Ordenanza Nro: 4639

ORDENANZA MUNICIPAL N° 4639/2013.-
VISTO LO ACTUADO EN EL EXPEDIENTE LETRA ?G? Nº 126/2012, EN EL CUAL A FOJAS 1 EL DELEGADO MUNICIPAL DEL PARAJE EL LUCHADOR, INFORMA LA NECESIDAD DE ADQUIRIR UN LOTE PARA LA CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDAS DADA LA DEMANDA DE FAMILIAS CON INTENCIONES DE HABITAR E INSTALARSE EN EL CITADO PARAJE, ADJUNTANDO A FOJAS 2 CROQUIS DE UN LOTE PROPIEDAD DEL SR. YANNUZZI ALBERTO.-
QUE DE FOJAS 17 A 21 SE ADJUNTA TASACIÓN DEL BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES Y A FOJAS 22, 23, 24 Y 25 OBRAN DESPACHOS FAVORABLES DEL JEFE DE COMPRAS, CONTADORA MUNICIPAL Y SECRETARIO DE HACIENDA SOBRE LA ADQUISICIÓN DEL LOTE PROPIEDAD DEL SR. YANNUZZI ALBERTO.-
QUE A FOJAS 26 OBRA DECRETO MUNICIPAL Nº 1105/2012 AUTORIZANDO LA COMPRA DEL TERRENO IDENTIFICADO CATASTRALMENTE COMO CIRC.: VIII, PARCELA 660 K, DE ACUERDO A LAS DISPOSICIONES DE LOS ARTÍCULOS 156 INC. 1 Y 10 Y 119 DE LA LEY ORGÁNICA DE LAS MUNICIPALIDADES.
QUE DE FOJAS 38 A 41 OBRA BOLETO DE COMPRA VENTA REGISTRADA BAJO EL Nº 2 DEL REGISTRO MUNICIPAL DE CONTRATOS POR EL CUAL SE ADQUIERE AL SR. YANNUZZI ALBERTO EL TERRENO ARRIBA CITADO.-
QUE SE ENTIENDE NECESARIO SE DECLARE DE ?INTERÉS SOCIAL? LA ESCRITURACIÓN A FAVOR DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUÁREZ, DADO QUE EL DESTINO DEL INMUEBLE ADQUIRIDO SERÁ LA CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDAS PARA POBLADORES DEL PARAJE EL LUCHADOR, Y
QUE SE ENTENDIENDO CONVENIENTE LA CONVALIDACIÓN DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE-
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUAREZ EN USO DE SUS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS, RESUELVE Y:
O R D E N A
ARTÍCULO 1º.- CONVALÍDESE EL BOLETO COMPRAVENTA SUSCRIPTO ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUÁREZ Y EL SR. YANNUZZI, POR EL CUAL SE LE ADQUIERE UN INMUEBLE IDENTIFICADO CATASTRALMENTE COMO CIRC.: VIII, PARCELA 660 K, MATRICULA: 053 ? 3528, DE ACUERDO A LAS ACTUACIONES OBRANTES EN EL EXPEDIENTE LETRA ?G? Nº 126/2012.-
ARTÍCULO 2º.- DECLÁRESE DE ?INTERÉS SOCIAL? LA INTERVENCIÓN DE LA ESCRIBANÍA GENERAL DE GOBIERNO A EFECTOS DE PROCEDER A LA ESCRITURACIÓN DEL INMUEBLE CITADO EN EL ARTICULO 1º DADO QUE EL MISMO SERÁ DESTINADO A LA CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDAS SOCIALES.-
ARTÍCULO 3º.- ELÉVESE LA PRESENTE ORDENANZA A LA ESCRIBANÍA GENERAL DE GOBIERNO.-
ARTICULO 4º.- COMUNÍQUESE AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTIOCHO DIAS DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL TRECE.-

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