Ordenanza Nro: 4767

ORDENANZA MUNICIPAL N° 4767/2013.-
VISTO LA NECESIDAD DE CONTAR EN NUESTRA LOCALIDAD CON UNA INSTITUCIÓN ENCARGADA DE LLEVAR ADELANTE LAS INSIGNES TAREAS DE PRESERVACIÓN, CONSERVACIÓN Y DIFUSIÓN DE LOS BIENES CULTURALES QUE INTEGRAN EL ACERVO CULTURAL DEL MUNICIPIO;
CONSIDERANDO QUE ES UNA ASPIRACIÓN DE NUESTRA COMUNIDAD, TRATAR DE MANTENER Y ACRISOLAR LOS VALORES DE LOS ANTEPASADOS, QUE DIERAN ORIGEN AL PROGRESO SOCIO-ECONÓMICO DE ESTA SOCIEDAD, SIENDO DEBER DEL ESTADO MUNICIPAL, LA CONSECUCIÓN DE TALES PROPÓSITOS;
QUE EN CONCORDANCIA A LOS TIEMPOS QUE CORREN, Y A LOS FINES DE LA CORRECTA APRECIACIÓN Y DIFUSIÓN DEL PATRIMONIO CULTURAL LOCAL, DEBE PROPENDERSE A LA INSTAURACIÓN DE NUEVOS ESPACIOS, DESTINADOS A LA IDENTIFICACIÓN Y RECONOCIMIENTO DE LOS ELEMENTOS AUTÓCTONOS QUE HACEN A LA IDIOSINCRASIA DEL LUGAR;
QUE NUESTRO MUNICIPIO, MERECE INSTITUCIONES SUSCEPTIBLES DE PRESERVAR Y CONSERVAR EN FORMA APROPIADA, LOS BIENES CULTURALES VERNÁCULOS;
QUE RESULTA INDISPENSABLE CONTAR CON UN MUSEO MUNICIPAL, DESTINADO A LA SALVAGUARDIA, CONSERVACIÓN Y DIFUSIÓN DEL PATRIMONIO CULTURAL DE ESTA COMUNIDAD;

QUE EL MENCIONADO MUSEO SE CONCIBE COMO ESPACIO ADECUADO PARA LA REALIZACIÓN DE MUESTRAS DE CARÁCTER PERMANENTE Y/O TEMPORARIO, TENDIENTES A LA PERMANENTE DIFUSIÓN DE LA RICA HERENCIA CULTURAL DE LA REGIÓN;
QUE LA DIRECCIÓN MUNICIPAL DE CULTURA, HA PONDERADO LA VIABILIDAD DE ESTA INICIATIVA, INCLINÁNDOSE POR LA AFIRMATIVA, AL ENTENDER AL MUSEO EN CUESTIÓN, COMO INSTRUMENTO DE PROMOCIÓN Y SUSTENTO PARA EL CONOCIMIENTO DEL ACERVO CULTURAL LOCAL, POR PARTE DE LAS GENERACIONES ACTUALES Y FUTURAS;
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUAREZ EN USO DE SUS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS, RESUELVE Y:
O R D E N A
ARTÍCULO 1º.-CRÉASE EN EL ÁMBITO DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUÁREZ, EL MUSEO MUNICIPAL, QUE SE DENOMINARÁ: ?MUSEO MUNICIPAL DEL PATRIMONIO CULTURAL Y NATURAL?, Y QUE FUNCIONARÁ BAJO LA DEPENDENCIA DE LA DIRECCIÓN MUNICIPAL DE CULTURA.
ARTÍCULO 2º.-DICHO MUSEO TENDRÁ POR FINALIDAD:
LA PRESERVACIÓN, CONSERVACIÓN Y DIFUSIÓN DEL PATRIMONIO CULTURAL LOCAL
PROMOVER E INCENTIVAR EL DESARROLLO DEL TURISMO URBANO Y RURAL, GENERANDO UNA NUEVA ALTERNATIVA DE RECREACIÓN Y APRENDIZAJE.
RECUPERAR NO SOLO LOS BIENES TANGIBLES, SINO TAMBIÉN LOS INTANGIBLES, COMO SER COSTUMBRES, TRADICIONES, ANÉCDOTAS; TODO LO QUE LOS VECINOS CIMENTARON DESDE LOS ORÍGENES MISMOS DE NUESTRO PARTIDO Y QUE FUERON CONSTRUYENDO NUESTRA IDENTIDAD COLECTIVA.
ARTÍCULO 3º.-LA GESTIÓN ADMINISTRATIVA Y LA RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL, SERA FUNCION DE LA OFICINA MUNICIPAL DE PATRIMONIO CULTURAL Y NATURAL, DEPENDIENTE DE LA DIRECCIÓN DE CULTURA Y EDUCACIÓN DEL MUNICIPIO.
ARTÍCULO 4º.-LA MUNICIPALIDAD, PARA PONER EN FUNCIONAMIENTO EL MUSEO, AFECTARA DEL PRESUPUESTO DE GASTOS CORRESPODIENTE AL AÑO 2014, DE LA JURISDICCION 1110104000- SECRETARIA DE INFRAESTRUCTURA, VIVIENDA Y SERVICIOS PUBLICOS, ESTRUCTURA PROGRAMATICA 410800 REFACCION EDIFICIOS PUBLICOS.-
ARTÍCULO 5º.-EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO CONTRATARA ESPECIALISTAS TÉCNICOS Y PERSONAL IDONEO, TODA VEZ QUE SEA NECESARIO Y CONFORME A LAS PREVISIONES PRESUPUESTARIAS.
ARTÍCULO 6º.-EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO DOTARÁ AL ?MUSEO DEL PATRIMONIO CULTURAL Y NATURAL DEL DISTRITO DE BENITO JUÁREZ? DE LOS ELEMENTOS NECESARIOS DE SEGURIDAD A FIN DE RESGUARDAR EL EDIFICIO Y LOS BIENES CULTURAL Y NATURALES ALLÍ DEPOSITADOS.-

ARTÍCULO 7º.-EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO REGLAMENTARA LA PRESENTE ORDENANZA, A EFECTOS DE SU IMPLEMENTACIÓN.-
ARTÍCULO 8º.- COMUNÍQUESE AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTIOCHO DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL TRECE.-

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