Ordenanza Nro. 47

ORDENANZA MUNICIPAL N° 47

ARTÍCULO 1°.- DEJASE SIN EFECTO LA RESOLUCIÓN VOTADA POR EL H. CONCEJO DELIBERANTE EL DÍA 27 DE JUNIO DE 1948, APROBANDO LA FORMA DE PAGO DISPUESTA POR EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO EL DÍA 18 DEL MISMO MES DE JUNIO, EN FAVOR DEL EX EMPLEADO DON LORENZO LUCIANO TREJO, DEBIENDO LA CONTADURÍA MUNICIPAL ADOPTAR LAS DISPOSICIONES NECESARIAS PARA LA REGULARIZACIÓN DE LA PARTIDA “CAMINOS” CAPITULO 2 INC. 3 ÍTEM 5 “A”, AFECTADA ERRÓNEAMENTE EN LA SUMA DE UN MIL SEISCIENTOS SIETE PESOS CON CINCUENTA CENTAVOS M/N. ($ 1.607.50).

ARTÍCULO 2°.- SE PRESTA CONFORMIDAD A LA SUMA TOTAL ABONADA DE PESOS UN MIL SETECIENTOS CUARENTA Y CINCO CON VEINTE CENTAVOS M/N (1.745.20) QUE CORRESPONDE AL 50 % DE LOS SUELDOS DEVENGADOS DURANTE EL TIEMPO DE SU INCORPORACIÓN A LAS FILAS DEL EJERCICIO LEY 12.913.

ARTÍCULO 3°.- LA SUMA DE UN MIL CIENTO SETENTA PESOS ($ 1.170.00) QUE CORRESPONDE A SUELDOS DEL AÑO 1948, SERÁ IMPUTADO A CAPITULO 4° “SERVICIO DE DEUDAS” DEUDAS IMPREVISTAS AL CIERRE EJERCICIO 1948 DEL PRESUPUESTO DE GASTOS VIGENTE.

ARTÍCULO 4°.- LOS SUELDOS DEVENGADOS POR EL AÑO 1949, QUE SUMAN PESOS CUATROCIENTOS TREINTA Y SIETE CON CINCUENTA CENTAVOS M/N ($ 437.50) SERÁN NOTIFICADOS EN IMPUTACIÓN A LA PARTIDA “CAMINOS” CAPITULO 2 INC. 3 ÍTEM 5”A”.

ARTÍCULO 5°.- LOS IMPORTES QUE CORRESPONDEN A SUELDO ANUAL COMPLEMENTARIO QUEDAN NOTIFICADOS EN SUS RESPECTIVAS IMPUTACIONES YA REALIZADAS: SUELDO ANUAL COMPLEMENTARIO AÑO 1948 PESOS CIENTO UNO CON VEINTE Y CINCO CENTAVOS M/N (101.25) Y SUELDO ANUAL COMPLEMENTARIO DEL AÑO 1949 CAP. 2 INC. 3 ÍTEM 7 PESOS TREINTA Y SEIS CON CUARENTA Y CINCO CENTAVOS. ($ 36.45).

ARTÍCULO 6°.- LA SUMA DE PESOS UN MIL CIENTO SETENTA (1.170.00) QUE INDICA EL ART. 3° SERÁ TOMADA DE LA CUENTA “RECURSOS DE EJERCICIOS ANTERIORES “PARA AMPLIAR EN EL MISMO IMPORTE DE LA PARTIDA “SERVICIO DE DEUDAS” POR LOS SUELDOS DEL AÑO 1948 Y LA SUMA DE PESOS CUATROCIENTOS TREINTA Y SIETE CON CINCUENTA CENTAVOS M/N. QUE INDICA EL ARTÍCULO 4° SERÁ TOMADA DE LA PARTIDA “PERSONAL OBRERO MENSUAL” CP. 2 INC. 1 ÍTEM 2 PARA AMPLIAR EN IGUAL IMPORTE LA PARTIDA “CAMINOS” CAP. 2 INC. 3 ÍTEM 5 “A”.-

ARTÍCULO 7°.- COMUNIQUESE , ETC., ETC.

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