMERGENCIA Y SEGURIDAD
TRANSPORTE DE CAUDALES.
LOS CASOS DE NECESIDAD DEBIDAMENTE JUSTIFICADA, EVENTUAL O PERMANENTE, CON EXPRESA AUTORIZACIÓN ESCRITA EMITIDA POR LA DELEGACIÓN MUNICIPAL DE BARKER O EN SU DEFECTO AUTORIDAD DE TRANSITO COMUNAL.
ARTÍCULO 6: LAS OPERACIONES DE CARGA Y DESCARGA EN LAS ZONAS ESTABLECIDAS EN EL ART. 1, 2, 3 Y 4 DE LA PRESENTE ORDENANZA SERÁN REALIZADA CON VEHÍCULOS CUYO CHASIS Y CARGA SEA INFERIOR A 8000 KG. POR LAS ARTERIAS QUE CONFORMAN EL PERÍMETRO DE LAS ZONAS LIMITADAS.
HORARIO DE INVIERNO 8:00 A 11:30HS. Y DE 14:00 A 17:00 HS.
HORARIO DE VERANO 7:00 A 11:30 HS. Y DE 15:00 A 19:00 HS.
ARTICULO 7: EL INCUMPLIMIENTO A LAS DISPOSICIONES DE LA PRESENTE O.M. SERÁ SANCIONADO CON UNA MULTA DE 100 UF A 300 UF. CONFORME EL RÉGIMEN DE PENAS ESTABLECIDO POR LA LEY NACIONAL N° 24449; LA LEY PROVINCIAL N° 13927 Y DECRETO REGLAMENTARIO 532/09.
ARTÍCULO 8: EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO PROCEDERÁ A REALIZAR LA SEÑALIZACIÓN CORRESPONDIENTE.
ARTICULO 9: LOS GASTOS QUE DEMANDE LA APLICACIÓN DE LA PRESENTE ORDENANZA SERÁN IMPUTADOS A LA PARTIDA PRESUPUESTARIA QUE LA CONTADURÍA MUNICIPAL DETERMINE PERTINENTE.
ARTÍCULO 10: LA PRESENTE ORDENANZA MUNICIPAL ENTRARA EN VIGENCIA A PARTIR DE LOS 30 DÍAS DE SER PROMULGADA. TIEMPO EN EL CUAL SE REALIZARA LAS CAMPAÑAS DE INFORMACIÓN, EDUCACIÓN Y CONCIENTIZACIÓN DE LOS CONDUCTORES DE VEHÍCULOS PESADOS.
ARTICULO 11: DERÓGUESE LA ORDENANZA MUNICIPAL Nº 2788/98 Y TODA NORMA QUE SE OPONGA A LA PRESENTE.
ARTÍCULO 12: COMUNIQUESE AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A CATORCE DÍAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS.-
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