ORDENANZA MUNICIPAL N° 4712/2013.-
VISTO LO ACTUADO EN EL EXPEDIENTE LETRA ?O? Nº 26/2013 POR EL CUAL SE GESTIONA LA ESCRITURACIÓN DE 16 VIVIENDAS DEL BARRIO AUTOCONSTRUCCION ASISTIDA, UBICADAS EN LAS MANZANAS 47-D Y 47-E, ENTRE LAS CALLES LEUVUCO, DR. LABRIOLA, SALINAS GRANDES, AVENIDA SALENAVE, Y PASAJE GARAVAGLIA, DE NUESTRA CIUDAD,
QUE DE FOJAS 8 A 205 OBRAN INFORMES SOCIALES DE CADA UNO DE LOS ADJUDICATARIOS,
CONSIDERANDO QUE SE HACE NECESARIO PROCEDER A LA ADJUDICACIÓN DEFINITIVA DE LOS INMUEBLES REFERIDOS DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO POR LAS NORMAS VIGENTES,
QUE SEGÚN LO DISPUESTO EN EL ARTICULO 4º DE LA LEY 10830 LA ESCRIBANÍA GENERAL DE GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SE ENCUENTRA FACULTADA PARA INTERVENIR EN CASOS DECLARADOS DE ?INTERÉS SOCIAL?
QUE RESULTA IMPRESCINDIBLE OTORGAR LA SEGURIDAD JURÍDICA QUE IMPLICA LA TITULARIDAD DEL DOMINIO A LOS ADJUDICATARIOS.-
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUAREZ EN USO DE SUS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS, RESUELVE Y:
O R D E N A
ARTÍCULO 1°.- ADJUDICASE EN FORMA DEFINITIVA LAS 16 VIVIENDAS UBICADAS EN LAS MANZANAS 47-D Y 47-E, ENTRE LAS CALLES LEUVUCO, DR. LABRIOLA, SALINAS GRANDES, AVDA. SALENAVE Y PASAJE GARAVAGLIA DE NUESTRA CIUDAD, CORRESPONDIENTES AL BARRIO AUTOCONSTRUCCION ASISTIDA, A LAS PERSONAS QUE SE DETALLAN EN EL LISTADO QUE COMO ANEXO I, FORMA PARTE DE LA PRESENTE.-
ARTÍCULO 2°.- DECLÁRESE DE ?INTERÉS SOCIAL?, LA INTERVENCIÓN DE LA ESCRIBANÍA GENERAL DE GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, A EFECTOS DE PROCEDER A LA ESCRITURACIÓN, DE ACUERDO A LA LEY 10830, DE LOS INMUEBLES CITADOS EN EL ANEXO I Y DE ACUERDO A LOS ANTECEDENTES OBRANTES EN EL EXPEDIENTE LETRA ?O? Nº 26/2013.-
ARTÍCULO 3°.- ELÉVESE LA PRESENTE ORDENANZA A LA ESCRIBANÍA GENERAL DE GOBIERNO.
ARTÍCULO 4°.- COMUNÍQUESE AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS QUINCE DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL TRECE.-
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